STSJ Asturias 15/2023, 19 de Mayo de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Mayo 2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Asturias, sala civil y penal
Número de resolución15/2023

T.S.J.ASTURIAS SALA CIV/PE

OVIEDO

00015/2023

-

Domicilio: C/SAN JUAN, S/N- OVIEDO

Telf: 985988411 Fax: 985201041

LTG

Modelo: N91190

N.I.G.: 33004 41 2 2013 0004211

ROLLO: RAJ RECURSO DE APELACION AL JURADO 0000016 /2023

Juzgado procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION TERCERA de OVIEDO

Procedimiento de origen: TRIBUNAL DEL JURADO 0000022 /2019

PROCURADOR: MARIA GABRIELA MURO DE ZARO OTAL, URBANO MARTINEZ RODRIGUEZ

ABOGADO: PALOMA GARCIA RODRIGUEZ, FERNANDO PRENDES FERNANDEZ-HERES, FRANCISCO PEREZ PLATAS, JOSE ANTONIO ARIAS SUAREZ

APELANTES: Luis Pedro, Candida

APELADOS: Juan Luis, Juan Miguel

APELADO ADHERIDO: Pedro Miguel

MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA Nº 15/23

EXCMO. SR. PRESIDENTE

  1. JESÚS MARIA MARTIN MORILLO

    ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

  2. IGNACIO VIDAU ARGÜELLES

  3. JOSÉ IGNACIO PÉREZ VILLAMIL

    En OVIEDO, a Diecinueve de Mayo de dos mil veintitrés.

    Visto por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, el Recurso de Apelación interpuesto por el Procurador Don URBANO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, en nombre y representación de D. Luis Pedro y Dª. Candida, contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado en el Rollo 22/2019 de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Asturias, procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de Avilés, en el Procedimiento ante el Tribunal del Jurado nº 687/2013, por delito de cohecho y negociaciones prohibidas a funcionarios públicos.

    Formando Sala, en sede Penal, los Magistrados de la misma han pronunciado en nombre del Rey, la siguiente:

    S E N T E N C I A

    ES PONENTE EL ILTMO. SR. DON JOSE IGNACIO PÉREZ VILLAMIL, MAGISTRADO DE LA SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, que expresa el parecer unánime de la Sala

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se admiten y se dan por reproducidos los hechos declarados probados de la sentencia apelada , que son del siguiente tenor literal:

"A) Tras las Elecciones municipales celebradas en mayo de 2007, se constituye el Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Corvera, conformado por PSOE e IU, siendo nombrado por dicho gobierno a D. Juan Luis como Concejal de Urbanismo, cargo que desempeña hasta agosto de 2008 en que se presenta una moción de censura y pasa a gobernar el municipio USPSC-PP.

En aquellas fechas, se estaba trabajando en la elaboración de un nuevo PGOU, que permitiese el desarrollo urbanístico del concejo, sin que se hubiese conseguido durante los 11 años de vigencia de las NNSS de 1997. Se presentan ante el Ayuntamiento de Corvera varios proyectos de convenio urbanístico en el municipio, que no resultaron aprobados, uno para la zona de Solís, otro para la zona de Molleda y otro para la zona de La Estebanina y Las Quintanas PERI I (UVA V-3, UA V4 Y UA V5).

Con respecto a este último, se dirigen al Ayuntamiento de Corvera Pedro Miguel, Edmundo y el Arquitecto Ernesto, entre otros, como interesados en hacer una propuesta urbanística para la zona de La Estebanina y Las Quintanas, siendo informados de los trámites a seguir en cuanto a las necesidad de elaborar un proyecto, que debía ser presentado ante el Ayuntamiento para su estudio, y acreditar la titularidad de más del 50% de los derechos de propiedad de la zona a desarrollar.

Se presenta ante el ayuntamiento un Proyecto por parte de los interesados del cual se da traslado a la Arquitecta municipal para que emita informe. Según un primer informe de la Arquitecta municipal de fecha 26 de mayo de 2008, valorando el escenario de la propuesta, se considera que "... puede resultar admisible siempre que se garantice su ejecución...", y se dé cumplimiento a ciertos requisitos y matices, tales como "Dada la escasez de espacios libres en esta zona de las Vegas, se propone que los espacios libres resultantes sean de dominio y uso público en lugar de privados de uso público como figuran en la propuesta".

Con fecha 3 de junio de 2008 se presenta a Comisión Informativa de Urbanismo la propuesta sobre la que se había informado el 26 de mayo por la Arquitecta municipal, para conocimiento de la Comisión y su valoración junto con los técnicos municipales.

Tras varias reuniones en el Ayuntamiento de Corvera, para tratar de definir la propuesta realizada de conformidad con lo informado por los técnicos del Ayuntamiento, se da traslado nuevamente para informe a la Arquitecta municipal, emitiendo informe desfavorable con fecha 11 de julio de 2008, al concluir que "la propuesta produce un importante incremento de edificabilidad en una zona de alta densidad de población, sin garantizar la creación de las correspondientes dotaciones. El informe económico de la actuación de julio de 2008 pone de manifiesto la inviabilidad de la propuesta".

