STSJ Comunidad de Madrid 284/2023, 11 de Julio de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Julio 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala civil y penal
Número de resolución284/2023

Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Domicilio: C/ General Castaños, 1 - 28004

Teléfono: 914934850,914934750

31053860

NIG: 28.079.00.1-2023/0200275

Procedimiento RECURSO DE APELACIÓN 396/2023

Materia: Contra la salud pública

Apelantes: D. Tomás

PROCURADOR D. JOSE NOGUERA CHAPARRO

D. Jesús María

PROCURADOR Dña. MARIA TERESA MORENA MORENA

Apelado: MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 284/2023

ILMO. SR. PRESIDENTE:

D. JOSÉ MANUEL SUAREZ ROBLEDANO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. FRANCISCO GOYENA SALGADO

D. DAVID SUAREZ LEOZ

En Madrid, a once de julio de dos mil veintitrés.

En nombre de S. M. El Rey han sido vistos en grado de apelación, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos de Procedimiento Abreviado 1295/2022 - Rollo de Apelación Núm. 396/2023, procedentes de la Sección Vigésimo Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, en el que han sido parte, además del Ministerio Fiscal, como acusados, Jesús María, mayor de edad, natural de Colombia, con pasaporte NUM000, sin antecedentes penales, actualmente en situación de prisión provisional por esta causa desde el día 16 de junio de 2022 y hasta la actualidad, y cuyas demás circunstancias personales constan en las actuaciones; y Tomás, mayor de edad, natural de Colombia, con pasaporte NUM001, sin antecedentes penales, en situación actual de prisión provisional por esta causa desde el día 18 de junio de 2021 y hasta la actualidad, y cuyas demás circunstancias personales constan en los autos. Y todo ello en virtud del recurso interpuesto contra la Sentencia NÚM. 130/2023, condenatoria de un delito contra la salud pública, dictada por dicha Sección en fecha 14 de marzo de 2023, por parte de dichos acusados, representados, respectivamente, por los Procuradores Dª María Teresa Morena Morena y D. José Noguera Chaparro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante la Sección Vigésimo Novena de la Audiencia Provincial de Madrid se celebró juicio oral, dimanante del Procedimiento Abreviado 1295/2022, instruido en virtud de atestado policial por el Juzgado de Instrucción Núm. 5 de Coslada, por delito contra la salud pública, dictándose Sentencia en fecha 14 de marzo de 2023, que contiene literalmente los siguientes HECHOS PROBADOS:

A finales del mes de octubre de 2020, en concreto el 29 de octubre, por la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil del Aeropuerto de Barajas en prevención y represión del tráfico internacional de sustancias estupefacientes se realizó un control aleatorio con respecto a un paquete que se encontraba en tránsito hacia Colombia con número de guía NUM002 ,y en el que se detectó la posible presencia de estupefacientes, lo que determinó el inicio de estas investigaciones que permitieron detectar que desde el 10 de junio de ese año hasta el citado mes de octubre se habían remitido desde la empresa SERVIENVIA EXPRESS sita en Avenida de las Américas número 4, nave B6 de Coslada 15 envíos de paquetería que respondía al mismo patrón y con similares características en cuanto al contenido:

  1. -El lugar de destino era Medellín (Colombia).

  2. -Se utilizaba para el envío la citada empresa.

  3. -Los envíos se realizan los miércoles.

  4. -Como remitente figuraba D. Basilio, constando como domicilio del mismo la CALLE000 número NUM003 de Torrejón de Ardoz.

  5. -Los nombres de los destinatarios eran dos personas, D. Cesar y D. Cirilo.

  6. -Los paquetes contenían juguetes.

    Las autoridades policiales colombianas informaron que en el citado paquete había 798 gramos de MDMA (metanfetamina).

    En el curso de esas investigaciones se decidió montar un dispositivo de vigilancia el miércoles siguiente, día 4 de noviembre de 2020 en las proximidades de las instalaciones de SERVIENVIA , observando como D. Jesús María, nacido el NUM004 de 1992 en Colombia, hijo de Herminio y Flor, con número de pasaporte NUM005, mayor de edad y sin antecedentes penales, sin residencia legal en España y sin que le conste arraigo, se personaba en las dependencias de la citada empresa sobre las 12,45 horas para proceder al envío de un paquete con número de guía NUM006, en cuyo interior se pudo comprobar posteriormente que había un juguete (un quad) de la marca Feber, cuyo destino era Medellín y figurando como número de contacto el teléfono NUM007 que correspondía a la compañía VODAFONE constando a nombre de José.

    El remitente que figuraba en el paquete era D. Landelino y la destinataria Dª Marta.

    Dentro del citado quad se hallaron cuatro bolsas de plástico transparente conteniendo:

    - Una bolsa con MDMA con peso neto de 2.980,47 gramos y riqueza media de 80,6% (2.402,25 gramos reducido por la pureza), con un valor en el mercado de 126 .014,27 euros.

    -Una bolsa MDMA con peso neto de 279,09 gramos y riqueza media de 16,02 % (44,07 gramos reducido por la pureza), con un valor en el mercado de 11.503,96 euros.

