STSJ Castilla y León 450/2023, 13 de Abril de 2023
Jurisdicción | España |
Fecha | 13 Abril 2023 |
Número de resolución | 450/2023 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
VALLADOLID
Sección Segunda
SENTENCIA: 00450/2023
Equipo/usuario: MSE
Modelo: N11600
C/ ANGUSTIAS S/N
Correo electrónico:
N.I.G: 47186 33 3 2022 0000306
Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000223 /2022
Sobre: AGUAS
De D./ña. Rosario
ABOGADO JOSE MIGUEL BLANCO BAEZA
PROCURADOR D./Dª. DAVID GONZALEZ FORJAS
Contra D./Dª. CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL
ABOGADO ABOGADO DEL ESTADO
PROCURADOR D./Dª.
SENTENCIA Nº 450
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE DE LA SECCIÓN:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
MAGISTRADOS:
DOÑA ADRIANA CID PERRINO
DOÑA MARÍA LUACES DÍAZ DE NORIEGA
En Valladolid, a trece de abril de dos mil veintitrés.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso número 223/2022, en el que se impugna:
La resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Duero, de 2 de diciembre de 2021, que desestimó el recurso de reposición formulado por Dª Rosario contra la resolución también de la Presidencia de ese Organismo de cuenca del 16 de septiembre anterior, dictada en el procedimiento sancionador D-0491/2020 (S-398/20 R), que impuso a la misma y a la SOCIEDAD CIVIL AGROSAN una multa de 3155,97 euros y la obligación de pagar una indemnización por los daños causados al dominio público hidráulico de 823,05 euros (les requirió igualmente para utilizar el agua para la superficie autorizada) al considerarlas responsables conjunta y solidariamente en concepto de autor de una infracción leve prevista en el artículo 116.3.b), en relación con el 59, del texto refundido de la Ley de Aguas aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio y en los artículos 184 y 315.m) del Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por la realización de un riego no autorizado de 4,4296 hectáreas de patatas en las parcelas NUM000, NUM001 y NUM002 del polígono NUM003 con aguas del sondeo inscrito con referencia PRVA053017 autorizado para el riego de una hectárea, en el término municipal de Cogeces de Iscar (Valladolid).
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: Rosario, representada por el Procurador Sr. González Forjas y defendida por el Letrado Sr. Blanco Baeza.
Como demandada: La Confederación Hidrográfica del Duero, representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Oraá González.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que:
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- Se anule y se deje sin efecto, con las consecuencias económico-administrativas que procedan, la devolución de la cantidad abonada e intereses, por contraria al Ordenamiento Jurídico, la resolución dictada por la Confederación Hidrográfica del Duero de fecha 2 de diciembre de 2021, desestimatoria del recurso de reposición en expediente sancionador nº NUM004, declarando la anulación de las sanciones impuestas.
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- Se condene a la Administración Pública demandada a estar y pasar por esta declaración y al pago de las costas del proceso.
Por otrosí solicitó el recibimiento del pleito a prueba.
En el escrito de contestación de la Administración demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.
Denegado el recibimiento del pleito a prueba por auto de dieciocho de julio de dos mil veintidós, se concedió a las partes trámite de conclusiones.
Presentado el escrito correspondiente por ambas partes y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el pasado día once de abril.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Interpuesto por Dª Rosario recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Presidencia de la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD), de 2 de diciembre de 2021, que desestimó el recurso de reposición formulado por aquélla contra la resolución también de la Presidencia de ese Organismo de cuenca del 16 de septiembre anterior, dictada en el procedimiento sancionador D-0491/2020 (S-398/20
R), que impuso a la misma y a la SOCIEDAD CIVIL AGROSAN una multa de 3155,97 euros y la obligación de pagar una indemnización por los daños causados al dominio público hidráulico de 823,05 euros (les requirió igualmente para utilizar el agua para la superficie autorizada) al considerarlas responsables conjunta y solidariamente en concepto de autor de una infracción leve prevista en el artículo 116.3.b), en relación con el 59, del texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA) aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio
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