Ante el informe desfavorable de la Arquitecta municipal, y llegando del mes de agosto de 2008 sin ningún acuerdo sobre la propuesta, se produce una moción de censura, pasando a gobernar USPC-PP, y cesando D. Juan Luis como Concejal de Urbanismo.

Continúa el nuevo gobierno municipal en las gestiones sobre desarrollo urbanístico y la elaboración del nuevo PGOU, siendo acordada por el equipo de gobierno USPC-PP la aprobación del PGOUY en fecha 11 de agosto de 2010, y recogiendo expresamente en la ficha urbanística correspondiente a la zona PERI-LV, LAS VEGAS, la existencia de un aparcamiento público, de uso y titularidad pública.

Durante el periodo de información pública de la aprobación inicial del PGOU, para alegaciones, se presenta en el Ayuntamiento de Corvera en fecha 8 de octubre de 2010 por parte de la mercantil "Viviendas Vegascentro S.L.", sociedad constituida por Pedro Miguel, junto con Ernesto y otros, escrito de alegaciones a la aprobación inicial del PGOU, en cuanto al ámbito de gestión denominado PERI-LV- Las Vegas, "considerando que ha de modificarse la ficha urbanística correspondiente a la zona, solicitando que se descatalogue la edificación semiarruinada de esquina "Casa de Postas", dado su escaso interés arquitectónico, histórico y su situación de "mosca en medio del pastel", para aumentar el aprovechamiento medio de la zona y hacer rentable el beneficio del promotor en el desarrollo del sector, dejando claro que no ha lugar a la cesión habitual del suelo del 10%, y que el aparcamiento o estacionamiento de vehículos bajo rasante ha de ser, aunque de acceso y uso público, de propiedad, régimen de gestión y explotación de titularidad privada,...".

Alegaciones que fueron desestimadas por Tecnia, equipo redactor del PGOU.

Tras nuevas elecciones municipales, se constituye en junio de 2011 nuevo gobierno municipal POSOE-IU, siendo designado Juan Luis como Concejal de Urbanismo, continuando con las gestiones y negociaciones por parte del equipo de gobierno sobre el desarrollo urbanístico del concejo, al ser una prioridad, es especial con referencia al centro de Las Vegas ante la degradación física del área.

En el desempeño de las funciones propias de su cargo, D. Juan Luis interviene en las gestiones y reuniones del Ayuntamiento con los promotores de las propuestas urbanísticas, así como con los responsables y técnicos del Ayuntamiento de Corvera, para tratar de acomodar la propuesta a los requisitos y criterios técnicos que ya el informe de la Arquitecta municipal de julio de 2008, fijaba como necesarios para su viabilidad, entre los que se encontraba la necesidad de dotaciones públicas, disponiendo de aparcamientos públicos y gratuitos conforme se contemplaba ya en la aprobación inicial del PGOU aprobada por el anterior equipo de gobierno en agosto de 2010, siendo por ello indispensable para cumplir con los informes técnicos de la Arquitecta municipal, que se contemplase un mínimo de plazas de aparcamiento público y gratuito para la población de Las Vegas.

Siendo tratado este asunto en reunión celebrada en el ayuntamiento de Corvera a presencia del Alcalde. Gonzalo; el Secretario municipal, Juan Miguel; los promotores Pedro Miguel, Marcelino y el Concejal de Urbanismo, Juan Luis, mostrando los promotores su disconformidad con tales condiciones técnicas, finaliza la reunión sin ningún acuerdo.

Dicho Convenio no fue aprobado por parte de los responsables técnicos del Ayuntamiento de Corvera, no resultando firmado por el Alcalde de Corvera, al no cumplir con los requisitos técnicos que se habían establecido por los técnicos del Ayuntamiento, en especial con referencia a los informes de la Arquitecta municipal que emitió informe desfavorable.

Juan Luis no mantuvo ninguna reunión con Pedro Miguel ni con ninguno de sus colaboradores o terceros interesados para tratar el asunto del Convenio Urbanístico fuera de las instalaciones del Ayuntamiento de Corvera, y nunca propuso a Pedro Miguel la compra de su vivienda ni le pidió cantidad alguna por ella.

B)Ante la negativa de los Promotores del convenio urbanístico de la zona de La Estebanina y las Quintanas (Sr. Pedro Miguel, Sres. Marcelino y socios), de acondicionar la propuesta a las condiciones técnicas de los técnicos municipales, por parte del Gobierno municipal de Corvera se decide seguir trabajando en la elaboración del nuevo PGOU, para buscar por parte de los técnicos una salida urbanística alternativa y viable para la zona, dada la degradación de la misma y el problema que bien planteando desde años atrás.

Desde el equipo de gobierno municipal se propone que se traslade a Tecnia, empresa especializada y externa al Ayuntamiento y encargada de la elaboración del nuevo PGOU, la necesidad de buscar una alternativa viable, teniendo lugar una reunión con el Arquitecto de Tecnia D. Sixto; con el técnico medioambiental de la comarca, D. Victorio y el Concejal de Urbanismo D. Juan Luis.

Por parte de Tecnia, se plantea una propuesta al Ayuntamiento que pasa por reducir la edificabilidad de la zona, permitiendo así la regeneración urbana. La propuesta...

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