SAP Navarra 397/2023, 11 de Mayo de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Mayo 2023
EmisorAudiencia Provincial de Navarra, seccion 3 (civil)
Número de resolución397/2023

S E N T E N C I A Nº 000397/2023

Ilmo. Sr. Presidente

D. AURELIO HERMINIO VILA DUPLÁ

Ilmos. Sres. Magistrados

D. ILDEFONSO PRIETO GARCÍA-NIETO

D. EDORTA JOSU ECHARANDIO HERRERA

En Pamplona/Iruña, a 11 de mayo del 2023.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 132/2021, derivado del Procedimiento Ordinario (Impugnación acuerdos sociales - 249.1.3) nº 236/2019 - 00, del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona/Iruña; siendo parte apelante, el demandante , D. Cirilo, representado por la Procuradora Dª. Mª Teresa Igea Larrayoz y asistida por el Letrado D. Juan López Torres; parte apelada, la demandada , GENER TO WIND SL, representada por la Procuradora Dª. Mª Asunción Martínez Chueca y asistida por el Letrado D. Juan Pablo Oñate Dancausa.

Siendo Magistrado Ponente D. ILDEFONSO PRIETO GARCÍA-NIETO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 10 de noviembre del 2020, el referido Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona/Iruña dictó Sentencia en Procedimiento Ordinario (Impugnación acuerdos sociales - 249.1.3) nº 236/2019 - 00, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

"Que desestimando la demanda presentada por la Procuradora Doña María Teresa Igea Larrayoz, en nombre y representación de DON Cirilo, contra GENER TO WIND S.L., absuelvo a esta de los pedimentos efectuados. Con condena en costas a la parte actora."

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de la parte demandante, D. Cirilo.

CUARTO

La parte apelada, GENER TO WIND SL, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 132/2021, en el que por auto de fecha 1 de octubre del 2021 la Sala acordó que no había lugar a la práctica de la prueba solicitada por la parte apelante. habiéndose señalado el día 2 de mayo del 2023 para su deliberación y resolución, con observancia de las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constan acreditados en la causa los siguientes hechos, relevantes a efecto de resolver el primero de los motivos de recurso:

  1. - GENER TO WIND, S.L. (G2WIND) es una sociedad limitada, constituida el 1 de septiembre de 2011, fecha en que se designaron administradores mancomunados al demandante Sr. Cirilo y a D. Estanislao.

  2. - En 2016, dos sociedades unipersonales pertenecientes a cada uno de dichos administradores, eran las titulares del capital social de G2WIND y procedieron a vender el 51% del mismo a MAINTENANCE & INGENIERIE, S.A. ("CMI"), de manera que las referidas sociedades unipersonales retuvieron, cada una de ellas participaciones representativas del 24,5% del capital social de G2WIND. No obstante, en el contrato privado suscrito al efecto, también se preveía la venta futura en cinco años del resto de participaciones sociales de las vendedoras, por precio a calcular conforme a lo establecido en el mismo.

  3. - Los administradores sociales cesaron entonces en el cargo ya que, mediante modificación estatutaria aprobada, la Sociedad pasó a regirse por un Consejo de Administración de cinco miembros con un presidente y consejero delegado, un consejero secretario y tres consejeros o vocales, siendo el demandante Sr. Cirilo uno de éstos últimos.

  4. - Desde finales de 2018 se evidencian discrepancias entre el demandante y el resto de miembros del consejo, respecto a la actuación del Sr. Cirilo en el desempeño de sus funciones en la sociedad, así como respecto a la gestión social llevada a cabo.

  5. - Con fecha 18 de marzo de 2019, el Presidente Sr. Genaro convocó (y lo comunicó ese día a los consejeros) una reunión del Consejo de G2WIND para su celebración el 28 de marzo siguiente cuyo orden del día incluía los siguientes asuntos:

    1. Formulación de las Cuentas Anuales del ejercicio 2018. Proposición a la Junta General de Socios de la Sociedad la aplicación del resultado y dividendos.

      II.-Análisis y, en su caso, aprobación del plan estratégico de la Sociedad para el ejercicio 2019

      III.-Revisión de bandas salariales de los empleados de la Sociedad, análisis y, en su caso, aprobación de las medidas a adoptar

    2. Otorgamiento de poderes generales.

    3. Aprobación del acta de la última reunión del Consejo de Administración de la Sociedad, celebrada el 28 de febrero de 2019

    4. Seguimiento de los asuntos tratados en la última reunión del Consejo de Administración de la Sociedad, celebrada el 28 de febrero de 2019.

