AAN 254/2023, 8 de Junio de 2023

PonenteJOSE PEDRO VAZQUEZ RODRIGUEZ
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Penal
ECLIECLI:ES:AN:2023:6275A
Número de Recurso102/2022

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 3

MADRID

AUDIENCIA NACIONAL.

SALA DE LO PENAL.

SECCIÓN TERCERA.

ROLLO DE EXTRADICIÓN 102/2022.

PROCEDENCIA: EXTRADICIÓN 50/2022 DEL JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN NÚM. 4.

AUTO: 00254/2023

(Libro extradiciones nº 33/23)

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE Don Félix Alfonso Guevara Marcos.

MAGISTRADA Doña Carolina Rius Alarcó.

MAGISTRADO Don José Pedro Vázquez Rodríguez.

En Madrid, a ocho de junio de dos mil veintitrés.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el rollo número 102/2022, correspondiente al procedimiento de extradición número 50/2022 seguido en el Juzgado Central de Instrucción número 4 a solicitud de las autoridades de los Estados Unidos de América del Norte, contra Eutimio, con N.I.E. (número de identif‌icación como extranjero en España) núm. NUM000, hijo de Faustino y Genoveva

, nacional del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, nacido el NUM001 -1975 en Newcastle (Reino Unido), en situación de prisión provisional en el presente procedimiento, defendido por el abogado señor Sánchez Peribáñez y representado por la procuradora señora Outeriño Lago, y siendo parte el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Doña Ana Noé Sebastián, y ponente don José Pedro Vázquez Rodríguez, quien expresa el parecer del Tribunal.

HECHOS
  1. En comunicado de ocninterpol, de la Policía Nacional, dirigido al juzgado central de instrucción núm. 4, se dejó constancia de la detención, en Málaga, en el día 30 de noviembre de 2022, de Eutimio, reclamado para ser juzgado por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York por los dos cargos siguientes contenidos en acusación formal en el caso penal núm. S2 21 Crim 344:

    1. de conspiración para cometer fraude electrónico, en violación de las secciones 1343 y 1349 del título 18 del Código de los Estados Unidos, lo que conlleva una pena máxima de 20 años de prisión; y

    2. de fraude electrónico, en violación de las secciones 1343 y 2 del título 18 del Código de los Estados Unidos, lo cual conlleva una pena máxima de 20 años de prisión.

  2. El juzgado central de instrucción núm. 4, a raíz de dicha comunicación, en fecha 30 de noviembre de 2022, incoó expediente gubernativo de extradición pasiva núm. 50/2022 contra el mencionado ciudadano británico Eutimio, en virtud de la petición de detención provisional, a efectos de extradición, efectuada por las autoridades estadounidenses.

  3. Consta en autos Solicitud de Detención Provisional, a efectos de extradición, de Eutimio, amparada en el artículo XI del Anexo del Instrumento de Extradición entre los Estados Unidos y España de 2004, de la Of‌icina de Asuntos Internacionales, División Penal, Departamento de Justicia de Estados Unidos, dirigida al Reino de España, fechada el 28 de noviembre de 2022, en la que se indica que "la orden de detención contra Eutimio fue librada el 24 de mayo de 2021 por el órgano jurisdiccional estadounidense mencionado, que los presuntos delitos no están prescritos y que la "Declaración sobre los hechos" tiene el siguiente tenor literal:

    " Eutimio y sus coconspiradores, Miguel, Norberto y Pio, solicitaron inversiones basadas en declaraciones materiales falsas para un negocio de espacios de coworking ahora desparecido llamado Bar Works.

    Eutimio y los demás coconspiradores ayudaron a estructurar la promoción de Bar Works al principio del ardid para atraer inversores mediante declaraciones falsas, incluyendo la creación de un Director General (CEO) f‌icticio y ocultando el papel de Miguel en el ardid.

    A continuación Eutimio y Pio utilizaron su entidad de ventas United Property Group para captar inversores para Bar Works.

    En última instancia, más de 800 inversionistas de más de 60 países diferentes perdieron más de $57 millones de dólares estadounidenses cuando Bar Works cerró.

    Eutimio y Pio fueron responsables de solicitar al menos $7,5 millones de dólares estadounidenses a esos inversionistas.

    La conspiración para cometer fraude electrónico y fraude electrónico sustantivo (cargos uno y dos).

    El ardid Ponzi del Bar Works funcionó desde aproximadamente septiembre de 2015 hasta junio de 2017, y atrapó a más de 800 víctimas en todo el mundo que invirtieron más de $57 millones de dólares estadounidenses en espacios de coworking que garantizaban una rentabilidad anual de aproximadamente el 14-16 %.

    El supuesto modelo de negocio convertía los bares de los Estados Unidos en centros de coworking, aunque en realidad atraía a pocos miembros del público que pagaban. Normalmente se llamaba a los inversores en frío o se les enviaba un correo electrónico a través de enormes redes de agentes.

    Las redes operaban con comisiones del 30 % o más, y ofrecían una participación en el arrendamiento de uno o más espacios de coworking que serían subarrendados a Bar Works para que los utilizara en el negocio, con un rendimiento garantizado proporcionado por Bar Works.

