AJMer nº 3 315/2023, 19 de Junio de 2023, de Barcelona
Ponente | BERTA PELLICER ORTIZ |
Fecha de Resolución | 19 de Junio de 2023 |
ECLI | ECLI:ES:JMB:2023:2330A |
Número de Recurso | 625/2019 |
Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona
Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona - C.P.: 08075
TEL.: 935549463
FAX: 935549563
E-MAIL: mercantil3.barcelona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 0801947120198007043
Solicitud medidas acceso fuentes prueba. Derecho de la competencia - 625/2019 -CD1
Materia: Diligencias preliminares y actos preparatorios
Entidad bancaria BANCO SANTANDER:
Para ingresos en caja. Concepto: 2237000000062519
Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274.
Beneficiario: Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona
Concepto: 2237000000062519
Parte demandante/ejecutante: Grutrans Cabos S.L., Felix, Donato, Prim Logistic S.L.U, Gabino, Eloy, Santiago Villares S.L., Gervasio, Marisol, Serveis Agroindustrials JJ S.L., Hermenegildo, Subproductos Carnicos Echevarria y Asociados S.L., Hugo, Tae Transports i Serveis Integrals S.L., Inocencio, Javier
, Trans Can Met S.L., Trans Frio López S.L., Transbailon S.L., Transmena S.L., Transportes Bosch Portillo S.L., Transportes Fernandez y Belmonte S.L., Transportes Frigorificos Buil Y Chamarro S.L., Transportes Frigorificos Zarapeco S.L., Transportes Hermanos Querol Florensa S.L., Transportes Otearri S.L., Transportes Unión, S.C.C.L., Transports Japic Petit, S.A., Transports Oliana-4, S.L., Leandro, Angel Ferrer Logistica S.L., Lorenzo, Lucio, Marcial, Marino, Soledad, Mateo, Maximiliano, Miguel, Forrajes Alfredo Pascual S.L., Frigorificos Unidos, S.A., Ganados Gili S.A., Nemesio, Norberto, Onesimo, Grup Transport S.L., Pablo, Jumatrans Sdad Coop., Paulino, Logistic Porc S.L., Prudencio, Ramón, Jaime, Ricardo, Adelina, Rosendo, Transportes Alfandech, S.C.V., Transportes Juan Sotos S.L., Santos, Transportes Hermanos Aznar Royo S.L., Secundino, Serafin, Severino, Teodoro, Olisefi Transports S.L., Ondara Logistica Transport S.L., Vicente, Victorio, Jose Luis, Nazario, Picantillo Logistica S.L.
Procurador/a: Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria,
Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria, Fernando Bertran Santamaria
Abogado/a: Juan Antonio Roger Gamir Parte demandada/ejecutada: AB VOLVO PUBI, AB VOLVO LASTVAGNAR, GMBH VOLVO GROUP TRUCKS CENTRAL EUROPA, 99 RENAULT TRUCKS SAS
Procurador/a: Ignacio De Anzizu Pigem
Abogado/a: Natalia Gomez Bernardo, Rafael Cristobal Murillo Tapia
AUTO Nº 315/2023
En Barcelona, a 19 de junio de 2023.
La entidad mercantil GRUTRANS CABOS, S.L u otros (en total 72 demandantes) han solicitado acceso a determinados documentos que se encuentran en poder de VOLVO GROUP TRUCKS CENTRAL EUROPR GmbH, AB ; VOLVO (Publ) y VOLVO LASTVAGNAR AB, alegando en fundamento de su petición el art 283 bis LEC. Por medio de su escrito de fecha de 30 de marzo de 2023 la actora limitó su solicitud de acceso . En concreto, en el referido escrito indicó que " mantiene su interés en que la demandada exhiba la documentación relativa a los puntos, 1, (LISTA DE MODELOS FABRICADOS), 2, (PRECIOS DE TRANSFERENCIA DE FÁBRICA o PRECIOS BRUTOS) y 3, (DELIVERY COST) de nuestra solicitud, dejando sin efecto a través del presente, la solicitud de exhibición relativa a los puntos, 4, (CERTIFICADOS DE HOMOLOGACIÓN), 5, (INFORMES DE ENSAYO DE CONSUMO), 6, (CONSUMO ESPECÍFICO DE COMBUSTIBLE), y 7, (DOCUMENTACIÓN DE PLANIFICACIÓN DE PRODUCTO) y que se corresponden con nuestras alegaciones contenidas en el hecho sexto de nuestra solicitud, (párrafos 59 y 3 siguientes) y que tienen que ver con el acceso a la prueba en materia de "sobreconsumo".
