AAP Jaén 177/2023, 14 de Marzo de 2023
Ponente | ANTONIO VALDIVIA MILLA |
ECLI | ECLI:ES:APJ:2023:276A |
Número de Recurso | 157/2023 |
Procedimiento | Recurso de apelación. Auto |
Número de Resolución | 177/2023 |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2023 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Segunda
JAEN
JUZGADO DE LO PENAL
NÚM. 2 DE JAÉN
EJECUTORIA 11/2022.
ROLLO APELACIÓN PENAL NÚM. 157/2023
A U T O NÚM. 177
Iltmos. Sres.:
Presidenta
Dª. MARIA ESPERANZA PEREZ ESPINO
Magistrados
D. SATURNINO REGIDOR MARTINEZ
D. ANTONIO VALDIVIA MILLA
En la ciudad de Jaén, catorce de marzo de dos mil veintitrés.
Visto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén, el recurso de apelación Núm. 157/2023, interpuesto por D. Romeo representado por el Procurador D. Miguel BUENO MALO DE MOLINA y defendido por el Letrado D. Andrés SÁNCHEZ VILLAR contra el auto del Juzgado de lo Penal número 2 de Jaén de fecha 23 de enero de 2023, dictado en ejecutoria núm. 11/2022.
Ha sido parte apelada el Ministerio Fiscal.
Por el Juzgado de referencia y en el procedimiento indicado se dictó auto de fecha 23 de enero de 2023, cuya parte dispositiva dice: "Se decreta dejar sin efecto los beneficios de la condena condicional otorgados en su momento al condenado Romeo decretando su ingreso en prisión, a fin de que cumpla la pena que le fue impuesta.".
Por el Procurador Sr. BUENO MALO DE MOLINA, actuando en representación del penado D. Romeo se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación contra el citado auto y admitido a trámite, se confirió traslado al Ministerio Fiscal que interesa la desestimación del recurso de apelación y la confirmación de la resolución recurrida, acordándose la remisión de las actuaciones a la Audiencia Provincial.
Recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial, y tras su reparto a la Sección Segunda, se acordó la formación del correspondiente rollo de apelación, con designación de Ponente, quedando pendiente el recurso de resolución, tras la deliberación y votación que ha tenido lugar el día 13 de marzo de 2023.
Ha sido Ponente del Ilmo Sr. Magistrado D. Antonio VALDIVIA MILLA.
El Juzgado de lo Penal número 2, en el seno de la ejecutoria 11/2022, en ejecución de sentencia por la que se condena a D. Romeo a la pena de seis meses de prisión, acordó por auto de fecha 10 de febrero de 2022 se acordó la suspensión de la pena de prisión impuesta al penado, por un plazo de dos años, condicionada al cumplimiento de tres meses de trabajos en beneficio de la comunidad..
En la causa consta que se ha elaborado plan de ejecución de fecha 25 de mayo de 2022, y que con fecha 20 de octubre de 2022 el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas ha comunicado una incomparecencia del penado a una "cita de incidencias". Ante tal comunicación, por parte del Juzgado de lo Penal se ha citado al penado a fin de que comparezca ante aquel servicio para el día 29 de noviembre de 2022, siendo citado personalmente y no compareciendo a dicha cita, por auto de fecha 23 de enero de 2023, ahora recurrido, se ha revocado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad.
Se alza el penado D. Romeo contra el auto de fecha 23 de enero de 2023 por el que se acuerda revocar la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta en sentencia por no haberse cumplido el trámite de audiencia preceptiva del artículo 86.4 del Código Penal antes de resolver sobre la revocación.
En la causa consta que, elaborado plan de ejecución por el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, se recibió comunicación procedente de este servicio indicando la incomparecencia del penado a una cita de incidencias. Por parte del Juzgado se acordó realizar una citación para el día 29 de noviembre de 2022 que se realizó personalmente, comprobándose una nueva incomparecencia.
Tras esta incomparecencia, por diligencia de ordenación de fecha 1 de enero de 2023 se acordó oír al Ministerio Fiscal sobre la posible revocación de la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad. No...
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