STSJ Galicia 1860/2023, 12 de Abril de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha12 Abril 2023
Número de resolución1860/2023

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL

A CORUÑA

SENTENCIA: 01860/2023

-Secretaría Sra. IGLESIAS FUNGUEIRO

PLAZA DE GALICIA, S/N

15071 A CORUÑA

Tfno: 981-184 845/959/939

Fax:

Correo electrónico:

NIG: 36038 44 4 2022 0002274

Equipo/usuario: IG

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000884 /2023 -ig

Procedimiento origen: DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000568 /2022

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña Jose Francisco

ABOGADO/A:

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL: MARIA BEGOÑA GARCIA SUAREZ

RECURRIDO/S D/ña: CONCELLO DE O GROVE (PONTEVEDRA)

ABOGADO/A: RAMIRO NICOLAS LORENZO CUERVO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

ILMO SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR

ILMA SRª Dª BEATRIZ RAMA INSUA

ILMO SR. D. CARLOS VILLARINO MOURE

En A CORUÑA, a doce de abril de dos mil veintitrés.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000884/2023, formalizado por la Graduada Social Dª María Begoña García Suárez, en nombre y representación de D. Jose Francisco, contra la sentencia número 401/2022 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de PONTEVEDRA en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000568/2022, seguidos a instancia de D. Jose Francisco frente al CONCELLO DE O GROVE (PONTEVEDRA), siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª CARLOS VILLARINO MOURE.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Jose Francisco presentó demanda contra el CONCELLO DE O GROVE (PONTEVEDRA), siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 401/2022, de fecha siete de diciembre de dos mil veintidós.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados: PRIMERO.- El demandante Jose Francisco ha venido prestando servicios por cuenta y dependencia del demandado Concello do Grove. El demandante ha prestado servicios para el demandado en los siguientes periodos: -del 20/01/2019 a 19/01/2010; -del 05/02/2010 a 04/02/2011; -del 02/01/2012 a 01/01/2013; -del 23/07/2014 a 24/10/2014; -del 01/07/2019 al 30/11/2019; -del 08/06/2021 a 07/12/2021; -del 29/03/2022 a 28/09/2022. SEGUNDO.- En el periodo de contratación de 2022 el demandante ha sido retribuido por el Concello demandado en los importes salariales de 1.271,66 euros/mes en concepto de sueldo, 211,94 euros/mes en concepto de parte proporcional de las pagas extraordinarias, 192,50 euros de horas extraordinarias (nómina agosto 2022), y 12,72 euros en concepto de nocturnidad agosto (nómina septiembre 2022). Fue también retribuido el demandante por el Concello demandado en el importe de 299,19 euros en concepto de indemnización f‌in de contrato (nómina septiembre 2022). TERCERO.- El contrato suscrito por el demandante con el demandado en fecha 01/07/2019 fue documentado como en la modalidad de temporal para la prestación de servicios como conductor camión, con expresión en cuanto a que el contrato temporal se celebra con clausulas específ‌icas cubriendo con una "X" el apartado de trabajos de interés social/fomento de empleo agrario, cubriendo también con una "X" el apartado cláusulas específ‌icas de trabajos de interés social/fomento de empleo agrario y dentro de éste también el subapartado obra o servicio determinado y ref‌iriendo como datos de la oferta de trabajo del Programa de Empleo «12-2019-6807 PLAN CONCELLOS 2019», f‌igurando en el apartado de cláusulas adicionales que «ESTE CONTRATO ESTÁ SUBVENCIONADO POLA DEPUTACION PROVINCIAL DE PONTEVEDRA A TRAVÉS DA LIÑA 3-EMPREGO DE BENS E SERVIZOS MUNICIPAIS (PLAN CONCELLOS 2019) OFERTA DE EMPREGO: 12-2019- 6807». Habiéndose establecido en su cláusula tercera una duración desde el 01/07/2019 hasta el 30/11/2019; El contrato suscrito por el demandante con el demandado en fecha 08/06/2021 fue documentado como en la modalidad de temporal para la prestación de servicios como conductor camión con expresión en cuanto a que el contrato temporal se celebra con clausulas específ‌icas cubriendo con una "X" el apartado de trabajos de interés social/fomento de empleo agrario, sin otras indicaciones. Habiéndose establecido en su cláusula tercera una duración desde el 08/06/2021 hasta el 07/12/2021. El contrato suscrito por el demandante con el demandado en fecha 29/03/2022 fue documentado como en la modalidad de temporal para la prestación de servicios como conductor camión con expresión en cuanto a que el contrato temporal se celebra con clausulas específ‌icas cubriendo con una "X" el apartado de trabajos de interés social/fomento de empleo agrario, cubriendo también con una "X" el apartado cláusulas específ‌icas de trabajos de interés social/fomento de empleo agrario y dentro de éste también el subapartado obra o servicio determinado y ref‌iriendo como datos de la oferta de trabajo del Programa de Empleo «Oferta nº 12-2022-2582 Programa Incorpora 2022 del Concello de O Grove vinculado ao Plan Concellos 2022 da Deputación Provincial Pontevedra de contratación de persoas en situación desempleo para conductor vehículo transporte». Habiéndose establecido en su cláusula tercera una duración desde el 29/03/2022 hasta el 28/09/2022. CUARTO.- El Concello demandado solicitó una subvención a la Diputación

