ATS, 2 de Octubre de 2023
Ponente | ANA MARIA FERRER GARCIA |
ECLI | ES:TS:2023:13005A |
Número de Recurso | 7/2021 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 2 de Octubre de 2023 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
AUTO
Fecha del auto: 02/10/2023
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION
Número del procedimiento: 7/2021
Ponente: Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García
Procedencia: Audiencia Provincial de Barcelona
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María del Carmen Calvo Velasco
Transcrito por: JLA
Nota:
RECURSO CASACION núm.: 7/2021
Ponente: Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María del Carmen Calvo Velasco
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Andrés Martínez Arrieta
D.ª Ana María Ferrer García
D. Pablo Llarena Conde
D. Vicente Magro Servet
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
En Madrid, a 2 de octubre de 2023.
En el recurso de casación num. 7/21 por infracción de precepto constitucional y quebrantamiento de forma interpuesto por interpuesto por D. Ignacio, D. Felicisimo, D. Indalecio, D. Isidoro, D. Iván, D. Jaime, D. Jeronimo, D. Jon, D. Gines, D. Juan, D. Justino, D. Héctor, Dª Custodia, Dª Delfina, Dª Dolores, D. Luciano, D. Manuel, D. Florencio y Martin , contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona de fecha 26 de septiembre de 2019 (Sec. 5ª, Rollo sumario 17/2016), los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan, han adoptado la siguiente resolución.
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª Ana María Ferrer García.
ÚNICO.- El recurso de referencia se señaló el día 19 de septiembre de 2023 para su deliberación y fallo, lo que se llevó a efecto, si bien subsisten cuestiones pendientes aún de debate.
ÚNICO.- Teniendo en cuenta la complejidad del asunto, y existiendo todavía cuestiones respecto a las cuales la deliberación no ha concluido, procede prorrogar el término ordinario de diez días para dictar sentencia establecido en el artículo 899 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por dos meses más.
LA SALA ACUERDA: Se prorroga el término para dictar sentencia en el presente recurso num. 7/21, por DOS MESES más , lo que se hará saber a las partes
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
Andrés Martínez Arrieta Ana María Ferrer García Pablo Llarena Conde
Vicente Magro Servet Eduardo de Porres Ortiz de Urbina