SJS nº 1 329/2022, 29 de Noviembre de 2022, de Santiago de Compostela

PonentePAULA MENDEZ DOMINGUEZ
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2022
ECLIECLI:ES:JSO:2022:7277
Número de Recurso195/2022

XDO. DO SOCIAL N. 1

SANTIAGO DE COMPOSTELA

SENTENCIA: 00329/2022

RÚA BERLÍN S/N CP 15707

Tfno: 981540438/39

Fax: 981540440

Correo Electrónico: social1.santiago@xustiza.gal

NIG: 15078 44 4 2022 0000758

DSP DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000195 /2022

Procedimiento origen: /

Sobre: DESPIDO

DEMANDANTE/S D/ña: Josefa

ABOGADO/A: SANDRA VAZQUEZ LOPEZ

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

DEMANDADO/S D/ña: CONCELLO DE TEO

ABOGADO/A: MARTÍN LÓPEZ.

PROCURADOR: RICARDO GARCIA-PICCOLI ATANES

GRADUADO/A SOCIAL:

SENTENCIA Nº 329/2022.

Santiago de Compostela, 29 de noviembre de 2022.

Vistos por mí, Paula Méndez Domínguez, Magistrada del Juzgado de lo Social Nº 1 de Santiago de Compostela, los presentes autos DE Despido número 195/2022, seguidos a instancia de DOÑA Josefa, representada y asistida por la Letrada Sra. Vázquez López; contra CONCELLO DE TEO, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. García-Picolli Atanes y asistido por el Letrado Sr. Martín López; en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución Española, dicto la presente sentencia, con base en los siguientes;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Doña Josefa presentó el 21 de abril de 2022 demanda sobre despido contra el CONCELLO DE TEO, en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por convenientes, suplica se dicte sentencia por la que, estimando la demanda, se declare la nulidad del despido con readmisión en las mismas condiciones, o, subsidiariamente la improcedencia optando entre la readmisión o la indemnización de 33 días por año trabajado, con las consecuencias legales inherentes a dicha declaración, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración.

SEGUNDO

Admitida a trámite la demanda, se ordenó conferir traslado de la misma a la parte demandada y citar a las partes y al Ministerio Fiscal para la celebración del juicio oral.

TERCERO

Con carácter previo al acto de juicio oral, la parte actora presentó escrito de aclaración de la demanda, instando que se tenga por aclarado el suplico en el sentido de que se dicte sentencia por la que en estimación de la demanda, se reconozca la nulidad del despido con readmisión en las mismas condiciones, o, subsidiariamente la improcedencia optando entre la readmisión o la indemnización que legalmente corresponda.

CUARTO

Al juicio oral comparecieron ambas partes y el Ministerio Fiscal. Abierto el acto, la actora se ratif‌icó en la demanda, y la parte demandada contestó a la demanda oponiéndose a la misma, solicitando su íntegra desestimación.

En la vista, conforme solicitaron las partes, se recibió el pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y admitidas, con el resultado que obra en autos, y tras el trámite de conclusiones de las partes e informe del Ministerio Fiscal, se declararon los autos vistos para dictar sentencia.

QUINTO

En la tramitación de los autos se han observado las formalidades legales esenciales, a excepción del cumplimiento de plazos, debido a la carga de trabajo de este Juzgado.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

En el BOP de A Coruña de 11/05/2016 se publicó la resolución de la Diputación Provincial de A Coruña de 5/05/2016 por la que anuncia el programa de subvenciones dirigido a los Ayuntamientos y Agrupaciones de Ayuntamientos de la provincia de A Coruña de menos de 50.000 habitantes para la f‌inanciación del gasto de personal de las of‌icinas de turismo durante el año 2016, siendo el objeto de la convocatoria la f‌inanciación de las retribuciones del personal técnico para las of‌icinas de turismo de dichos Ayuntamientos o Agrupaciones de Ayuntamientos por un periodo mínimo de 4 meses durante el año 2016.

El Concello de Teo solicitó dicha subvención.

En el BOP de A Coruña de 8/08/2016 se publicó la Resolución de la Diputación Provincial de A Coruña de 4/08/2016 por la que se aprueba la concesión def‌initiva de subvenciones correspondientes al programa DP0009 - Programa de Subvenciones dirigido a los Concellos y Agrupaciones de Concellos de la provincia de A Coruña de menos de 50.000 habitantes para la f‌inanciación del gasto de personal de las of‌icinas de turismo durante el ejercicio 2016. En dicha resolución se aprueba la subvención solicitada por el Concello de Teo con un importe de 6208 euros para la contratación de personal para el punto de información turístico.

