STSJ Comunidad Valenciana 373/2023, 19 de Abril de 2023
Jurisdicción | España |
Fecha | 19 Abril 2023 |
Emisor | Tribunal Superior de Justicia de Comunidad Valenciana, sala Contencioso Administrativo |
Número de resolución | 373/2023 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN 3
PROCEDIMIENTO ORDINARIO [ORD] - 001000/2022
N.I.G.: 46250-33-3-2022-0001966
SENTENCIA Nº. 373/23
En la ciudad de Valencia, a 19 de abril de 2023.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don Luis Manglano Sada, Presidente, don Rafael Pérez Nieto y don José Ignacio Chirivella Garrido, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el núm. 1000/22, en el que han sido partes, como recurrente, "Comercial Rasezo" SL, representada por el Procurador Sr. Pérez Bautista y defendida por el Letrado Sr. Pastor Bevia, y como demandada el TEAR (Tribunal Económico-Administrativo Regional), que actuó bajo la representación y defensa de la Sra. Abogada del Estado. La cuantía es de 12933,15 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verificó en escrito mediante el que queda ejercitada su pretensión de que se anule la resolución impugnada del TEAR y el acuerdo de declaración de responsabilidad solidaria o, subsidiariamente, que se limite el alcance de dicha responsabilidad a 4519,89 euros.
La representación procesal de la parte demandada TEAR dedujo escrito de contestación en el que solicitó que se desestime el recurso contencioso-administrativo.
El proceso no se recibió a prueba. Evacuado el trámite de conclusiones, los autos quedaron pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 19 de abril de 2023.
El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo es la resolución de 31-5-2022 del TEAR (Tribunal Económico-Administrativo Regional) que desestimó la reclamación núm. NUM000. Ésta fue planteada "Comercial Rasezo" SL contra el acuerdo de 4-7-2018 que declaró ex art. 42.2 b) de la LGT su responsabilidad solidaria por un importe de 12933,18 euros. Ello porque la reclamante incumplió la orden embargo de los créditos que don Moises deudor principal tenía sobre ella.
En su resolución, el TEAR razona que "si la orden de embargo se hubiese contestado y se le hubiese comunicado a la AEAT que los pagarés se emitieron 'a la orden', y que todavía no se habían cobrado por el deudor o por tercero, la AEAT podría haber estado en disposición de hacer las gestiones necesarias para intentar localizar y trabar los pagarés, por ejemplo, requiriéndoselos a su tenedor, en principio, el deudor principal, siempre y cuando no hubiesen sido endosados (pues si se hubieran endosado no habría crédito alguno que embargar, pues el crédito comercial se habría transmitido legítimamente a un tercero distinto del deudor y habría un nuevo acreedor, en este caso, cambiario)". Sigue diciendo el TEAR con respecto a los pagarés que "al menos alguno de ellos se cobra por el propio deudor principal (o sea, que no se endosaron -ni al Banco ni a nadie- [...]. Así, por ejemplo, el...
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