La presente solicitud ha estado suspendida, en tanto se había planteado por el Juzgado Mercantil 7 de Barcelona cuestión prejudicial sobre la interpretación del art 5 (apartado 1) de la Directiva, que al haber sido resuelta por STJUE (Asunto c-163 Paccar and others,ECLI:EU:C:2022:863) de 10/11/2022, motivó que se alzara la suspensión, convocando a las partes para la celebración de vista. En fecha de 16/06/2023 se celebró la misma . La solicitante se ratificó en su solicitud, formulándose oposición de contrario y habiendo sido propuesta únicamente prueba documental, quedaron los autos para resolver.
Petición de acceso a las fuentes de prueba de la parte actora. Posiciones de las partes .
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La entidad mercantil GRUTRANS CABOS, S.L y otros (en total 72 demandantes, en relación a 248 vehículos) han solicitado acceso a determinados documentos que se encuentran en poder de VOLVO GROUP TRUCKS CENTRAL EUROPR GmbH, AB ; VOLVO (Publ) y VOLVO LASTVAGNAR AB, alegando en fundamento de su petición el art 283 bis LEC. Por medio de su escrito de fecha de 30 de marzo de 2023 la actora limitó su solicitud de acceso . En concreto, en el referido escrito indicó que " mantiene su interés en que la demandada exhiba la documentación relativa a los puntos, 1, (LISTA DE MODELOS FABRICADOS en el periodo 01/01/1990 a 30/06/2018, clasificados por años y según las siguientes características : Medios / semipesados de 14 a 18 toneladas con los motores de potencia que se indican/ pesados con más de 18 toneladas, con los motores de potencia que se indican / tractoras con los motores de potencia que se indican /y vehículos de obras y especiales, con los tipos de tracción que se indican; no siendo necesarias las variantes de cabina (para el caso de cabezas tractoras) o de carrocerías (para el caso de vehículos no articulados ). La
denominación de los modelos incluidos en la lista deberá ser la comercial utilizada en las listas de precios y de información al público y usuarios ) . 2, (PRECIOS DE TRANSFERENCIA DE FÁBRICA o PRECIOS BRUTOS o de la casa matriz o de la comercial intermedia (en su caso si la hay) para cada uno de los modelos anteriores listados en el apartado 1 y facturados al importador, concesionario o filial española que finalmente transmite al usuario o cliente final) y 3, (DELIVERY COST de cada modelo de los incluidos en la lista anterior. Se adjunta un ejemplo simplificado la información mínima que debería contener la muestra) de nuestra solicitud, dejando sin efecto a través del presente, la solicitud de exhibición relativa a los puntos, 4, (CERTIFICADOS DE HOMOLOGACIÓN), 5, (INFORMES DE ENSAYO DE CONSUMO), 6, (CONSUMO ESPECÍFICO DE COMBUSTIBLE), y 7, (DOCUMENTACIÓN DE PLANIFICACIÓN DE PRODUCTO) y que se corresponden con nuestras alegaciones contenidas en el hecho sexto de nuestra solicitud, (párrafos 59 y 3 siguientes) y que tienen que ver con el acceso a la prueba en materia de "sobreconsumo".
Se trata de una petición de acceso a las fuentes de prueba previa a la Demanda, dirigida a la posterior presentación de un procedimiento en el que se ejercite una acción privada de daños por infracción de las normas en materia de Competencia.
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La solicitante fundamenta su petición en esencia, en las siguientes alegaciones: I. Mediante Decisión de 19/7/2016 (As AT 39824-Camiones) la CE sancionó una infracción del Derecho de la Competencia cometida por los principales fabricantes europeos de camiones medios y pesados, que tuvo lugar entre el 17/01/1997 y el 18/01/2011, consistente en acuerdos sobre fijación de precios e incremento de precios brutos de camiones en todo el EEE, así como el calendario y repercusión de los costes para la introducción de nuevas tecnologías de emisiones exigidas por las normas Euro 3-6. VOLVO es destinataria de la referida Decisión; II. La petición de acceso formulada se asienta sobre las previsiones del art 283 bis LEC, que prevé un amplio abanico de medidas de acceso que se pueden adoptar en virtud del mismo; III. La solicitud de acceso a las fuentes de prueba se puede formular por quienes todavía no han interpuesto la demanda; IV. concurren todos los requisitos para apreciar razonablemente la viabilidad de las acciones de daños que se pretenden ejercitar; V. existe una clara dificultad por los solicitantes de...
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