SAP Navarra 123/2023, 9 de Febrero de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha09 Febrero 2023
EmisorAudiencia Provincial de Navarra, seccion 3 (civil)
Número de resolución123/2023

S E N T E N C I A Nº 000123/2023

Ilma. Sra. Presidenta

Dª. ANA INMACULADA FERRER CRISTÓBAL

Ilmos. Sres. Magistrados

D. EDORTA JOSU ECHARANDIO HERRERA (Ponente)

D. DANIEL RODRÍGUEZ ANTÚNEZ

En Pamplona/Iruña, a 09 de febrero del 2023.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 430/2021, derivado de los autos de Procedimiento Ordinario nº 609/2020 - 00 del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Pamplona/Iruña ; siendo parte apelante, D. Rosendo, Secundino, Joaquina, María Milagros, Valentín, Lina, Víctor, Adoracion, Jose Luis, Agueda, Alicia, Ana, Marisol, Carlos Miguel, Bárbara, Luis Alberto, Luis Pablo, Candelaria, Carina, Juan María, Carmela, Marino, Casilda, Celia, Constanza, SEMINARIO CONCILIAR DE SAN MIGUEL DE PAMPLONA, Eloisa, Fermina, CASA MISERICORDIA DE PAMPLONA, Flor

, Benedicto, Bernabe, Gema, Bienvenido, Braulio, Teof‌ilo, Hortensia, Casiano, Cecilio, Josef‌ina

, Julieta, Conrado, Lidia, Ruth, Norberto, Onesimo, Pablo, Leovigildo, Paulino, Pio, Tarsila, Prudencio, Virginia, Andrea, Zaida, Nazario, Santiago, Dulce, Ovidio, Seraf‌in, Severino, Eva María, Brigida, Adelina y Vicente, representados por la Procuradora Dª Mª Rosario Biurrun Ibiricu y asistidos por el Letrado D. Julián Ignacio Cañas Labairu; parte apelada, D. Jesús Manuel, Daniela, HERENCIA YACIENTE Y HEREDEROS DESCONOCIDOS DE Jesús Manuel Y Daniela y Avelino, representados por el Procurador

D. Javier Araiz Rodríguez y asistidos por el Letrado D. Jorge Tudanca Martínez.

Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. EDORTA JOSU ECHARANDIO HERRERA .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 04 de diciembre del 2020, el referido Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Pamplona/ Iruña dictó Sentencia en los autos de Procedimiento Ordinario nº 609/2020 - 00, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la Procuradora DOÑA MARIA ROSARIO BIURRUN IBIRICU en nombre y representación de D. Santiago y otros y debo absolver y absuelvo, a HERENCIA YACIENTE Y HEREDEROS DESCONOCIDOS DE DON Jesús Manuel Y DE DOÑA Daniela, con condena en costas de las demandantes."

TERCERO

Notif‌icada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de Rosendo, Secundino, Joaquina, María Milagros, Valentín, Lina, Víctor, Adoracion, Jose Luis, Agueda, Alicia, Ana, Marisol, Carlos Miguel, Bárbara, Luis Alberto, Luis Pablo, Candelaria, Carina, Juan María

, Carmela, Marino, Casilda, Celia, Constanza, SEMINARIO CONCILIAR DE SAN MIGUEL DE PAMPLONA, Eloisa, Fermina, CASA MISERICORDIA DE PAMPLONA, Flor, Benedicto, Bernabe, Gema, Bienvenido, Braulio, Teof‌ilo, Hortensia, Casiano, Cecilio, Josef‌ina, Julieta, Conrado, Lidia, Ruth, Norberto, Onesimo

, Pablo, Leovigildo, Paulino, Pio, Tarsila, Prudencio, Virginia, Andrea, Zaida, Nazario, Santiago, Dulce, Ovidio, Seraf‌in, Severino, Eva María, Brigida, Adelina y Vicente .

CUARTO

La parte apelada, Jesús Manuel, Daniela, HERENCIA YACIENTE Y HEREDEROS DESCONOCIDOS DE Jesús Manuel Y Daniela y Avelino, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la conf‌irmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra en donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 430/2021, habiéndose señalado el día 31 de enero del 2023 para su deliberación y fallo, con observancia de las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Planteamiento

Rosendo, Secundino, Joaquina, María Milagros, Valentín, Lina, Seraf‌in, Severino, Eva María, Brigida

, Adelina, Vicente, Andrea, Zaida, Nazario, Santiago, Dulce, Ovidio, Leovigildo, Paulino, Pio, Tarsila, Prudencio, Virginia, Conrado, Lidia, Ruth, Norberto, Onesimo, Pablo, Teof‌ilo, Hortensia

, Casiano, Cecilio, Josef‌ina, Julieta, Flor, Benedicto, Bernabe, Gema, Bienvenido, Braulio, Celia, Constanza, SEMINARIO CONCILIAR DE SAN MIGUEL DE PAMPLONA, Eloisa, Fermina, CASA MISERICORDIA DE PAMPLONA, Candelaria, Carina, Juan María, Carmela, Marino, Casilda, Ana, Marisol, Carlos Miguel, Bárbara, Luis Alberto, Luis Pablo, Víctor, Adoracion, Jose Luis, Agueda, y Alicia, con la misma representación y defensa, demandaron a la HERENCIA YACIENTE y HEREDEROS DESCONOCIDOS DE Jesús Manuel y Daniela ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Pamplona, reclamando la declaración de la f‌inca registral NUM000, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 7 de Pamplona, como copropiedad ob rem, de todas las viviendas y locales que se relacionaban y en la proporción ref‌lejada en un cuadro del cuerpo de la demanda, conforme al coef‌iciente de participación en las Comunidades de propietarios de CALLE000

