SAP Baleares 196/2023, 12 de Mayo de 2023
Ponente | MARIA DEL CARMEN GONZALEZ MIRO |
ECLI | ECLI:ES:APIB:2023:1269 |
Número de Recurso | 245/2022 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 196/2023 |
Fecha de Resolución | 12 de Mayo de 2023 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00196/2023
Rollo: 245/22
JUZGADO: De lo Penal núm. 2 de Palma PROCEDIMIENTO: Procedimiento Abreviado número 305/22 APELACIÓN PENAL DE SENTENCIA.
ILMAS./ILMO. SRAS./SR. MAGISTRADAS/O.
Dña. María del Carmen González Miró
D. Juan Jiménez Vidal
Dña. Cristina Díaz Sastre
SENTENCIA NÚM. 196/23
En Palma de Mallorca, a 12 de mayo de 2.023
Por el Juzgado de lo Penal y en el procedimiento Abreviado antes referidos se dictó sentencia con el siguiente fallo:
Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Eliseo como autor criminalmente responsable de un delito de ROBO a la pena de 1 año de prisión, con inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y pago de costas.
Remítase copia de la presente resolución al Juzgado de Instrucción a los efectos oportunos.
Hágase abono, en su caso, de los días de privación de libertad del acusado.
La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes:
ÚNICO .- Probado y así se declara que en Palma, en la Avda de Son Rigo, a hora no precisada pero comprendida entre las 13 y las 14 horas del día 7 de septiembre de 2021, el acusado Eliseo, nacido el NUM000 de 1955, privado de libertad por esta causa el día 27 de octubre de 2021, con numerosos antecedentes penales no apreciables en la presente causa a los efectos de reincidencia, tras romper la ventanilla delantera izquierda de la furgoneta matrícula .... GKR propiedad de Wiber rent a Car causando desperfectos valorados en 149,36 €, accedió a su interior haciendo suyas tres mochilas con documentación, 880 €, un teléfono Huawei P20 Lite y un
IPAD, propiedad de Romeo, Marcelina, Darío, Efrain, Elias y Erasmo y Esteban, que lo habían alquilado y no han podido ser localizados. Los objetos sustraídos no se han valorado.
Los desperfectos del vehículo fueron abonados por la persona que había alquilado el mismo.
Contra la mencionada sentencia se interpusieron los siguientes recursos de apelación: Dña. ANTONIA MARIA CAMPINS FIOL, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de D. Eliseo CUARTO.- Admitido el recurso y dado traslado por diez días a las demás partes personadas, lo impugnó el Ministerio Fiscal .
Tras lo cual, se elevaron las actuaciones a la Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a esta Sección Segunda y designándose ponente a la Magistrada María del Carmen González Miró ; quien, tras la oportuna deliberación y votación, expresa en la presente el parecer del Tribunal.
HECHOS PROBADOS
UNICO.- Se admiten como tales los así declarados en la sentencia de instancia.
Formula recurso de apelación la Defensa del acusado, condenado en la instancia alegando
El acusado en el acto de juicio, visionado en esta alzada, declara que ese día venía de la playa, que no rompió la ventanilla ni sustrajo mochilas. El acusado en ese acto afirma que la policía le cogió cuando salía de la playa y le puso con las manos en la furgoneta porque le conocían de la playa por hurtos. Nada pregunta al respecto su Defensa.
Los hechos se produjeron el 7 de septiembre de 2021, ese mismo día se inspeccionó el vehículo y se revelaron huellas. Una vez identificado por informe pericial lofoscópico a quien correspondían las huellas, fue...
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