    -Otras dos bolsas con diversos comprimidos, 4 comprimidos rosas de MDMA con peso neto de 2,03 gramos, con riqueza media del 36,5 %8 (0,74 gramos reducidos por la pureza) y un valor en el mercado de 85,79 euros; 5 comprimidos morados de MDMA con peso neto de 2,12 gramos, con una riqueza media del 30,6% (0,64 gramos reducido por su pureza) y un valor en mercado de 89,6 euros; un comprimido rosa MDMA con un peso neto de 0,48 gramos con una pureza del 32,2 % (0,15 gramos reducido por su pureza ) y un valor en el mercado de 20,28 euros; un comprimido azul que resultó ser MDMA con un peso neto de 0,42 gramos, con una pureza del 42,6% (0,17 gramos reducido por su pureza) y con un valor en el mercado de 17,75 euros; 2 trozos de comprimido de MDMA con un peso neto de 0,63 gramos con una pureza de 26,6% (0,16 gramos reducido por su pureza) y un valor en el mercado de 26,62 euros y un trozo rectangular de comprimido naranja de MDMA con peso neto de 0,36 gramos con una pureza del 46,2 % ( 0,16 gramos en su valor reducido por la pureza) y un valor en el mercado de 15,21 euros.

    El paquete se había llevado desde del edificio sito en la CALLE001 número NUM008 de Arroyomolinos.

    El día anterior, 3 de noviembre, D. Tomás y D. Jesús María, junto con un tercero, llegaron al citado edificio donde reside el primero en un vehículo marca Audi A4 con matrícula .... CXC, aparcando en la plaza NUM009 corresponde a dicho piso, bajando del coche y sacando del maletero un quad con la marca Feber, operativa que repitieron en dos ocasiones.

    A raíz de estos descubrimientos se montaron dispositivos de vigilancia y seguimientos, además de al citado D. Jesús María, a D. Tomás, nacido el NUM010 de 1992, en Colombia, hijo de Cornelio y Gabriela, con número de pasaporte NUM001, mayor de edad y sin antecedentes penales, y su pareja Dª Isidora, nacida el NUM011 de 1995 en Colombia , hija de Laura y Ezequias, con número de pasaporte NUM012, mayor de edad y sin antecedentes penales, quienes residían en la CALLE001 número NUM008 piso NUM013 de Arroyomolinos, a D. Ildefonso, nacido el NUM014 de 1982,en Colombia, hijo de Javier y Rosa, con NIE NUM015, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, que residía en la CALLE002 número NUM016 de Villalbilla, D. Miguel, nacido el NUM017 de 1980 en Venezuela, hijo de Paulino y María Purificación, con NIE NUM018, mayor de edad y sin antecedentes penales, que residía en la CALLE003 número NUM013 de Arganda del Rey, D. Silvio, nacido el NUM019 de 1990 en Colombia , hijo de Jose Francisco y Concepción, con NIE NUM020, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, que residía en la CALLE004 número NUM021 de la localidad de Seseña (Toledo) y D. Luis Pedro, nacido el NUM022 de 1988 en República Dominicana, hijo de Juan Luis y Estibaliz con NIE NUM023 , mayor de edad y sin antecedentes penales, con residencia legal en España y residencia en la CALLE005 número NUM024 de Rivas Vaciamadrid.

    En las citadas vigilancias se descubrió que los mencionados acusados se reunían con frecuencia tanto en la CALLE001 número NUM008 piso NUM013 de Arroyomolinos como en la CALLE005 número NUM024 de Rivas Vaciamadrid, así como en sitios públicos como centros comerciales o restaurantes, desplazándose algunos de ellos por diversos lugares del territorio español, así Silvio y D. Miguel fueron localizados en febrero de 2021 en Palma de Mallorca, donde viajaban en un vehículo marca Ford Kuga con matrícula .... MWS, cuya estructura habría sido modificada, al objeto de crear un doble fondo o 'caleta'.

    Como resultado de dichos dispositivos de vigilancia y seguimiento y de la interceptación y grabación de las comunicaciones telefónicas que habían sido autorizadas judicialmente, el día 16 de junio de 2021 se practicaron diligencias de entrada y registro en los siguientes inmuebles:

    - CALLE001 número NUM008 piso NUM013 de Arroyomolinos donde residían D. Tomás y Dª Isidora.

    - CALLE005 número NUM024 de Rivas-Vaciamadrid donde residía el investigado D. Luis Pedro.

    - CALLE004 número NUM021 de la localidad de Seseña (Toledo) donde residía D. Silvio.

    - CALLE003 número NUM013 de Arganda del Rey donde residía D. Miguel.

    -Y CALLE002 número NUM016 de Villalbilla donde residía D. Ildefonso.

    Las diligencias fueron autorizadas por dos autos de 15 de junio de 2021, uno de ellos de aclaración, y ampliadas por otro auto de 16 de junio de 2021 que afectaba al inmueble situado en Seseña.

    En dichas diligencias se intervinieron:

  7. -En el inmueble sito en la CALLE001 número NUM013 de Arroyomolinos, en una habitación ácido salicílico (sustancia que puede ser usada para el corte de estupefacientes), dos recipientes conteniendo, uno 13,850 gramos y otro 10,070 gramos, de sulfato de calcio y una máquina de envasado al vacío; en la cocina, 1.240 euros, una báscula de precisión con resto de polvo rosa que dio reacción positiva a...

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