AAP A Coruña 106/2023, 8 de Febrero de 2023

PonenteSALVADOR PEDRO SANZ CREGO
ECLIECLI:ES:APC:2023:281A
Número de Recurso59/2023
ProcedimientoRecurso de apelación. Auto
Número de Resolución106/2023
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2023
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

A CORUÑA

AUTO: 00106/2023

- C/. DE LAS CIGARRERAS Nº 1 - EDIFICIO ANTIGUA FABRICA DE TABACOS. 1ª PLANTA Teléfono: 981 18 20 74 /75/36

Correo electrónico: seccion2.ap.coruna@xustiza.gal TFNO. 881 881 899 /895/ 896/ 898 Equipo/usuario: MV

Modelo: 662000

N.I.G.: 15030 43 2 2022 0011488

RT APELACION AUTOS 0000059 /2023

Juzgado procedencia: XDO. INSTRUCIÓN N. 3 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0001429 /2022 Delito: ESTAFA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Recurrente: Apolonia, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª,

Abogado/a: D/Dª ROBERTO DIAZ SOTO,

Recurrido:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

A U T O

IMOS. MAGISTRADOS.

PRESIDENTE

DOÑA MARIA CARMEN TABOADA CASEIRO

MAGISTRADOS

DON MIGUEL A. FILGUEIRA BOUZA

DON SALVADOR P SANZ CREGO - PONENTE

En A Coruña, a 8 de febrero de 2023.

LASECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA, constituida por los Ilmos. Sres.

MAGISTRADOS reseñados al margen ha dictado la presente resolución en base a los siguientes

HECHOS
PRIMERO

En el Juzgado de Instrucción nº 3 de A Coruña la Diligencias Previas/Procedimiento Abreviado nº 1429/22 por un presunto delito de estafa.

SEGUNDO

El Magistrado-Juez por Auto de fecha 29 de noviembre de 2022 desestima el recurso de reforma contra el auto de fecha 18 de octubre de 2022 que acuerda la inhibición del conocimiento de las Diligencias Previas 1429/2022 a favor del Juzgado Decano de Fuenlabrada, teniéndose por interpuesto recurso de Apelación por la representación procesal de Apolonia, se remiten las actuaciones a la of‌icina de registro y reparto de la Audiencia Provincial de A Coruña, siendo turnado a esta Sección Segunda y registrado como Rollo ( RT) Nº 59/23.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON SALVADOR P. SANZ CREGO.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción Número 3 de A Coruña, por auto de fecha 18 de octubre de 2022, acordó la inhibición del conocimiento de las Diligencias Previas 1429/2022 del citado Juzgado a favor del Juzgado Decano de Fuenlabrada, resolución contra la que la defensa de la denunciante Apolonia interpuso recurso de reforma, que fue desestimado por auto de 29 de noviembre de 2022, y el subsidiario de apelación que ahora se valora y resuelve. El Ministerio Fiscal, despachando el traslado que le fue conferido, se adhiera pericialmente al recurso interpuesto.

Alega la parte recurrente que "a la vista de que el vehículo se encontraba en Fuenlabrada; la venta y demás gestiones se realizaron por internet y el vehículo fue recogido en Vigo entendemos respetuosamente que debe aplicarse la competencia territorial correspondiente a la víctima del presunto delito, es decir los Juzgados de Instrucción de A Coruña". El Ministerio Fiscal, en su informe, se adhiere parcialmente al recurso interpuesto, al estimar que, cuando las acciones del delito de estafa se han ejecutado en el territorio de distintos partidos judiciales, es...

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