AAP Baleares 196/2023, 21 de Marzo de 2023

PonenteROCIO NOBELDA MARTIN HERNANDEZ
ECLIECLI:ES:APIB:2023:90A
Número de Recurso21/2023
ProcedimientoRecurso de vigilancia penitenciaria
Número de Resolución196/2023
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2023
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª

AUDIENCI A PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA

SECCIÓN PRIMERA

ROLLO Nº 21/2023

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Nº 2 DE CATALUNYA

PROCEDIMIENTO DE ORIGEN: MEDIDAS CAUTELARES-CLASIFICACION 47092/2023

A U T O Núm. 196/2023

S.S. Ilmas. MAGISTRADAS.

DÑA. SAMANTHA ROMERO ADAN

DÑA. ROCIO MARTIN HERNANDEZ

DÑA. ELEONOR MOYA ROSSELLO

En Palma de Mallorca a 21 de marzo de 2023.

VISTO por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, con la anterior composición, el presente Rollo número 21/2023, procedente del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 2 de Catalunya, pieza de MEDIDAS CAUTELARES-CLASIFICACION 47092/2023, sobre mantenimiento o alzamiento de la suspensión de los efectos de la Resolución de la Direcció General d'Afers Penitenciaris de 10.01.2023, acordada por Providencia de 14 de febrero de 2023, procede dictar la presente resolución sobre la base de los siguientes

A NTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se ha recibido en esta Sección, en fecha 16 de marzo de 2023, procedente del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 2 de Catalunya, pieza de MEDIDAS CAUTELARES-CLASIFICACION 47092/2023, sobre mantenimiento o alzamiento de la suspensión de los efectos de la Resolución de la Direcció General d'Afers Penitenciaris de 10.01.2023, acordada por Providencia de 14 de febrero de 2023, a los efectos de que se proceda a dictar pronunciamiento de mantenimiento o alzamiento de la suspensión acordada.

SEGUNDO

Se ha dado tramitación preferente, adelantando la deliberación y votación, atendiendo a la materia objeto de resolución.

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Rocío Martín Hernández, que expresa el parecer unánime del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con carácter previo a entrar en el fondo de la cuestión sometida a esta alzada, conviene poner de relieve que, no obstante remitirse la Juez a quo a la STS de 15 de diciembre de 2022, a los efectos de que por esta Sección se proceda a resolver sobre la suspensión cautelar acordada de la resolución de progresión a

tercer grado del interno Estanislao, dicha Sentencia del TS no recoge que se obvien los trámites procesales necesarios ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, para que esta Sección, en tanto Tribunal Sentenciador, se pronuncie sobre el fondo del asunto, es decir, sobre si ha de mantenerse o no la suspensión cautelar acordada de progresión a tercer grado del interno Sr. Estanislao .

Y decimos lo anterior, porque, en el presente supuesto, impugnada la Resolución de la Direcció General d'Afers Penitenciaris de 10.01.2023, de progresión a tercer grado, por parte del Ministerio Fiscal, a través de RECURSO, conforme a los arts. 24, 124 CE, DA 5ª LOPJ, art. 76.1º y f) LOGP y art. 107 Reglamento penitenciario, y art. 3.1º del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, interesó, mediante OTROSI I) "(...) que se proceda a la suspensión de la ejecución de la resolución administrativa que se impugna por aplicación de la Disposición Adicional 5ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial interpretada según la Sentencia del Tribunal Supremo de 15/12/2022 (...)", procediéndose por el Juzgado de Vigilancia Penitenciara a dictar la siguiente Providencia:

"(...)En Barcelona, a 14 de febrero de 2023.

Dada cuenta; por formada la presente pieza separada de MEDIDAS CAUTELARES, visto lo solicitado por el Ministerio Fiscal en el OTROSÍ DIGO de su escrito de recurso contra la resolución de la Direcció General d'Afers Penitenciaris de fecha 10/01/2023, quedan suspendidos los efectos de dicha resolución a tenor de lo dispuesto en las Sentencias del Tribunal Supremo en unif‌icación de doctrina de fecha 15/12/2022 .

A tales efectos dese traslado al interno o a su representación procesal para que en el plazo de DOS DÍAS formule alegaciones sobre la suspensión acordada, en cuyo caso se remitirá la presente pieza separada al órgano sentenciador a los efectos de que se pronuncie sobre la necesidad de dicha suspensión.

Póngase en conocimiento del Centro Penitenciario para que proceda al cumplimiento de la suspensión...

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