de Pontevedra, al amparo de las Bases reguladoras y convocatoria, de un Plan de obras y servicios (Plan Concellos) 2022 Línea 3 -Empleo para la conservación y funcionamiento de bienes y servicios municipales, publicadas en el BOP de Pontevedra núm.230, de 27/11/2021, con objeto de contratar de forma temporal personas desempleadas para la prestación de servicios mínimos de competencia municipal, de interés general y social, según la aprobación de la Xunta de Gobierno Local del día 07/02/2022, que aprueba la solicitud de subvención y la "Memoria descritiva 'Incorpora 2022", de las actuaciones que se iban a desarrollar a través de la Línea 3 del Plan Concellos 2022. La Diputación Provincial de Pontevedra, en Resolución de la Xunta de Gobierno en sesión ordinaria del día 18/02/2022 resolvió aprobar la concesión de una ayuda al Concello do Grove según tabla anexa, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, al amparo del Plan de Obras y Servicios (Plan Concellos) 2022-2023-Linea 3: Empleo para la conservación y funcionamiento de bienes y servicios municipales para la contratación de trabajadores, con diversas categorías, 2 en la categoría de conductores/as camión. En dichas Bases de contratación del Concello do Grove, para entre otros puestos, 2 de conductores/as camión, se estableció, entre otros particulares, el requisito de ser persona desempleada; que la contratación de los trabajadores/as será en régimen laboral temporal en la modalidad de obra o servicio, de conformidad con las reglas de contratación establecidas en las bases de la subvención citadas y por la duración establecida para cada uno, ref‌iriendo en relación a las 2 plazas de conductores/as a jornada completa, 6 meses, «Contrato obra e servizo de inserción social»; una valoración de criterios personales y de inclusión social con puntuaciones de criterios de preferencia (víctima de violencia de género, personas mayores de 45 años y aquellas que acrediten una discapacidad superior al 33 %, personas que formen familia monoparental, personas con nivel de rentas más baja, personas candidatas con cargas familiares, tiempo en desempleo). En relación con dicha convocatoria el demandante f‌irmó con fecha 22/03/2022 la denominada DECLARACIÓN RESPONSABLE DE RESPONSABILIDADES FAMILIARES E DE INGRESOS PERCIBIDOS (PLAN CONCELLOS 2022), de conocer las bases que rigen el proceso selectivo para la contratación al amparo del Plan Concellos 2022. En la «MEMORIA GLOBAL DOS SERVIZOS QUE SE DESENVOLVERÁN SEGUNDO PLAN CONCELLOS 2022 LIÑA 3. - EMPREGO PARA A CONSERVACIÓN E FUNCIONAMENTO DE BENS E SERVIZOS», ref‌iriendo en ella que «Esta Memoria Global de Servízos do Programa INCORPORA 2022 ten por f‌inalidade, de acordó coa Liña 3 do Plan Concellos 2021, acreditar a necesidade por parte do concello do Grave de prestar servizos de competencia municipal e de forma directa por medio da contratación de persoal desempregaáo inscrito no servicio público de emprego, sempre respetando a pretereiicia na contratación dos colectivos mais desfavorecidos e a debida adecuación salarial á cualif‌icación profesional dos postos a cubrir», el Concello do Grove ref‌lejó, entre otros particulares, en relación al conductor vehículo transporte que «Para o traslado do material descrito ñas actuacións precedentes, así como do persoal indicado para a realización dos distintos traballos conicntados c a dispersión dos mesmos; precísase o servizo dun condutor dispersión das diferentes obras.». QUINTO.- El Concello demandado también había solicitado una subvención a la Diputación de Pontevedra, al amparo de las Bases reguladoras y convocatoria, de un Plan de obras y servicios (Plan Concellos) 2020 Línea 3 -Empleo para la conservación y funcionamiento de bienes y servicios municipales, publicadas en el BOP de Pontevedra núm.1, de 04/01/2021, con objeto de contratar de forma temporal personas desempleadas para la prestación de servicios mínimos de competencia municipal, de interés general y social, según la aprobación de la Xunta de Gobierno Local del día 15/03/2021, que aprueba la solicitud de subvención y la "Memoria descritiva 'Integra O Grove'", de las actuaciones que se iban a desarrollar a través de la Línea 3 del Plan Concellos 2021. Y la Diputación Provincial de Pontevedra, en Resolución de la Xunta de Gobierno en sesión ordinaria del día 09/04/2021 había resuelto también aprobar...

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