AAP León 120/2023, 27 de Enero de 2023

PonenteCARLOS MIGUELEZ DEL RIO
ECLIECLI:ES:APLE:2023:170A
Número de Recurso1542/2022
ProcedimientoRecurso de apelación. Auto
Número de Resolución120/2023
Fecha de Resolución27 de Enero de 2023
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

AUTO: 00120/2023

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ EL CID, 20, LEÓN

Teléfono:

Correo electrónico: scop.seccion2.leon@justicia.es

Equipo/usuario: ILR

Modelo: 662000

N.I.G.: 24115 41 2 2022 0000077

RT APELACION AUTOS 0001542 /2022

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.6 de PONFERRADA

Procedimiento de origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000001 /2022

Delito: DELITOS SOCIETARIOS

Recurrente: Raimunda

Procurador/a: D/Dª JULIA SECO SOTELO

Abogado/a: D/Dª FATIMA ROBLEDO RAMON

Recurrido: MINISTERIO FISCAL, Juan Luis, Jose Augusto, Rosalia, Juan Francisco

Procurador/a: D/Dª, VANESA PILAR PEREZ BLANCO, VANESA PILAR PEREZ BLANCO, VANESA PILAR PEREZ BLANCO, FRANCISCO JAVIER TIRADO GAGO

Abogado/a: D/Dª, BEATRIZ CAMPELO NÚÑEZ, BEATRIZ CAMPELO NÚÑEZ, BEATRIZ CAMPELO NÚÑEZ, MARIA ESTHER GOMEZ ALVAREZ

AUTO Nº 120/23.

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

Don Manuel Ángel Peñín del Palacio

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Carlos Miguélez del Río

Don Álvaro Miguel de Aza Barazón

En la ciudad de León, a 27 de enero de dos mil veintitrés.

ANTECEDENTES DE HECHO

En el Procedimiento D.P. 2/2022 del Juzgado de Instrucción nº 6 de

PRIMERO

Ponferrada ( Rollo de esta Sala 1542/202), con fecha 3 de octubre de 2022, se dictó Auto de sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones.

SEGUNDO

Frente a dicha resolución se interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación por Raimunda

, representada por la Procuradora Sra. Seco Sotelo y asistida por la Letrada Sra. Robledo Ramón, reforma que fue desestimada por auto de fecha 7 de noviembre de 2022.

TERCERO

El Ministerio Fiscal y Juan Luis, Jose Augusto y Rosalia, representados por la Procuradora Sra. Pérez Blanco y asistida por la Letrada Sra. Campelo Núñez, y Juan Francisco representado por el Procurador Sr. Tirado Gago y asistido por la Letrada Sra. Gómez Álvarez, han solicitado la desestimación del recurso formulado.

Ha sido Magistrado Ponente Carlos Miguélez del Río.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte apelante y denunciante, Sra. Raimunda, recurre la resolución dictada por el Juzgado de Instrucción que, en su parte dispositiva, acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones, por considerar que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito contra el derecho de información de los socios previsto en el art. 392 del CP, y de otro delito de falsedad documental del art. 390 de esa misma norma, solicitando su revocación y la continuación de las actuaciones.

Por el Ministerio Fiscal y por la representación de Juan Luis, Jose Augusto, Rosalia y Juan Francisco, solicitan la desestimación del recurso de apelación interpuesto y la conf‌irmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Se dice en el escrito de denuncia, en resumidas cuentas y a modo de introducción, que la empresa Fitobierzo S.L. se constituyó estando casados en régimen de gananciales la denunciante Raimunda y el investigado Jose Augusto, ostentando con carácter ganancial el 50% de las participaciones sociales de esa entidad. Se añade que ambos se divorciaron judicialmente en el año 2003, dictándose sentencia en el procedimiento de divorcio N.º 470/2002, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Ponferrada, y que se procedió a la liquidación del régimen económico matrimonial ante el mismo juzgado, con número de procedimiento 182/2007, dictándose sentencia con fecha 4 de marzo de 2009. En dicha resolución judicial se aprueba el acuerdo alcanzado, señalándose en el fallo lo siguiente: "se adjudica y reparte el caudal ganancial del modo que sigue: Amanda DNI NUM000 2.- Se mantiene el proindiviso las participaciones de la entidad Mercantil Fitobierzo S.L con CIF B-24089278 e inscrita en el Registro Mercantil de León al Tomo 579, folio 55, hoja LE-3830". Los socios de la Sociedad son pues la denunciante Sra. Raimunda, su es esposo Sr. Jose Augusto, en el 50 % de las participaciones sociales en pro indiviso, el también investigado Juan Luis en el 48% de las participaciones y la investigada Rosalia en el 2% restante. El órgano de administración de la empresa está constituido por un Consejo de Administración, del que forman parte los denunciados, siendo el presidente Juan Luis, la vicepresidenta Rosalia y el secretario Jose Augusto . Siendo consejeros delegados Jose Augusto y su hermano Juan Luis .

Se imputa a los investigados la comisión de los delitos contra el derecho de información de los socios del art. 392 del CP, al haber privado a la denunciante de la información y documentación de la sociedad. Además, la parte denunciante imputa a los investigados un delito de falsedad documental, previsto en el art. 390 del CP, por no haberse presentado las cuentas de la sociedad ante el Registro Mercantil, correspondientes a los ejercicios 2011 a 2014.

TERCERO

El delito contra los derechos de información de los socios, tipif‌icado no en art. 392 del CP, como se dice con la denuncia, sino en el art. 292 de esa misma norma, castiga a los administradores de hecho o de derecho de cualquier sociedad constituida o en formación, que sin causa legal...

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