El 16/08/2016 se dictó resolución de la Alcaldía del Concello de Teo por la que, considerando la subvención concedida en la resolución anteriormente referida, siendo necesario proceder a la contratación de un técnico de turismo, se convoca proceso selectivo para la contratación laboral temporal, por duración de 4 meses, mediante concurso-oposición, de un técnico de turismo, y se aprueban las bases de la convocatoria. En la base sexta se regula el proceso de selección, siendo el de concurso-oposición, y en la base séptima se regula la duración del contrato, señalándose que será de 4 meses desde la fecha de su formalización.

La demandante concurrió a dicho proceso selectivo, siendo seleccionada como la aspirante de mayor puntuación.

Por resolución de la Alcaldía del Concello de Teo de 22/09/2016 se acordó contratar a la demandante, por un periodo de 4 meses, como técnica de turismo, a través de un contrato laboral temporal de duración determinada a tiempo completo.

(Docs. 1.1 a 1.3 del ramo de prueba de la demandada y doc. 2 del ramo de prueba de la actora).

SEGUNDO

El día 23/09/2016 la actora y el Concello de Teo suscribieron contrato de trabajo de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, en el que se pactó que la actora prestaría servicios como técnica de turismo, con jornada completa de 40 horas semanales, y duración del contrato desde el 23/09/2016 hasta el 22/01/2017, y retribución según convenio colectivo, siendo el convenio aplicable al contrato el del Concello de Teo, y el objeto del contrato "realizar traballos de técnico de turismo".

El 5/12/2017 se le comunicó a la actora por el Concello de Teo la f‌inalización del contrato con efectos de 22/01/2017.

La actora prestó los servicios desde el 23/09/2016 hasta el 22/01/2017 (122 días), causando la correspondiente alta y baja en la Seguridad Social.

A la f‌inalización del contrato se le abonó a la actora indemnización de 316,46 euros por f‌in de contrato.

(Docs. 1.4 a 1.7 del ramo de prueba de la demandada, y doc. 2 del ramo de prueba de la actora e informe de vida laboral al doc. 1 de su ramo de prueba).

TERCERO

En el BOP de 15/02/2017 se publicó resolución de la Diputación Provincial de A Coruña por la que se le concedió provisionalmente al Concello de Teo subvención de importe de 16.632 euros, para la contratación de personal para el punto de información turístico, al amparo del Programa de subvenciones a Concellos y Agrupaciones de Concellos de A Coruña con menos de 50.000 habitantes para f‌inanciar gastos de personal de las of‌icinas de turismo durante el ejercicio 2017, f‌ijándose un periodo mínimo de atención al público de 4 mees coincidiendo con la temporada alta turística.

El 05/05/2017 se dictó resolución de la Alcaldía del Concello de Teo por la que, considerando la subvención concedida, siendo necesario proceder a la contratación de un técnico de turismo, se convoca proceso selectivo para la contratación laboral temporal, por duración de 6 meses, mediante concurso-oposición, de un técnico de turismo, y se aprueban las bases de la convocatoria. En la base sexta se regula el proceso de selección, siendo el de concurso-oposición, y en la base séptima se regula la duración del contrato, señalándose que será de 6 meses desde la fecha de su formalización.

La demandante concurrió a dicho proceso selectivo, siendo seleccionada como la aspirante de mayor puntuación.

Por resolución de la Alcaldía del Concello de Teo de 12/07/2017 se acordó contratar a la demandante, por un periodo de 6 meses, como técnica de turismo, a través de un contrato laboral temporal de duración determinada a tiempo completo.

(Docs. 2.1 y 2.2 del ramo de prueba de la demandada y doc. 3 del ramo de prueba de la actora).

CUARTO

El 13/07/2017 la demandante y el Concello de Teo suscribieron contrato de trabajo de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, en el que se pactó que la actora prestaría servicios como técnica de turismo, con jornada completa de 40 horas semanales, y duración del contrato desde el 13/07/2017 hasta el 12/01/2018, y retribución según convenio colectivo, siendo el convenio aplicable al contrato el del Concello de Teo, y el objeto del contrato "realizar traballos de técnico de turismo nas distintas of‌icinas de información do Concello".

El 13/12/2017 se le comunicó a la actora por el Concello de Teo la f‌inalización del contrato con efectos de 12/01/2018.

La actora prestó los servicios desde el 13/07/2017 hasta el 12/01/2018 (184 días), causando la correspondiente alta y baja en la Seguridad Social.

A la f‌inalización del contrato se le abonó a la actora indemnización de 477,33 euros por f‌in de contrato.

(Docs. 2.3 a 2.6 del ramo de prueba de la demandada, doc. 3 del ramo de prueba de la actora e informe de vida laboral al doc. 1).

QUINTO

En el BOP de 13/12/2017 se publicó resolución de la Diputación Provincial de A Coruña por la que se le concedió al Concello de Teo subvención de importe de 18.296,80 euros, para la contratación de personal para el punto de información turístico, al amparo del Programa de subvenciones a Concellos y Agrupaciones de Concellos de A Coruña con menos de 50.000 habitantes para f‌inanciar gastos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR