STSJ Comunidad Valenciana 3842/2022, 15 de Diciembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Diciembre 2022
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, sala social
Número de resolución3842/2022

0 Recurso de Suplicación nº 2329/22

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

COMUNIDAD VALENCIANA

Sala de lo Social

Recurso de suplicación 002329/2022

Ilmo. Sr. e Ilmas. Sras.:

D. Javier Lluch Corell, presidente

Dª. Inmaculada Linares Bosch

Dª. Mª. Esperanza Montesinos Llorens

En Valencia, a quince de diciembre de dos mil veintidós.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 003842/2022

En el recurso de suplicación 002329/2022, interpuesto contra el auto de fecha 26 de enero de 2022, dictado por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE VALENCIA, en los autos 000763/2019, seguidos sobre recurso contra auto, a instancia de Dª. Eufrasia, asistida por la Letrada Dª. María Rosario Climent Martos contra FREMAP MUTUA COLABORADORA S.S. Nº 61, representada por el Letrado D. Enrique Javier Vanaclocha Bonet y en los que es recurrente Dª. Eufrasia, ha actuado como ponente el Ilmo. Sr. D.Javier Lluch Corell.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 14 de septiembre de 2021 se dictó sentencia por esta Sala de lo Social cuyo fallo dice lo siguiente: "Estimamos el recurso de suplicación interpuesto en nombre de DOÑA Eufrasia contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 6 de Valencia de fecha 1 de diciembre de 2020 (autos núm. 763/2019); y, en consecuencia, revocamos la resolución recurrida, declaramos el derecho de la demandante a percibir la prestación por cese de actividad sobre una base reguladora de 2.600 € mensuales y condenamos a la Mutua Fremap a estar y pasar por esta declaración."

SEGUNDO

En la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "1. Solicita la ejecución de la sentencia por auto de 26 de enero de 2022 se acordó el archivo de las actuaciones "por haberse procedido a la completa ejecución de la Sentencia dictada en el presente procedimiento".

  1. Contra el citado auto se interpuso recurso de reposición que fue desestimado por auto de 25 de febrero de 2022.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. Como se desprende de lo que se expone en los antecedentes de hecho, por la letrada de Dña. Eufrasia se recurre en suplicación el auto dictado por el Juzgado de lo Social núm. 6 de Valencia el 26/01/2022, conf‌irmado por el de 25/02/2022 que desestimó el recurso de reposición que se interpuso contra aquel, en el que se acordó archivar las actuaciones por haberse procedido a la completa ejecución de la sentencia dictada por esta Sala de lo Social el 14/09/2021 (rs.1077/2021), en la que se declaraba el derecho de la demandante a percibir la prestación por cese de actividad sobre una base reguladora de 2.600 € mensuales, y se condenaba a la Mutua FREMAP a estar y pasar por tal declaración.

  1. El recurso se fundamenta en un motivo redactado al amparo del apartado c) del artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), en el que se denuncia la aplicación incorrecta de los artículos 237.2, 238, 240, 241. 1 y 3 LRJS, en relación con los artículos 563 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), 24.2 y 118 de la Constitución, 327 a 334 y 339 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y 4 del Real Decreto 1541/2011.

El recurso de la demandante pivota sobre dos ejes: Por un lado, se imputa al auto recurrido no recoger la cantidad que conforme a la sentencia debía abonarle la Mutua mensualmente y no pronunciarse sobre si esta ha pagado correctamente la cantidad objeto de condena. Y, por otro lado, entiende el recurrente que la Mutua no puede modif‌icar los efectos de la sentencia en base a cuestiones no controvertidas en el procedimiento, y señala que el auto recurrido no resuelve si...

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