AAP Huesca 15/2023, 16 de Enero de 2023

PonenteANTONIO ANGOS ULLATE
ECLIECLI:ES:APHU:2023:98A
Número de Recurso424/2022
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución15/2023
Fecha de Resolución16 de Enero de 2023
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

A U T O Nº 000015/2023

Ilmos. Sres.

Presidente

ANTONIO ANGÓS ULLATE (Ponente)

Magistrados

MARIANO EDUARDO SAMPIETRO ROMÁN

IVÁN OLIVER ALONSO

En Huesca, a 16 de enero de 2023.

HECHOS
PRIMERO

Mediante auto de fecha 25 de mayo de 2022, el Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Huesca dispuso lo siguiente en las diligencias previas número 650/18 :

" Acuerdo abrir una pieza separada, para la continuación del periodo intermedio, y en su caso enjuiciamiento, exclusivamente, en relación con la presunta alteración fraudulenta del resultado del partido de futbol de la Tercera División Española, C.D. SARIÑENA - C.D. CARIÑENA, celebrado el 13/04/2017 en la localidad de Cariñena (Huesca).

De tal forma, que el procedimiento separado tendría como sujetos pasivos investigados a Victorino, Virgilio

, Jose María, Ruperto, Jose Antonio, y Jose Augusto (pendiente de resolver petición de sobreseimiento); continuando el conocimiento del resto de hechos punibles en el actual procedimiento (DP 650/18).

Dedúzcase testimonio de los siguientes particulares (eventos del índice electrónico), que se unirán a la nueva pieza separada, sin perjuicio de incorporar cualquier otro documento que soliciten las partes, que guarde relación con los estos hechos punibles:

PIEZA PRINCIPAL 650/18 00

1 a 415, 429, 430, 433, 435, 437, 439, 510, 522, 553 a 564, 580, 586, 589 y 594, 608, 612 a 619, 621, 627 629, 630, 672, 679, 684, 720 a 724, 733, 772, 773, 774, 775, 784, 873, 875, 882, 883 a 887, 888, 889, 905, 907, 909-913, 924, 925, 926 a 934, 939, 942, 954, 955 a 957, 962, 963, 964 a 969, 973, 975, 977, 1001, 1003, 1007 y 1010 a 1014, 1030, 1044, 1049, 1050, 1074, 1075, 1078, 1079, 1112, 1115, 1117, 1134, 1161, 1162, 1198, 1202, 1208, 1209, 1210, 1211, 1217, 1221 a 1223, 1224, 1225, 1226, 1237,1244, 1247, 1249, 1250, 1254, 1256, 1260, 1261, 1274, 1292, 1203, 1294, 1295, 1297, 1305, 1345, 1346, 1348, 1351 a 1355, 1357, 1363, 1364, 1366, 1374, 1376, 1377, 1383, 1390, 1391, 1393, 1394, 1411, 1437, 1443, 1446, 1455, 1450, 1468, 1478, 1488, 1497, 1502 1503 1504 1506 1510, 1515, 1516, 1518 y 1520, 1525, 1550, 1555, 1563, 1579, 1580, 1592, 1593, 1594, 1595, 1596, 1601, 1628.

PIEZA PRUEBA TECNOLÓGICA PIT 01

PIEZA PRUEBA TECNOLÓGICA 13

PIEZA SITUACIÓN PERSONAL Jose María 650/2018 08

PIEZA SITUACIÓN PERSONAL Victorino 650/2018 07

PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL Victorino 02

PIEZA SITUACIÓN PERSONAL Virgilio 650/2018 09

PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL Virgilio 03".

SEGUNDO

Contra el anterior auto, el Ministerio Fiscal interpuso recurso de reforma, que el Juzgado desestimó por auto de 22 de junio de 2022, y frente al cual el Ministerio Fiscal formulo recurso de apelación, en cuya súplica interesó lo siguiente: "[...] se deje sin efecto la partición de la causa con una pieza separada del partido de fútbol de la Tercera División Española C.D. Sariñena- C.D. Cariñena celebrado el 13 de abril de 2017 ". Con igual objetivo, la defensa del investigado Jose María también interpuso recurso de apelación.

TERCERO

El Juzgado admitió a trámite en un solo efecto los recursos de apelación, para cuya sustanciación dispuso el traslado a las partes previsto en el artículo 766 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En esa fase, el Ministerio Fiscal se remitió a su propio recurso.

CUARTO

A continuación, el Juzgado elevó la causa vía AVANTIUS a esta Audiencia, en la que, una vez recibida, se formó el presente rollo, seguido al número 424/2022 y, después de hacer el oportuno señalamiento, se procedió a la deliberación de este auto, cuyo ponente es el Magistrado Antonio Angós Ullate.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

1. El Ministerio Fiscal y la defensa del investigado Jose María cuestionan en su recurso la partición de la causa con una pieza separada del partido de fútbol de la Tercera División Española C.D. Sariñena- C.D. Cariñena celebrado el 13 de abril de 2017 en la localidad de Cariñena (Huesca) . El auto objeto de recurso especif‌ica que el procedimiento separado " tendría como sujetos pasivos investigados a Victorino

, Virgilio, Jose María, Ruperto, Jose Antonio, y Jose Augusto (pendiente de resolver petición de sobreseimiento) " [conforme a lo alegado por el Ministerio Fiscal, respecto de Jose Augusto ya se ha acordado el sobreseimiento provisional por auto de 17 de junio de 2022].

  1. El auto recurrido admite la conexión parcial subjetiva en relación a tres investigados: Victorino, Virgilio e Jose María . Tal conexidad subjetiva parece recaer en los supuestos previstos en los apartados 1.º y 2.º del artículo 17.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (redacción dada por la Ley 41/2015, de 5 de octubre): " A los efectos de la atribución de jurisdicción y de la distribución de la competencia se consideran delitos conexos: /

    1. Los cometidos por dos o más personas reunidas. / 2.º...

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