STSJ Cataluña 232/2023, 11 de Julio de 2023

JurisdicciónEspaña
EmisorTribunal Superior de Justicia de Cataluña, sala civil y penal
Número de resolución232/2023
Fecha11 Julio 2023

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA

SECCIÓ D'APEL·LACIONS DE LA SALA CIVIL I PENAL

Rollo 191/2023 C

Audiencia Provincial de Barcelona Sección Segunda

Sumario 18/2022

Juzgado de Instrucción 32 Barcelona

APELANTES:

Jacobo

GRUPO ESCOLAR ROCA S.L.

S E N T E N C I A Nº 232

Magistradas

Àngels Vivas Larruy

Roser Bach Fabregó

María Jesús Manzano Meseguer

En Barcelona, a once de julio de dos mil veintitrés.

Visto por la Sección de Apelaciones de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, integrada por las magistradas expresadas al margen, el Rollo núm. 191/2023 formado para resolver el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial Barcelona de fecha 23 de marzo de 2023 en su Procedimiento Abreviado 122/2021 en el que figura como acusado Jacobo. Han sido partes acusadoras el Ministerio Fiscal y la acusación particular ejercitada por Matías. Responsable civil directa MAPFRE COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. y GRUPO ESCOLAR ROCA S.L. como responsable civil subsidiaria.

Ha sido ponente la magistrada Roser Bach Fabregó.

ANTECEDENTES

PROCEDIMENTALES

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, y

  1. En la sentencia referida se declaran como probados los siguientes hechos:

    "PRIMERO.- Se ha dirigido el presente procedimiento contra el acusado Jacobo, mayor de edad, sin antecedentes penales.

    Ha quedado probado que alrededor de las 07:00 horas del 1 de septiembre de 2021, el Sr. Matías -nacido el NUM000 de 1960- , acudió a su centro escolar en el que trabajaba, centro de estudios Roca - perteneciente al Grupo Escolar Roca S.L.- , sito en la Avenida meridiana 263 de Barcelona, en el que ejercía las funciones de conserje. En dicho centro, también trabajaba el acusado Jacobo ejerciendo funciones de conserjería y mantenimiento.

    A su llegada, el Sr. Matías procedió a abrir la puerta del centro, retiró la alarma, y en el momento en que procedió a abrir las luces de la zona de secretaria y del vestíbulo, llegó al centro el acusado Jacobo, quien le pidió al Sr. Matías que le abriera la puerta de acceso al referido centro. El Sr. Matías procedió a abrirle la puerta, accediendo el acusado al interior del centro y dirigiéndose, seguidamente , a la zona de trabajo que se le había asignado, la zona de ciclos formativos que daba a la calle Garcilaso. Al cabo de un rato, el acusado volvió a la zona del vestíbulo, en la que estaba el Sr. Matías, quien le preguntó si quería que le abriera la puerta, a lo que el acusado le respondió "No Matías, me quedo dentro".

    Poco después ,el Sr. Matías se dirigió a su zona de trabajo -la zona de Bachillerato que da a la calle Joan de Garay- , y mientras estaba abriendo la puerta , el acusado Sr. Jacobo, se le acercó por la espalda, de forma sorpresiva e inesperada , le giró cogiéndolo fuertemente del hombro , y seguidamente, le propinó un fuerte puñetazo en el ojo izquierdo del Sr. Matías, a consecuencia del cual éste cayó a un banco de obra que había justo a su lado, donde quedó aturdido y medio inconsciente, sin posibilidad de oponer resistencia efectiva alguna. En ese momento, y aprovechando el estado en el que estaba del Sr. Matías, el acusado Sr. Jacobo, provisto de unos guantes, sacó , del interior de una bolsa de rafia del supermercado Caprabo , un hacha de unos 60 centímetros de longitud, y guiado por el propósito de acabar con la vida del Sr. Matías, con el conocimiento que su acción podría causarle la muerte, asumiendo la altísima probabilidad que se produjera, comenzó a propinarle , con el hacha, numerosos golpes, a la vez que le daba fuertes patadas, todo ello, en múltiples zonas tales como en extremidades - en el brazo derecho y zona inguinal izquierda (donde llevaba el móvil, quedando roto en su parte inferior a consecuencia del golpe con el hacha) - , en zona torácica y zona costal, en zona cervical y dorsal . Mientras el acusado golpeaba al Sr. Matías, le decía, "me has amargado la vida", pudiendo, el Sr. Matías, en un momento en que pudo percatarse que tenía al acusado encima suyo agrediéndole con el hacha en un instinto de autoprotegerse y conservar su vida, llegar a coger de los brazos al acusado a fin de evitar un nuevo golpe; si bien, sin eficacia alguna, dado que el Sr. Jacobo, le propinó un hachazo en la cabeza al Sr. Matías. Éste trató de escapar y subir las escaleras que había justo delante del referido banco, sin lograrlo, dado que el acusado le asestó otro fuerte golpe con el hacha ; golpe que impactó en el omoplato y a consecuencia del cual le tumbó , de nuevo, en el mismo banco, quedando allí el Sr. Matías semi-inconsciente. Viendo el Sr. Matías que no podía defenderse mínimamente de forma eficaz , y , con el fin que el acusado cesara en su agresión y poder salvar su vida , trató de no mover el pecho al respirar , permaneció con los ojos abiertos, sin parpadear, simulando estar muerto, ante lo cual, el acusado Sr. Jacobo, en dicha creencia, con el convencimiento de que había logrado causar la muerte del Sr. Matías , abandonó el lugar , y se dirigió a una cafetería cercana al centro. Una vez entró en la cafetería, el acusado se dirigió a una de las empleadas, la Sra. Marí Trini , y le dijo " Marí Trini, creo que lo he matado, llama la Policía", donde permaneció hasta su llegada. Mientras esperaba, el acusado le pidió a la empleada que le diera un agua.

