SAP Ciudad Real 172/2023, 2 de Mayo de 2023
Ponente | JOSE MARIA TAPIA CHINCHON |
ECLI | ECLI:ES:APCR:2023:484 |
Número de Recurso | 345/2021 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 172/2023 |
Fecha de Resolución | 2 de Mayo de 2023 |
Emisor | Audiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
CIUDAD REAL
SENTENCIA: 00172/2023
Modelo: N10250
CABALLEROS, 11, PLANTA SEGUNDA
Teléfono: 926 29 55 25/55 98 Fax: 926295522
Correo electrónico:
Equipo/usuario: E05
N.I.G. 13071 41 1 2013 0013138
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000345 /2021 -R
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de PUERTOLLANO
Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000534 /2013
Recurrente: Jose Ángel, Juan Alberto
Procurador: ROSA MARIA REDONDO GUARNIZO, JULIAN SANZ DOCTOR
Abogado: JOSE LUIS MARTINEZ LOPEZ, MARIA DEL CARMEN MARTINEZ OSORIO
Recurrido: COMPAÑIA MANCHEGA DE MOVIMIENTOS DE TIERRA, S.A. (COMANSA), Marco Antonio, Manuela, Juan Francisco, Herminia, Natividad
Procurador: GUILLERMO RODRIGUEZ PETIT, GUILLERMO RODRIGUEZ PETIT, GUILLERMO RODRIGUEZ PETIT, GUILLERMO RODRIGUEZ PETIT, GUILLERMO RODRIGUEZ PETIT, GUILLERMO RODRIGUEZ PETIT
Abogado:,,,, PABLO GARCIA MINGUILLAN MOLINA,
Rollo de Apelación Civil (RPL) núm. 345/2021
Juicio Ordinario núm. 534/2013
Sentencia de fecha 15 de marzo de 2021
Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Puertollano
SENTENCIA Nº 172/23
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Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE:
Don Ignacio Escribano Cobo
MAGISTRADOS:
Don Fulgencio-Víctor Velázquez de Castro Puerta
Don José-María Tapia Chinchón
Doña Almudena Buzón Cervantes
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En Ciudad Real, a dos de Mayo de dos mil veintitrés
Vistos por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Ciudad Real los precedentes autos de Juicio Ordinario núm. 534/2013 seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Puertollano y a los que ha correspondido el Rollo Civil de Sala núm. 345/2021, y en el que en esta alzada figuran como partes; de una, y como apelantes, Don Jose Ángel y Don Juan Alberto, representados por los Procuradores de los Tribunales Doña Rosa-María Redondo Guarnizo y Don Julián Sanz Doctor y asistidos de Letrados Don José-Luis Martín López y Doña Carmen Martínez Ososrio; de otra, como apelados, no comparecidos en esta alzada, la entidad "COMANSA", Doña Herminia, Don Marco Antonio . Doña Natividad, Don Juan Francisco, Doña Manuela y Don Anibal, representados por el Procurador de los Tribunales Don Guillermo Rodríguez Petit y asistidos de Letrado Don Francisco-Pablo GarcíaMinguillán Molina. Ha sido Ponente, el Magistrado Don José-María Tapia Chinchón.
Que con fecha 15 de marzo de 2021 y en los referidos autos de Juicio Ordinario núm. 534/2013, el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Puertollano dictó Sentencia, en cuyo Fallo podía leerse: "Desestimo la demanda formulada por la Procuradora Dª Rosa María Redondo Guarnizo y el Procurador D. Julián Sanz Doctor, en nombre y representación de D. Jose Ángel y D. Juan Alberto, contra COMPAÑÍA MANCHEGA DE MOVIMIENTOS DE TIERRA S.A., Dª Herminia, D. Marco Antonio, Dª Natividad y D. Abilio (sucedido por D. Anibal
, D. Juan Francisco y Dª Manuela ), y absuelvo a los codemandados de todas las pretensiones ejercitadas. Con condena en costas a la parte actora".
Notificada a las partes, por la representación procesal de Don Jose Ángel y Don Juan Alberto se interpuso recurso de apelación en el que, tras los alegatos fácticos y jurídicos de rigor, vino en solicitar de la Sala: "...dicte Sentencia por la que revocando la ya citada, dicte otra estimando el presente recurso y como consecuencia de ello estime íntegramente la demanda formulada por esta parte, con expresa condena en costas de la primera instancia a la parte demandada".
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 458 y 461.1de la LEC se tuvo por interpuesto recurso de apelación, con traslado a las demás partes, emplazándolas para que presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultare desfavorable.
Transcurrido el término otorgado a la parte, sin que se hubiese presentado escrito de impugnación u oposición, de conformidad con el artículo 463.1 de la LEC, se tuvo por precluido dicho trámite, con remisión de los autos y emplazamiento de las partes ante este Tribunal para sustanciación del recurso.
Recibidos en esta Audiencia Provincial, fueron turnados a la Sección 2ª, formándose Rollo Civil de Sala que fue registrado bajo el numeral 345/2021, designándose ponencia en los términos dichos y señalándose para votación y fallo el día de la fecha.
En la tramitación de este recurso se han observado los preceptos y prescripciones legales.
Interpusieron los actores demanda de juicio ordinario respecto de las obras llevadas a cabo en edificio colindante al suyo en el que se habrían efectuado obras consistentes en la apertura de ventanas en fechada, y que finalmente se convirtieron en balcones que afectan a la propiedad de los actores, con apelación al artículo 582 del Código Civil (sobre distancias mínimas en...
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