SAP Castellón 340/2022, 24 de Octubre de 2022

PonenteHORACIO BADENES PUENTES
ECLIECLI:ES:APCS:2022:1176
Número de Recurso791/2022
ProcedimientoRecurso de apelación. Juicio rápido
Número de Resolución340/2022
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2022
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CASTELLÓN

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo de Apelación Penal nº 791/2022.

Juicio Oral número 405/2022 del

Juzgado de lo Penal número 3 de Castelló.

SENTENCIA Nº 340/2022

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Horacio Badenes Puentes.

Magistrados:

D. Pedro Javier Altares Medina.

D. Manuel Guillermo Altava Lavall.

------------------------------------------------------ En la ciudad de Castelló de la Plana a veinticuatro de octubre de dos mil veintidós.

La Sección Segunda la Audiencia Provincial de Castellón constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados anotados al margen ha visto y examinado el Rollo de Apelación Penal nº 791/2022 incoado en virtud del recurso interpuesto contra la Sentencia número 278/2022 de fecha 24 de agosto de 2022 dictada por el Juzgado de lo Penal número tres de Castelló en los autos de Juicio Oral nº 405/2022, dimanante del Procedimiento Diligencias Urgentes número 1300/2022 del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número uno de Vila-real, sobre delito de quebrantamiento.

Han intervenido en el recurso, como Apelante, D. Emiliano representado por la Procuradora Dña. María Mercedes Rivera Celma y defendido por el Letrado D. Carlos Oliver Ferri Alvarez, y como Apelado, el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Horacio Badenes Puentes, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia objeto de recurso declaró probados los hechos siguientes: "El acusado Emiliano, con DNI NUM000, nacido en Alicante el NUM001 de 1974, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, ha sido pareja sentimental de Silvia y a raíz de unos hechos acaecidos el 28 de junio de 2022, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Villarreal, dictó auto en fecha 29 de junio de 2022, en el procedimiento Diligencias Urgentes 1288/2022, por el que se prohibía al acusado acercarse a menos de 150 metros de la Sra. Silvia, de su domicilio, sito en CALLE000 NUM002 de Burriana, y de su lugar de trabajo, y comunicarse con

ella por cualquier medio durante la tramitación de la causa, habiendo sido notif‌icado y requerido de todo ello el mismo día de su dictado. En virtud de las DUR 1291/2022 del referido Juzgado, en fecha 1 de julio de 2022, se amplió dicha prohibición a la de entrada en el término municipal de Burriana, manteniéndose el resto de medidas acordadas en las DUR 1288/2022.

Siendo el acusado conocedor de tales resoluciones y prohibiciones y de las consecuencias en caso de incumplimiento, notif‌icado y apercibido de las mismas, en la madrugada del 2 de julio de 2022, sobre las 06:15 horas, se aproximó al domicilio de su expareja sentimental, dando lugar a un aviso de Cometa, y poco después, estuvo en el Camí de Artana, frente a los jardines de San Jaime, junto al vehículo Renault Clio que posee, dentro del término municipal de Burriana, incumpliendo con ello, y nuevamente, las prohibiciones mencionadas.".

SEGUNDO

El fallo de la Sentencia de instancia dice: "Que DEBO CONDENAR Y CONDENO a Emiliano como autor criminalmente responsable de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar, sin concurrir circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad penal, a la pena de ONCE MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y pago de costas procesales.

Mantengo la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin f‌ianza acordada respecto al ahora condenado Emiliano por Auto de fecha 4 de julio de 2022, dictado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Villarreal, hasta que la presente resolución sea f‌irme, sin perjuicio de poderse acordar su prórroga, previa convocatoria de comparecencia al efecto caso de interposición de recurso de apelación, hasta el límite de la mitad de la pena impuesta en esta sentencia y previa convocatoria de comparecencia al efecto.

Se acuerda el cese de las medidas cautelares acordadas en la presente causa que resulten incompatibles con la pena impuesta.".

TERCERO

Publicada y notif‌icada la Sentencia se interpuso contra la misma recurso de apelación por la Procuradora Dña. María Mercedes Rivera Celma en nombre de Emiliano, y en base a las alegaciones que realizaba, terminó suplicando se revoque la Sentencia recurrida dejando sin efecto la calif‌icación como delito continuado, e imponiendo la pena establecida en el artículo 468, 2 del cp en su mitad inferior en su mínima extensión de seis meses de prisión.

Admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto por medio de Providencia de fecha 14 de septiembre de 2022, se dio traslado del mismo al resto de partes.

Por el Ministerio Fiscal se impugnó el recurso, solicitando la conf‌irmación de la resolución recurrida.

CUARTO

Recibidas las actuaciones en la Audiencia Provincial de Castellón el día 6 de octubre de 2022 se turnaron a la Sección Segunda, y previa designación de Ponente, se señaló para deliberación y votación el día 24 de octubre de 2022.

QUINTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se admiten los hechos probados declarados en Instancia, y de...

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