    Cuando el Sr. Matías creyó que el acusado había salido, se reincorporó y se dirigió al aula de música, que se encontraba cerca, cerró la puerta con el pestillo por dentro, puso la mesa del profesor bloqueando la puerta, y , seguidamente, cogió el teléfono y llamó al 061, alrededor de las 07:04 horas pidiendo que mandaran una ambulancia y a la Policía .

    Personada la fuerza policial en las inmediaciones del centro, el acusado se dirigió a los agentes policiales que acudieron al lugar, explicándoles que él había matado a un compañero de trabajo y el lugar donde debía encontrarse muerto. Seguidamente, acompañó a los agentes hasta dicho lugar, si bien, al percatarse que el Sr. Matías ya no permanecía allí , y percatarse que no había logrado matarlo, espetó , en presencia de dichos agentes policiales, "qué cabrón , no está muerto, está vivo, no lo he matado ".

    Los agentes policiales siguieron el reguero de sangre hasta que localizaron al señor Matías, gravemente herido.

    Los Servicios de Emergencias Médicas trasladaron al señor Matías al Hospital de Sant Pau, en la unidad de Emergencias Médicas, donde fue admitido a las 07:56 horas, permaneciendo en el hospital hasta el 3 de septiembre de 2021, fecha en que fue dado de alta.

    El acusado , a la fecha de los hechos, padecía un trastorno de personalidad paranoide, de intensidad y graves características, causante de infundadas ideas de humillación hacia su persona por parte del Sr. Matías; ideas que no pudo vencer , y que determinaron que la mañana del 1 de septiembre de 2021 tomara la decisión de llevar a cabo la agresión descrita, con el hacha , con la intención de acabar con la vida del Sr. Matías. Pese a conocer el acusado la ilicitud de dicha acción, el trastorno de personalidad paranoide que padecía , le afectó , de manera intensa a su capacidad de actuar conforme a ello.

    TERCERO.- A consecuencia de la agresión llevada a cabo por el acusado, el señor Matías sufrió las siguientes lesiones:

    - Herida inciso contusa en cráneo

    - Herida inciso contusa cervical posterior/para vertebral dorsal alta con exposición de tejido subcutáneo (dos heridas para vertebrales superior derecha e izquierda)

    - Herida inciso-contusa infra axilar a nivel torácico izquierdo superficial (herida en el litoral siquiera o posterior por debajo de la escápula)

    - Heridas en extremidades en zona tricipital y vital del brazo derecho e inguinal izquierdo

    - Fractura extraarticular del cuerpo escapular derecho

    - Fracturas costales múltiples bilaterales ( en costillas derechas 3ª, 4ª y 5ª y en costillas izquierdas 3º, 4ª, 5ª ,6ª, 7ª y 8ª ) con mínimo derrame pleural bilateral.

    Dichas lesiones precisaron tratamiento médico quirúrgico consistente en inmovilización con cabestrillo, sutura de las heridas, rehabilitación, tratamiento farmacológico; lesiones que precisaron para su curación 168 días , todos ellos impeditivos, durante 3 de los cuales el Sr. Matías precisó hospitalización, al ser dado de alta en fecha 3 de septiembre de 2021. Dichas lesiones llegaron a poner en riesgo la vida del Sr. Matías.

    Las secuelas que presentó el señor Matías fueron:

    * Fracturas costales con neuralgias intercostales persistentes

    * Trastorno de estrés postraumático

    * Una pluralidad de cicatrices en las siguientes zonas: 2 en región frontal izquierda de 4 y 3 cm de longitud ; 1 en zona de trapecio derecho de 4 cm de longitud y disposición vertical (cráneo caudal) ; 1 en zona escapular derecha de 2 cm de longitud; 1 en región deltoidea izquierda de 5 cm; 1 en zona supraescapular izquierda de 6 cm de longitud; 1, en zona infraescapular izquierda de 10 cm; 1, en zona medial e infra escapular izquierda de 3 cm; 2, en región principal izquierda de 2 y 10 cm; 1, en región inguinal de EII a nivel de región pélvica parte izquierda de 10 cm.

    El Señor Matías, presentaba dificultades respiratorias, tratamiento fisioterapéutico, y seguimiento especializado, en el marco del cual, se pautó un seguimiento posterior, que pudiera derivar finalmente en una secuela postraumática respiratoria, que deberá ser objeto de valoración y , en su caso, cuantificación en fase de ejecución de sentencia.

    CUARTO.- Ha quedado acreditado que, con anterioridad a los hechos relatados, durante el curso escolar de 2019-2020 , el Grupo Escolar Roca S.l. tuvo conocimiento de varios incidentes producidos entre el Sr. Matías y el acusado Jacobo, por los que éste fue denunciado ante la dirección de la escuela por acoso laboral. Dichos incidentes, previos a los hechos enjuiciados -de 1 de...

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