SAP Málaga 209/2023, 8 de Junio de 2023

PonenteJUAN RAFAEL BENITEZ YEBENES
ECLIECLI:ES:APMA:2023:1102
Número de Recurso62/2023
ProcedimientoRecurso de apelación. Delitos leves
Número de Resolución209/2023
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2023
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

SECCION PRIMERA

Rollo Recurso de Apelación Nº 62/2023

Juicio sobre Delitos Leves Nº 115/2022

Juzgado de Instrucción Nº Dos de Málaga

SENTENCIA Nº 209 / 2023

En Málaga a ocho de junio de dos mil veintitrés.-La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga, constituida en tribunal unipersonal por un solo Magistrado, el Ilmo. Sr. D. JUAN RAFAEL BENÍTEZ YÉBENES, ha visto el Juicio sobre Delitos Leves nº 115/2022 del Juzgado de Instrucción nº Dos de esta Ciudad, en virtud del Recurso de Apelación (Rollo nº 62/2023), contra la sentencia pronunciada en la precitada instancia judicial de fecha 15/12/2022; interviniendo como apelante la denunciada Petra representada por el Procurador D. Miguel Angel Ortega Gil bajo la dirección de la Letrada Dª Cecilia Pérez Raya, y como apelados el denunciante D. Celso y el MINISTERIO FISCAL; por hurto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada, que se dan por reproducidos, como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

La referida sentencia, dictada el día 15 de diciembre de 2022, contiene en su Fallo los siguientes pronunciamientos dispositivos:

Que debo condenar y condeno a Petra como autor penalmente responsable de un delito leve de hurto previsto y penado en el artículo 234.2 y 3 del Código Penal a una pena de 30 días multa a razón de una cuota diaria de 6 euros que deberá hacer efectiva en un solo pago en el término de diez días desde el requerimiento de pago, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad, por cada dos cuotas no satisfechas así como al que en vía de responsabilidad civil indemnice al establecimiento Zara en la cantidad de 65,90 euros y con expresa imposición de las costas procesales causadas.

TERCERO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por el Procurador D. Miguel Angel Ortega Gil, en nombre y representación de la denunciada Petra, bajo la dirección de la Letrada Dª Cecilia Pérez Raya, quien alegó falta de motivación suf‌iciente de la resolución, y tras exponer cuantos argumentos tuvo por convenientes, terminó suplicando que se declare la nulidad de la sentencia por quebrantamiento de una forma esencial, ordenando que se reponga el procedimiento al estado en que se encontraba en el momento de cometerse la falta y mandando que se dicte otra ajustada a Derecho.

CUARTO

Admitido a trámite, se dio traslado del recurso a las demás partes a efectos de impugnación o adhesión, en cuyo trámite el Ministerio Fiscal presentó escrito interesando la desestimación del recurso y la

conf‌irmación de la resolución recurrida; y verif‌icados los correspondientes trámites legales fueron remitidos lo autos a este Tribunal para la resolución del recurso.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se admiten los que con tal carácter contiene la sentencia objeto de la presente alzada, que son del siguiente tenor:

"El día dieciséis de mayo de dos mil veintidós en el establecimiento comercial Zara del Centro Comercial Larios, sito en la Avda. de la Aurora de Málaga, Petra fue sorprendida cuando pretendía salir del mismo llevándose diversas prendas a las que había quitado la alarma de seguridad cuyo importe ascendente a 65,90 euros no había abonado y que fueron recuperadas con daños por el citado establecimiento, en condiciones, por tanto, que no permiten su posterior venta. Los hechos fueron reconocidos en el acto del juicio por la denunciada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se fundamenta el recurso en la falta de motivación suf‌iciente de...

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