AAP Barcelona 745/2023, 18 de Mayo de 2023
Ponente | PABLO DIEZ NOVAL |
ECLI | ECLI:ES:APB:2023:4050A |
Número de Recurso | 163/2023 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Auto |
Número de Resolución | 745/2023 |
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2023 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 21ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN 21ª
ROLLO nº 163/2023-C.
ORIGEN: Diligencias Previas nº 275/2022 del
Juzgado de Instrucción nº 5 de Vic.
AUTO nº 745 /2023
Ilmos. Sres.
D. Pablo Díez Noval,
D. Luís Belestá Segura,
Dña. Roser Garriga Queralt.
En Barcelona, a dieciocho de mayo de dos mil veintitrés.
ÚNICO: El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 5 de Vic dictó en fecha 21 de noviembre de 2022 auto por el que se acordaba: "Declaro el sobreseimiento provisional de las presentes Diligencias Previas por no existir motivos suficientes para acusar a determinada o determinadas personas como autores, cómplices o encubridores del delito que ha dado lugar a la formación de la presente causa."
Notificada la anterior resolución, el Fiscal interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación, interesando se revoque el auto de sobreseimiento y se continúe la causa contra práctica de las diligencias que en su escrito interesa. Admitido a trámite el recurso de reforma, no habiendo otras partes personadas, por auto del 27 de enero de 2023 se desestimó el recurso de reforma y se admitió a trámite el subsidiario de apelación. Conferidos los preceptivos traslados, habiendo realizado ratificado su recurso el Fiscal, a continuación se dedujo testimonio de los particulares designados por las partes y se remitió a la Audiencia Provincial, donde fue repartida esta Sección 21ª para resolución, teniendo entrada el día 19 de abril del año en curso.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Pablo Díez Noval, que expresa el parecer unánime de la Sala.
ÚNICO. 1. El Fiscal recurre la decisión de sobreseer la causa por falta de auto conocido del delito de robo con fuerza que determinó la incoación de las diligencias o, en su caso, respecto del delito de receptación. Frente a los argumentos expuestos por la instructora para acordar el sobreseimiento, el Fiscal estima que las investigaciones realizadas ponen de manifiesto la presunta existencia de un grupo criminal dedicado a la comisión de robos con fuerza en las cosas, grupo en el que participarían Antonia, Aurelio, Baltasar y Bárbara
. Entiende así mismo que existen cuando menos indicios de la comisión del delito de receptación, dado que las circunstancias de los hallazgos permiten inferir que los denunciados eran conocedores del origen ilícito de los objetos. En...
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