AAP Murcia 9/2023, 9 de Enero de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Enero 2023
EmisorAudiencia Provincial de Murcia, seccion 1 (civil)
Número de resolución9/2023

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

MURCIA

AUTO: 00009/2023

Modelo: N10300

1- UPAD CIVIL, PASEO DE GARAY Nº 3, 3ª PLANTA. 30003 MURCIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Teléfono: 968229180 Fax: 968229184

Correo electrónico: audiencia.s1.murcia@justicia.es

Equipo/usuario: 002

N.I.G. 30024 41 1 2022 0000573

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000285 /2022

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.5 de LORCA Procedimiento de origen: ENJ EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000187 /2022 Recurrente: CAJA RURAL DE GRANADA, S.C.C.

Procurador: FRANCISCO ALEDO MARTINEZ

Abogado: ALBERTO NIETO DIAZ

Recurrido:

Procurador:

Abogado:

AUTO

NUM. 9/2023

ILMOS. SRES .

D. MIGUEL ANGEL LARROSA AMANTE

Presidente

D. FERNANDO LÓPEZ DEL AMO GONZÁLEZ

DÑA. MARIA PILAR ALONSO SAURA Magistrados

En la Ciudad de Murcia, a nueve de enero de dos mil veintitrés.

HECHOS
PRIMERO

En el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Lorca se siguen autos de ejecución de título no judicial nº 187/2022 a instancia de CAJA RURAL DE GRANADA S.C.C. representada por el Procurador D. Francisco Aledo Martínez y dirigida por el Letrado D. Alberto Nieto Díaz, contra EXCACIVIL S.L. y D. Felicisimo . SEGUNDO.- El referido Juzgado dictó auto en fecha 23 de febrero de 2022, cuya parte dispositiva, transcrita en lo que interesa, es del siguiente tenor: "Acuerdo:

  1. Denegar el despacho de ejecución contra la mercantil EXCACIVIL SL.

  2. - Archivar las presentes actuaciones.

  3. - Librar certif‌icación de la presente resolución que quedará unida a las actuaciones, llevándose su original al libro de resoluciones def‌initivas".

TERCERO

Contra la anterior resolución, en tiempo y forma, por la representación de la ejecutante se formuló recurso de apelación. Posteriormente fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Primera con el núm. 285/2022, designándose ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª Pilar Alonso Saura, y señalándose para la deliberación, votación y fallo del recurso el día de la fecha.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La parte ejecutante ha interpuesto recurso de apelación contra el auto acuerda denegar el despacho de la ejecución solicitada contra la mercantil EXCACIVIL SL y el archivo de las actuaciones, por aplicación del artículo 142 del TRLC, con fundamento en que ésta está en concurso desde el día 27/01/2022. Se invoca por la parte apelante que el auto apelado conculca el artículo 568.3 de la L.E.Civil, conforme al cual si hubiera varios demandados, y solo alguno o alguno de ellos está en situación concursal, el procedimiento no se suspenderá respecto del resto, por lo que, salvo que resulte que el Sr....

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