STSJ Extremadura 354/2023, 14 de Julio de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha14 Julio 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Extremadura, sala Contencioso Administrativo
Número de resolución354/2023

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00354/2023

-

Equipo/usuario: T3

Modelo: N11600

Correo electrónico: tsj.contencioso.extremadura@justicia.es

N.I.G: 10037 33 3 2023 0000092

Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000093 /2023 /

Sobre: CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

De D./ña. Marisa

ABOGADO JORGE DE LA BARRERA DIAZ

PROCURADOR D./Dª. CRISTINA CATALAN DURAN

Contra D./Dª. CONSEJERIA PARA LA TRANSICION ECOLOGICA Y SOSTENIBILIDAD DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

ABOGADO LETRADO DE LA COMUNIDAD

PROCURADOR D./Dª.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DEL MARGEN, EN NOMBRE DE SM EL REY, HA DICTADO LA SIGUIENTE:

SENTENCIA NÚMERO 354/2023

PRESIDENTE

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

MAGISTRADOS

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

DOÑA CARMEN BRAVO DIAZ

En Cáceres, a catorce de julio de dos mil veintitrés.

Visto el recurso contencioso administrativo PO 93/2023, promovido por la procuradora Dª Cristina Catalán Durán, en nombre y representación de Dª Marisa, siendo demandada la JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Letrado de los servicios jurídicos de la Junta de Extremadura, recurso que versa sobre la resolución de la Consejería para la transición Ecológica y la Sostenibilidad de 10 de octubre de 2022, sobre la resolución del contrato menor de servicios para la redacción del proyecto de Adecuación y Musealización del Centro de Interpretación de la ZEPA Embalse de Valdecañas.

Cuantía: 1.257,20 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito, mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso-administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que estimase el recurso, con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron las declaradas pertinentes, obrando en ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad con lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y contestación, señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Especialista DON MERCENARIO VILLALBA LAVA, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Para resolver adecuadamente el caso que no se ocupa hemos de tener en cuenta que el 11 de noviembre de 2021 se dictó resolución por el Director General de Sostenibilidad para la aprobación de gasto y adjudicación del contrato de servicios para la redacción del proyecto de adecuación y musealización del Centro de Interpretación de la ZEPA, embalse de Valdecañas, a la recurrente por un importe de 4.490 euros, IVA excluido, manifestando la recurrente que se puso en contacto con los técnicos responsables del contrato con el fin de obtener la información necesaria para la iniciación de los trabajos contratados y encontrándose dentro del expediente administrativo, tanto la resolución de aprobación del gasto y adjudicación del contrato menor de servicios como el informe de la necesidad para la contratación de servicios para la redacción del proyecto.

En el transcurso de la ejecución del contrato fueron continuas las conversaciones entre la empresa y la Administración, de manera que el 16 de noviembre se produce una primera toma de contacto por la Técnica de sección de obras asignada desde la Consejería para empezar a trabajar en las escuelas de Berrocalejo, el 19 de noviembre se realizó una visita al edificio objeto de contrato de Berrocalejo y se tomaron datos, acudiendo a dicha visita la empresa, la técnico de las obras y el alcalde de municipio y en esta visita, la técnico de las obras ya era conocedora de que existían elementos del edificio fuera de ordenación y que por tanto habría que demoler estos elementos si se quería reformar el edificio, manifestando el alcalde que deseaba un edificio nuevo y no una reforma del actual; el 30 de ese mes se realizó una reunión presencial con la Técnica de las obras, el Jefe de Servicio de Conservación de la Naturaleza para examinar la propuesta presentada junto con un nuevo presupuesto aproximado de las obras y ese mismo día se remitió por la empresa y a petición de la Técnico de las obras, diversas documentación sobre la situación del edificio y la reforma que se quería realizar y el 7 de diciembre remitió esta técnico a la empresa varias directrices para modificar la propuesta de estado modificado y ajustar el presupuesto de ejecución material, realizándose diversas actuaciones a lo largo del mes de diciembre con relación al proyecto presentado hasta que el 28 de diciembre se comunicó a la empresa que no se considera viable la ejecución del proyecto, ya que se consideraba que la demolición parcial del edificio no era posible, lo que motivó la decisión de no continuar con el proyecto.

Entiende la recurrente que la causa real se debe a la opinión del alcalde de que se realizara un edificio nuevo y encontrándose la recurrente en desacuerdo ante tal decisión, al entender que la demolición parcial podía realizarse, sin impedimento alguno, solicitó que se le diera traslado del informe...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR