SAP Cuenca 119/2023, 9 de Mayo de 2023
Ponente | GONZALO CRIADO DEL REY TREMPS |
ECLI | ECLI:ES:APCU:2023:162 |
Número de Recurso | 37/2023 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 119/2023 |
Fecha de Resolución | 9 de Mayo de 2023 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CUENCA
SENTENCIA: 00119/2023
Modelo: N10250
C/PALAFOX Nº 4-1ª PLANTA, CUENCA 16001
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
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N.I.G. 16078 41 1 2022 0000347
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000037 /2023
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de CUENCA Procedimiento de origen: OR5 ORDINARIO CONTRATACION-249.1.5 0000071 /2022 Recurrente: Domingo
Procurador: RAQUEL PINOS CALVO
Abogado:
Recurrido: BBVA SA
Procurador: GEMMA DONDERIS DE SALAZAR
Abogado: PATRICIA NAVARRO MONTES
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CUENCA.
Apelación Civil nº 37/2023.
Procedimiento Ordinario nº 71/2022
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Cuenca.
SENTENCIA Nº. 119/2023
Ilmos. Sres.:
Presidente: (Acctal)
-
Ernesto Casado Delgado.
Magistrados:
-
Gonzalo Criado del Rey Tremps
-
José María Rives García
Ponente: Sr. Criado del Rey Tremps.
En Cuenca, a nueve de mayo de dos mil veintitrés.
Vistos ante esta Audiencia Provincial, en trámite de recurso de apelación nº 37/2023, los autos de Juicio Ordinario nº 71/2022, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cuenca, iniciados por D. Domingo
, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Raquel Pinos Calvo dirigida por el Letrado D. Miguel Ángel Monserrat Lara contra la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Gemma Donderis de Salazar dirigida por la Letrada Dª Patricia Navarro Montes, en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Domingo contra la Sentencia dictada en primera instancia, por el ya referido Juzgado, en fecha 24 de octubre de 2.022, habiendo sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Gonzalo Criado del Rey Tremps.
Que la situación fáctica puede resumirse del siguiente modo:
-
La representación procesal de D. Domingo formuló demanda de juicio ordinario, en fecha 1 de febrero de
2.022 contra la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., solicitando, (con respecto a una escritura de compraventa con subrogación y modificación de préstamo hipotecario de 14 de septiembre de 2.005) Sentencia que declarase la nulidad de la cláusula relativa a la imposición de los gastos a cargo del prestatario; interesando la condena a la parte demandada al pago de la cantidad de 496,55 euros.
-
La representación procesal de la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., contestó la demanda; interesando su íntegra desestimación.
-
El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Cuenca dictó Sentencia, el 24 de octubre de 2.022 del siguiente tenor literal:
"Que desestimando íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de Domingo absuelvo a BBVA SA de las acciones ejercitadas frente al mismo en este procedimiento. No procede hacer especial pronunciamiento en materia de costas procesales.
Que, notificada la anterior Resolución a las partes, por la representación procesal de Domingo se interpuso contra ella recurso de apelación.
Dicho recurso se basa, en síntesis, en lo siguiente:
-
Improcedente absolución de la Entidad Bancaria por los gastos de la subrogación en la hipoteca que cifra en la cantidad de 496,55 euros
Que la representación procesal de BBVA S.A. se opuso a dicho recurso de apelación; interesando su desestimación.
Que, recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, por la Sala se procedió a formar el correspondiente rollo de apelación, (asignándole el número 37/2023). Se turnó la ponencia, (Sr. Criado del Rey Tremps) y se señaló deliberación, votación y fallo para el 9 de mayo de 2.023
Marco Jurisprudencial.
Debe traerse a colación la doctrina jurisprudencial emanada de nuestro más Alto Tribunal que se concreta en la sentencia 314/2020, de 17 de junio (Recurso 3392/2017) que distingue aquellos casos en que la intervención del banco se limita a prestar el consentimiento liberatorio ( art. 1205 Cc), de aquellos otros en que en el mismo otorgamiento de la escritura de compraventa con pacto con subrogación, comparezca el acreedor y se formalice una novación modificativa del propio contrato de préstamo hipotecario en el que se subroga
el comprador (por ampliación del capital y la garantía hipotecaria, modificación del plazo de amortización o de otras condiciones financieras), supuesto en el que las cláusulas de imputación genérica de los gastos derivados del otorgamiento, incluidos los vinculados a la subrogación y novación pactada con intervención del acreedor, podrían ser cuestionadas en cuanto a su eventual falta de transparencia o abusividad en el marco del procedimiento seguido contra el citado acreedor hipotecario, como sucedió en el caso resuelto por la STS número 546/2019, de 16 de octubre.
Doctrina jurisprudencial reiterada en la STS 1396/2022, 1309/2022, 1705/2022 y 2088/2022, entre otras. Segundo.- En el caso que ahora se somete a nuestra consideración, el examen del procedimiento evidencia: *Que en escritura otorgada en fecha 14.09.2005 ante el Notario de Valencia D. José Luis Pavía Sanz (protocolo 2567) comparecen D. Justino (en representación de la entidad" Salvador Vila, S.L" como vendedora), D. Leon (en representación de BBVA, S.A) y D. Domingo y Dª. Julia (como compradores) se formalizó un contrato de compraventa de una vivienda y una plaza de aparcamiento.
* Del precio de la compraventa (149.500€) la parte compradora retiene la cantidad de 112.000 € para hacer frente al pago del préstamo hipotecario concertado en fecha 20 de febrero de 2004 ante el Notario D. José Luis Pavía Sanz.
*En la cláusula Cuarta la entidad BBVA, S.A...
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