    5. Ruegos, preguntas y otras cuestiones

    6. Redacción, lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión.

  6. - El Sr. Cirilo remitió el miércoles 20 de marzo de 2010 a las 20,45, un correo electrónico al Presidente del Consejo, requiriendo la siguiente información respecto a los puntos indicados:

    "I. Formulación de las Cuentas Anuales de la Sociedad correspondientes al ejercicio 2018, propuesta de aplicación del resultado y análisis de la eventual propuesta de distribución de dividendos con cargo a reservas voluntarias. Solicito que se me remita la documentación definitiva sobre las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2018:

  7. Borrador del Balance.

  8. Borrador de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.

  9. Borrador del Estado que refleje los Cambios en el Patrimonio Neto del ejercicio. Borrador del Estado de Flujos de Efectivo.

  10. Borrador de la Memoria.

  11. Propuesta de distribución de dividendos."

    "IV. Otorgamiento de poderes generales. Solicito que se me remita la siguiente información y documentación:

  12. Indicación de la persona o personas a favor de las que se realizará el otorgamiento de poderes generales, con una breve exposición de sus circunstancias personales y profesionales, en caso de que sean personas

    ajenas a la Sociedad.

  13. Indicación de si el poder es solidario o mancomunado.

  14. Contenido de las facultades de apoderamiento cuyo otorgamiento se propondrá.

  15. Justificación del motivo para el otorgamiento de los poderes generales a favor de las personas que se proponen.

    "V. Aprobación del acta de la última reunión del Consejo de Administración de la Sociedad, celebrada el 28 de febrero de 2019. Partiendo de que el borrador de acta que se someterá a aprobación junto con la convocatoria, solicito que se me remitan todos los Anexos que se dicen acompañar al Acta, de los cuales no he recibido copia. En especial, solicito que se me remitan los Anexos 1, 2, 6, 7, 8 y 9.

    Asimismo, le requiero que me indique cómo puede levantar el acta el Secretario del Consejo (único legitimado) si no estuvo en la reunión del Consejo."

  16. - El Presidente del Consejo de Administración remitió al demandante, mediante correo electrónico del martes 26 de marzo de 2019 a las 12:10 horas, una comunicación fechada el día anterior, poniendo de manifiesto el ejercicio abusivo del derecho información contrario a la buena fe, la diligencia de un administrador y el deber de lealtad e incluyendo las siguientes respuestas a los solicitado en cuanto a los puntos del orden del día objeto de acuerdos luego impugnados:

    "I. Cuentas anuales del ejercicio 2018. Se acompaña como Anexo I el borrador de las Cuentas.

    Al respecto, aprovecho para realizarle las siguientes matizaciones: (i) le insisto, de nuevo, en que no se trata de documentos definitivos, puesto que la formulación de las Cuentas es responsabilidad del Consejo de Administración (incluido Usted) que se celebrará el próximo 28 de marzo, (ii) de acuerdo con la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad no está obligada a formular ni estado de flujos de efectivo ni estado de cambios en el patrimonio neto, y (iii) la propuesta de aplicación del resultado deberá ser discutida y aprobada en el propio Consejo de Administración en la reunión convocada al efecto." Como Anexo I se acompaña borrador de la memoria abreviada, balance de situación abreviado, cuenta de pérdidas y ganancias abreviada."...

    "IV. Otorgamiento de poderes generales. Se propone otorgar poderes a favor del Sr. Ismael y el Sr. Javier, a los que usted conoce sobradamente, para que con carácter mancomunado y con un límite por operación de 50.000€ puedan ejercitar facultades bancarias y financieras. El motivo que fundamenta esta propuesta no es otro que agilizar la gestión de la Sociedad y permitir formas de actuación alternativas para que con ello el desarrollo de la actividad de la Sociedad no se pueda ver afectado por indisponibilidad o falta de colaboración de los actuales apoderados.

    Se acompaña como Anexo II el borrador del acuerdo que se propone adoptar al respecto, con la transcripción literal de las facultades que se pretenden otorgar." El Anexo II, es un borrador del otorgamiento de poderes, en el que se recoge las facultades a otorgar a los apoderados.....

    "Aprobación del acta de la última reunión del Consejo de Administración. Se acompañan como Anexo III todos los Anexos al borrador del acta de la última reunión del Consejo de Administración. Respecto a su cuestión, de acuerdo con la normativa aplicable, y en ausencia del Secretario del Consejo de Administración, corresponde al secretario de la sesión (el Sr. Estanislao) la redacción del acta de la reunión."

  17. - En el acta de la Junta cuyos acuerdos se impugnan, no consta que el demandante Sr. Cirilo hiciera protesta alguna por no haber podido analizar la documentación que le había sido remitida. Lo que consta en el acta es que dicho vocal votó en contra del acuerdo consistente en "formular las...

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