STSJ Canarias 85/2023, 3 de Marzo de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha03 Marzo 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Canarias (Santa Cruz de Tenerife), sala Contencioso Administrativo
Número de resolución85/2023

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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

Plaza San Francisco nº 15

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 479 385

Fax.: 922 479 424

Email: s1contadm.tfe@justiciaencanarias.org

Procedimiento: Procedimiento ordinario

Nº Procedimiento: 0000182/2021

NIG: 3803833320210000367

Materia: Administración tributaria

Resolución:Sentencia 000085/2023

Intervención: Interviniente: Procurador:

Demandante AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA

Demandado TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANARIAS

Codemandado Gaspar SANDRA REYES GONZALEZ

Codemandado Victoria SANDRA REYES GONZALEZ

Codemandado María Luisa SANDRA REYES GONZALEZ

?SENTENCIA

SALA

Ilmo. Sr. Magistrado Presidente D. Pedro Hernández Cordobés

Ilma. Sra. Magistrada D.ª María del Pilar Alonso Sotorrío

Ilmo. Sr. Magistrado D. Jorge Riestra Sierra (Ponente)

________________

En Santa Cruz de Tenerife, a 3 de marzo de 2023.

La Sección Primera de la SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, con sede en Santa Cruz de Tenerife, integrada por los Señores Magistrados anotados al margen ha visto el presente recurso contencioso-administrativo, y ha dictado en nombre de S.M. EL REY, la presente sentencia que versa sobre TRIBUTOS (IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES), en este asunto seguido como Procedimiento Ordinario.

Intervienen las siguientes partes: (i) parte actora, la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS (AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA), representada y defendida por la Letrada de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias; (ii) Administración demandada, la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (TEAR)?, actuando en su representación y defensa la Abogada del Estado; y (iii) parte codemandada, D.ª María Luisa, D. Gaspar y D.ª Victoria, representados por la Procuradora de los Tribunales D.ª Sandra Reyes González y dirigidos por el Abogado D. Álvaro Expósito Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- 1. El día 02-09-21 fue interpuesto el recurso contencioso contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias, Sala Desconcentrada de Santa Cruz de Tenerife (TEAR), de 30 de abril de 2021, que estima las reclamaciones económico administrativas nº NUM000, NUM001, NUM002 interpuestas contra las tres liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Sucesiones de la Administradora de Tributos Cedidos de Santa Cruz de Tenerife de la Administración Tributaria Canarias.

  1. La Administración Tributaria Canaria recurrrente formalizó escrito de demanda, en la que ejerce las pretensiones de que en su día dicte sentencia que estime el recurso y anule la Resolución del TEAR y confirme el acto de la ATC por ser conforme a derecho, con todas su consecuencias, imponiendo las costas a los demandados si se opusieran con mala fe o temeridad.

  2. La Abogada del Estado contestó a la demanda pidiendo que se desestime la demanda al aparecer la resolución administrativa impugnada ajustada a Derecho.

  3. La defensa de los codemandados personados (los contribuyentes) contestó a la demanda pidiendo que sea desestimada, condenando a la parte recurrente al pago de las costas procesales.

  4. La cuantía del recurso fue fijada en 180.435 €.

SEGUNDO.- Conclusiones, votación y fallo

Habiendo sido admitida la prueba documental presentada por las partes, y no habiendo más prueba que practricar, y dado trámite de conclusiones escritas, quedó el asunto pendiente de señalamiento para votación y fallo, teniendo lugar la reunión del Tribunal, y habiéndose observado las formalidades legales en el curso del proceso, dándose el siguiente resultado, y siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Jorge Riestra Sierra, que expresa el parecer de la Sala.

TERCERO.- Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El objeto del recurso contencioso y las posiciones de las partes.

  1. El acto administrativo recurido es una resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias (TEAR), que estima tres reclamaciones económico administrativas interpuesta por los actores, que fueron acumuladas, contra las tres liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Sucesiones de la Administradora de Tributos Cedidos de Santa Cruz de Tenerife de la Administración Tributaria Canaria, que fueron emitidas en un procedimiento de comprobación limitada respecto a los datos declarados y comprobación de valores. Se trata de las liquidaciones provisionales núms. NUM003, NUM004 y NUM005.

  2. En el escrito de demanda de la Agencia Tributaria Canaria (ATC) son planteados, en síntesis, los siguientes motivos de impugnación:

    1) los informes de valoración debidamente motivados, que según el TEAR debía acompañar a las propuestas de liquidación en el expediente, constan en los folios 106 a 304 del expediente administrativo de gestión;

    2) los informes de valoración que según aprecia el TEAR acompañaban a unos requerimientos de presentación de liquidaciones y que valora como actuaciones de control de presentación de liquidaciones ( art. 153 RD 1065/2007), realmente acompañaban a las propuestas de liquidación si se examina detenidamente los acuses de notificación (folios 405 a 407 del expte adm de gestión).

    3) el TEAR hace un uso inadecuado del criterio contenido en la Resolución del TEAC de 15-07-16, relativo a la falta de inclusión en el expediente de los informes de valoración, puesto que en el presente caso sí constan los informes de valoración, aunque no en el orden deseable, y fueron notificados a los obligados tributarios en el mismo momento que las correspondientes propuestas de notificación.

  3. En su contestación a la demanda la Abogacía del Estado indica que la propia Resolución TEAR en su FD 4º reconoce la existencia de los informes pero que acompañaron a los requerimientos de presentación de las autoliquidaciones,...

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