, NUM001, NUM002, NUM003 y NUM004 ; DIRECCION000, NUM005, NUM006, NUM007, NUM008

, NUM009, NUM010 y NUM011 ; DIRECCION001, NUM012 ; PLAZA000, NUM013 ; y DIRECCION002, NUM004 y NUM014 ; con condena a otorgar por los demandados los documentos que sean precios como para que la declaración referida pueda ser inscrita en el Registro de la Propiedad, de la tal forma que, si los obligados a ello no lo hacen, el Juzgado ordenará al Registro de la Propiedad, lo necesario como para adecuar el Registro al título ejecutivo, incluso pudiendo otorgar, en caso de que fuera necesario y en nombre y representación de tales demandados, los documentos pertinentes a este mismo f‌in.

Admitida la demanda, e incoado juicio ordinario, el 22 de octubre de 2020 se resolvió emplazar a los demandados por edictos, esto es, a herencia yacente y herederos desconocidos de Jesús Manuel y Daniela, haciendo constar que caso de comparecer algún heredero, se llevaría a efectos por los trámites previsto en el art. 16 LEC. No habiendo comparecido nadie, a quien se haya tenido por el Juzgado como sucesor de la herencia, tras de los intentos rechazados por resoluciones interlocutorias, se declaró a la parte en situación de rebeldía procesal en diligencia de ordenación de 24 noviembre de 2020.

Celebrado el acto del juicio el 1 de diciembre de 2020, con la asistencia únicamente de las partes actoras, y practicada prueba documental, se dictó al día siguiente la sentencia, que desestimó íntegramente la demanda, absolviendo a la herencia yacente e ignorados herederos demandados, de lo que se pedía, con condena en costas procesales a la parte actora.

Los demandantes han interpuesto recurso de apelación frente a la sentencia, postulando la nulidad de actuaciones, y subsidiaria estimación también de su acción declarativa de condominio.

SEGUNDO

Fáctico

No hay relación de hechos de la sentencia, ni pueden extraerse de su fundamentación, aunque los relevantes estrictamente para resolver la apelación, pueden quedar en los siguientes extremos:

  1. - Jesús Manuel, con fecha 13 de agosto de 1934, dirigió solicitud al Ayuntamiento de Pamplona, a f‌in de que se le cediera en plena propiedad y de conformidad con la normativa vigente para el Ensanche, el suelo que

    correspondía con la Manzana NUM015 (II Ensanche de Pamplona, rodeada por las calles DIRECCION000, a la que recaen las casas construidas en dicha Manzana, hoy números NUM005, NUM006, NUM007, NUM008

    , NUM009, NUM010 y NUM011 ; CALLE000, hoy números NUM001, NUM002, NUM003 y NUM004 ; calle DIRECCION002, hoy números NUM004 y NUM014 ; PLAZA000, hoy números NUM016 y NUM013 ; y calle DIRECCION001, hoy números NUM012, NUM017 y NUM018 ), para dedicarla a vivienda en alquiler, lo que fue respondido por parte del Ayuntamiento de Pamplona, en sentido positivo, adoptándose un Acuerdo con fecha 24 de agosto de 1935, que fue incluso ratif‌icado por la Diputación Foral de Navarra.

  2. - El Sr. Jesús Manuel encargó la redacción de un Proyecto de Edif‌icación para toda la indicada manzana, al Arquitecto Luis Carlos, en cuya Memoria aparece:

    "Además, todas las casas tienen en todo su frente (por la parte posterior y frente) un terreno de su propiedad en las calles interiores de 6,75 m. de fondo" ; y

    "...el solar comprende además del terreno ocupado por la casa las dos mitades anterior y posterior de las calles interiores que se marcan en el plano de conjunto, o sea 5,25 x por la anchura de la casa" .

  3. - Fueron edif‌icados en el suelo de la manzana cuatro edif‌icios independientes: Uno, el mayor, con frente a la Calle DIRECCION001, PLAZA000, y Calle DIRECCION002 ; Otro, menor, con frente a la CALLE000 ; y Dos más, que quedaban dentro de la Manzana sin afrontar a calle alguna, en el interior de la misma. Y todos estos cuatro edif‌icios, estaban rodeados de zona libre de edif‌icación destinada a calle o patio interior, sin la cual, no se puede acceder a los dos edif‌icios situados en el interior de la Manzana.

  4. - El Sr. Jesús Manuel procedió para la explotación de viviendas en las casas, que inicialmente fue en régimen arrendamiento, y luego fueron vendidas, a segregar de la f‌inca matriz dieciocho f‌incas:

    1) Finca registral NUM019 antigua y en la actualidad, registral NUM020, de 140,94 m2, es la casa hoy sita en la calle DIRECCION000, NUM012 .

    2) Finca registral NUM021, de 139,20 m2, es la casa hoy sita en la calle DIRECCION000, NUM006 .

    3) Finca registral NUM022, de 139,20 m2, es la casa hoy sita en la calle DIRECCION000, NUM007 .

    4) Finca registral NUM023, de 78,80 m2, es la casa hoy sita en la CALLE000, NUM001 .

    5) Finca registral NUM024, de 139,32 m2, es la casa hoy sita en la CALLE000, NUM002 .

    6) Finca registral NUM025, de 245,38 m2, es la casa hoy sita en la calle DIRECCION001, NUM017 .

    7) Finca registral NUM026, de 139,32 m2, es la casa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR