SAP Valencia 221/2023, 18 de Mayo de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha18 Mayo 2023
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 8 (civil)
Número de resolución221/2023

ROLLO Nº 139/22

SENTENCIA Nº 000221/2023

SECCIÓN OCTAVA ============================ Iltmos/as. Sres/as.: Presidente D. PEDRO LUIS VIGUER SOLER Magistradas Dª. SUSANA CATALÁN MUEDRA Dª. Mª. FE ORTEGA MIFSUD ============================

En la ciudad de VALENCIA, a dieciocho de mayo de dos mil veintitrés.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma. Sra. Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD, los autos de Juicio Ordinario promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Paterna, con el nº 000319/2021, por FRUTAS PICASSO COMPANY S.L. representado en esta alzada por la Procuradora Dª. NEREA HERNANDEZ BARON y dirigido por el Letrado D. FRANCISCO JAVIER BARAMBIO MARTÍN contra SOLUNION SEGUROS, COMPAÑIA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. representado en esta alzada por la Procuradora Dª. GEMMA MUÑOZ MINAYA y dirigido por el Letrado D. JORGE ETREROS ARNANZ pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por SOLUNION SEGUROS, COMPAÑIA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 2 de Paterna, en fecha 17 de Noviembre de 2021, contiene el siguiente: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por FRUTAS PICASSO COMPANY SL contra SOLUNION SEGUROS COMPAÑÍA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS SA, CONDENO a la demandada a pagar a la actora la cantidad de 3.989,95€, con más los intereses, que serán los del artículo 20 de la LCS desde la fecha de solicitud de la indemnización por el siniestro, 12 de marzo de 2021.

SEGUNDO

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por SOLUNION SEGUROS, COMPAÑIA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., que fue admitido en ambos efectos, habiéndose formulado oposición por la parte contraria y, remitidos los autos a esta Audiencia donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 15 de mayo de 2023.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Cia Internacional de Seguros y Reaseguros S.A. interpone recurso de apelación contra la sentencia de 17 de noviembre de 2021, que estimó en parte la demanda interpuesta por Frutas Picasso SL y le condeno al pago de 3989'85 euros mas los intereses legales del articulo 20 de la LCS .

En la demanda formulada por Frutas Picasso se reclamaban 34.513'79 euros en cumplimiento de una póliza de seguro de crédito de 14 de diciembre de 2018 y en concreto se reclamaba el importe correspondiente a dos

siniestros, el de Transfronteriza Handels del que solo se abonaron 27.000 euros cuando la suma asegurada era de 61.513'79 euros y el de Meypa en el que la suma asegurada era de 3989'85 euros siniestros que fueron aceptados por la demandada mediante correo de 2 de julio de 2019. La demandada se opuso a la demanda en los siguientes términos. Que se trata de un seguro de grandes riesgos, siendo un punto esencial para que pueda procederse al pago de la indemnización el que el asegurado cumpla con los términos de la póliza, siendo el incumplimiento de las obligaciones motivo de exclusión de cobertura. Resaltar la obligación del asegurado de solicitar un límite de crédito para cada uno de los deudores, solo cubría para cada deudor el limite que ref‌leja el suplemento de clasif‌icación donde además establece las condiciones para pago para la toma de efecto de cobertura. La demandante debía facilitar toda la documentación acreditativa del crédito dentro de los plazos establecidos en la póliza y dentro de las obligaciones del asegurado se encuentra la de declarar el volumen de venta del negocio. En relación al siniestro de Meypa que es el objeto del recurso de apelación, decir que ha habido un incumplimiento por la demandante de las obligaciones de aportar toda la documentación acreditativa del siniestro en el plazo establecido y notif‌icar las ventas en el plazo establecido en la póliza. Se le requirió de toda la documentación y no es sino hasta el 1 de agosto de 2019 cuando contesta pero de forma incompleta enviando parte de la documentación. Además tiene la obligación de declarar el volumen de negocio correspondiente a las operaciones realizadas en cada periodo de seguro y en el plazo establecido, lo que no hizo. En cuanto a los intereses no resulta de aplicación el articulo 20 de la LCS, pues al ser un seguro de grandes riesgos la LCS se aplica supletoriamente.

SEGUNDO

La demandada fundamenta su recurso establecido en la errónea valoración de la prueba pues entiende que existe una falta de cobertura de la póliza por incumplimiento por parte de la demandante de declarar el volumen de negocio/ventas correspondiente al periodo de seguro así como de aportar la documentación acreditativa del siniestro de Meypa en el plazo establecido y en segundo lugar la indebida condena al pago de los intereses del art. 20 LCS por no resultar de aplicación al estar excluidos de la póliza. Y procede la Sala a la resolución del que esgrime el apelante ante esta alzada, conforme a lo establecido en el artículo 465.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y doctrina que lo interpreta, que lo es en el sentido de que el tribunal de apelación no puede resolver otras cuestiones que aquéllas que le han sido trasladadas, pues en virtud del principio "tantum devolutum quantum apellatum" (sólo se def‌iere al Tribunal superior aquello que se apela), sólo puede conocer esta Sala de la pretensión f‌ijada en los escritos de interposición del recurso y sostenidos en el acto de la vista ( artículo 456 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), conf‌igurándose def‌initivamente el ámbito de la pretensión, pues con la formulación del recurso de apelación se traslada al Tribunal de segunda instancia el conocimiento de las cuestiones expresamente planteadas en el recurso y también el de aquéllas que, razonablemente, han de entenderse implícitas en la pretensión del recurso de apelación, por ser cuestiones dependientes o subordinadas respecto al objeto de impugnación, de tal modo que los pronunciamientos de la...

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