    Aunque los materiales de promoción de Bar Works af‌irmaban que la empresa había sido fundada y estaba dirigida por el director general, éste no existía. El verdadero propietario y operador era Miguel, un ciudadano del Reino Unido que ya había cobrado notoriedad por dirigir varios ardides Ponzi ampliamente publicitados, a través de los cuales los inversionistas perdieron millones de libras.

    En el momento en que lanzó Bar Works, Miguel había sido descalif‌icado durante ocho años para ejercer como director de cualquier empresa del Reino Unido. También había sido demandado por la Autoridad de Conducta Financiera (FCA, por sus siglas en inglés), un regulador británico, por operar con ardides de inversión que hicieron perder a los inversionistas prácticamente todo su dinero.

    La descalif‌icación de Miguel y la demanda presentada por la FCA se publicaron ampliamente en Internet y, como atestiguan sus víctimas, el conocimiento de su involucramiento les habría disuadido de invertir en Bar Works.

    Miguel y otros distribuyeron materiales de promoción en los que aparecía como director general de Bar Works, af‌irmando que Alberto tenía una amplia experiencia en f‌inanzas y éxito en el pasado con empresas de nueva creación.

    Estos materiales se utilizaron para solicitar inversiones en arrendamientos de espacios de trabajo de Bar Works, inversiones que en muchos casos costaron a los inversionistas sustancialmente todos sus ahorros. ( Miguel se declaró culpable de operar el ardid de Bar Works, entre otros delitos. Él está cooperando con las autoridades estadounidenses y aún no ha sido condenado).

    Entre los coconspiradores de Miguel había directivos y af‌iliados a una empresa con sede en el Reino Unido y España llamada United Property Group (UPG).

    UPG, que contaba con una operación de ventas con sede en el Reino Unido y España, operaba los llamados pisos de ventas, también conocidos como salas de telemercadeo, para vender inversiones alternativas e inmuebles. Miguel fue presentado en UPG por el coconspirador Norberto, de nacionalidad británica, quien trabajaba con UPG para promover proyectos de inversión.

    Eutimio y Pio eran copropietarios funcionales de UPG. A cambio de al menos un 30 % de comisiones, Eutimio y Pio se reunieron con Miguel en 2015 y 2016 y acordaron vender inversiones de arrendamiento de Bar Works a través de UPG, a pesar de que conocían las falsas declaraciones en los materiales de la promoción y el historial de Miguel . (El 7 de junio de 2019, tras un juicio de una semana, Norberto fue condenado por conspiración y fraude electrónico . El 1 de febrero de 2022, Norberto fue condenado a 140 meses de prisión.

    Durante el involucramiento de UPG en el ardid, Eutimio y Pio dirigieron a los agentes de UPG para que manifestaran a los inversionistas que Eutimio y Pio habían hecho la debida diligencia en Bar Works como una inversión segura, e incluso habían tenido una reunión con Alberto .

    A modo de ejemplo, una de sus víctimas (Víctima-1) testif‌icó en el juicio de Norberto que había pedido hablar con la dirección de Bar Works como parte de su propia diligencia debida antes de invertir $600.000 dólares estadounidenses. Eutimio y Pio coordinaron con Miguel por correo electrónico para que éste actuara como y hablara con la Víctima-1 por teléfono para sellar el trato. Miguel lo hizo. La Víctima-1 invirtió $600.000 dólares estadounidenses y perdió toda su inversión.

    Eutimio y Pio también dirigieron a los agentes de UPG de menor nivel para que difundieran tergiversaciones sobre Alberto y la viabilidad de Bar Works.

    Por ejemplo, en noviembre de 2015, cuando Eutimio, Pio y Norberto se reunieron con Miguel en Nueva York, para hablar de cómo llevar a cabo el ardid, mantener la f‌icción de Alberto y dividir las ganancias, los agentes empleados de UPG aseguraban a los inversionistas que los directivos de UPG se habían reunido con Alberto, habían hecho su debida diligencia y habían llegado a la conclusión de que Bar Works era una inversión segura sin considerar un escenario del tipo . Cuando la Víctima-1envió un correo electrónico a UPG sobre preguntas sobre Alberto y la seguridad de su inversión, un agente de UPG af‌irmó que Alberto tenía .

    En total, entre diciembre de 2015 y junio de 2016, UPG solicitó al menos $7,5 millones de dólares estadounidenses en inversiones de Bar Works, lo que le dio derecho a unos $2,25 millones de dólares en comisiones. Más de dos millones de dólares fueron enviados desde Bar Works a una cuenta en el extranjero que estaba controlada por Eutimio y Pio . Al perpetrar este ardid, Eutimio y sus coconspiradores se comunicaron con los coconspiradores y las víctimas a través de, entre otras cosas, el correo electrónico y el teléfono.

    Las pruebas en apoyo de los cargos contra Eutimio incluyen testimonios de una o más víctimas y coconspiradores que identif‌ican a Eutimio como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR