SJMer nº 3 33/2023, 8 de Febrero de 2023, de Gijón

PonenteMARIA SOL ALONSO-BUENAPOSADA ASPIUNZA
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2023
ECLIECLI:ES:JMO:2023:675
Número de Recurso316/2020

JDO. DE LO MERCANTIL N. 3

GIJON

PLAZA DECANO EDUARDO IBASETA S/N 3ª PLANTA-GIJÓN

Teléfono: 985176747 Fax: 985176746 Equipo/usuario: MVD Modelo: N04390

N.I.G. : 33024 47 1 2020 0000312

ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000316 /2020

Procedimiento origen: /

Sobre OTRAS MATERIAS

DEMANDANTE, DEMANDANTE D/ña. REMOLQUES GIJONESES, S.A., MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE BUQUES DE PESCA DE ESPAÑA SOCIEDAD MUTUA A PRIMA FIJA

Procurador/a Sr/a. JUAN SUAREZ PONCELA, JUAN SUAREZ PONCELA

Abogado/a Sr/a. ALBERTO ANTONIO PENELAS ALVAREZ,

DEMANDADO, DEMANDADO, DEMANDADO, DEMANDADO D/ña. MAPFRE COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., GENERALI ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, ASTILLEROS ARMON GIJON, S.A., CORPORACION DE PRACTICOS DEL PUERTO DE GIJON, S.L.P.

Procurador/a Sr/a. JOSE MARIA DIAZ LOPEZ, VICTORIA ESTRADA GARCIA, MARIA EUGENIA GARCIA RODRIGUEZ, VICTORIA ESTRADA GARCIA

Abogado/a Sr/a.,,,

SENTENCIA Nº 33/2023

En Gijón, a ocho de febrero de dos mil veintitrés.

Vistos por mí, Dª. María Sol Alonso-Buenaposada Aspiunza, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Oviedo, con sede en Gijón, por sustitución, los presentes autos de JUICIO ORDINARIO, seguidos en este Juzgado bajo el número 316/2020, a instancia de REMOLQUES GIJONESES, S.L., (demandante y demandada reconvencional) representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Don Juan Suárez Poncela con la dirección técnica del Letrado Sr. Don Miguel Garteiz-Goxeascoa Elquezabal, y de la MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE PESCA DE ESPAÑA, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Don Juan Suárez Poncela y con la asistencia técnica del Letrado Sr. Don Alberto Penelas Álvarez, contra ASTILLEROS ARMÓN GIJON S.A. ( demandada y demandante reconvencional) representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Doña María Eugenia García Rodríguez con la dirección técnica del Letrado Sr. Don Luis Souto Maqueda; contra la aseguradora MAPFRE ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., ( demandada y demandante reconvencional), representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Don José María Díaz López con la dirección técnica del Letrado Sr. Don José Antonio Infesta Alemany, y contra CORPORACIÓN

DE PRÁCTICOS DEL PUERTO DE GIJÓN S.L.P. y su aseguradora GENERALI ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS representados por la Procuradora de los Tribunales Sra. Doña Victoria Estrada García y con la asistencia letrada del Sr. Don Carlos Pérez Sánchez, sobre reclamación de cantidad por abordaje marítimo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 27 de octubre de 2020 se registró demanda interpuesta por el Procurador Sr. Suárez Poncela, en nombre y representación de REMOLQUES GIJONESES S.A. (o REMOLQUES) y de MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE PESCA DE ESPAÑA (o MUTUAPESCA), con la asistencia letrada de Don Alberto A. Penelas Álvarez, frente a ASTILLEROS ARMÓN GIJÓN S.A. (o ARMON), su aseguradora MAPFRE ESPAÑA S.A. (o MAPFRE), y frente a CORPORACIÓN DE PRÁCTICOS DEL PUERTO DE GIJÓN S.L.P. y su aseguradora GENERALI ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, interesando sentencia con los siguientes pronunciamientos:

  1. Declarando la responsabilidad solidaria de ASTILLEROS ARMON GIJON, S.A. y CORPORACIÓN DE PRÁCTICOS DEL PUERTO DE GIJÓN, S.L.P por los daños sufridos por el remolcador " DIRECCION000 " durante la operación de traslado del "GALERNA LAU" desde las instalaciones de ARMON al muelle de El Musel, el 2 de septiembre de 2.019.

  2. Condenando, con carácter solidario;

-A ASTILLEROS ARMON GIJÓN, S.A. a pagar a TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON SESENTA Y TRES (327.736,63€) EUROS a MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE BUQUES DE PESCA DE ESPAÑA y SEIS MIL (6.000€) EUROS a REMOLQUES GIJONESES, S.A.

-A MAPFRE ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. a pagar DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE (282.737€) EUROS a MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE BUQUES DE PESCA DE ESPAÑA, más los intereses legales y moratorios desde la interpelación judicial, y las costas del procedimiento.

-A CORPORACIÓN DE PRÁCTICOS DEL PUERTO DE GIJÓN, S.L.P. y a GENERALI ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS a pagar a SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON SEIS (62.837,6€) EUROS a MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE BUQUES DE PESCA DE ESPAÑA y MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON CUATRO (1.282,4€) EUROS a REMOLQUES GIJONESES, S.A. más los intereses legales y moratorios desde la interpelación judicial, y las costas del procedimiento.

SEGUNDO

Mediante Decreto de 30 de noviembre de 2020, se admitió a trámite la demanda emplazándose a la parte demandada para contestar. Por ASTILLEROS ARMÓN GIJÓN S.A. y por MAPFRE ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. se solicitó la suspensión del plazo para la presentación del escrito de contestación a la demanda por las razones que constan en sus escritos, acordándose la suspensión interesada por Providencia de 8 de enero de 2021.

En fecha 17 de marzo de 2021, se acordó alzar la suspensión y se registró contestación a la demanda presentada por la procuradora Sra. Estrada García en nombre y representación de la demandada CORPORACIÓN DE PRÁCTICOS DEL PUERTO DE GIJÓN S.L.P., solicitando la desestimación íntegra de la demanda con imposición de costas.

El 29 de marzo de 2021 tuvo entrada la contestación a la demanda presentada por la procuradora Sra. García Rodríguez en nombre y representación de la demandada ASTILLEROS ARMÓN GIJÓN S.A.., solicitando la desestimación íntegra de la demanda con imposición de costas. Asimismo, se interponía demanda reconvencional frente a REMOLQUES y MUTUAPESCA, en reclamación de 45.000€ (CUARENTA Y CINCO MIL EUROS), más intereses y costas.

El 9 de abril de 2021 tuvo entrada la contestación a la demanda presentada por la procuradora Sra. Estrada García en nombre y representación de la demandada GENERALI ESPAÑA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, solicitando la desestimación íntegra de la demanda con imposición de costas.

El 13 de abril de 2021 tuvo entrada la contestación a la demanda presentada por el procurador Sr. Díaz López en nombre y representación de la demandada MAPFRE ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. solicitando la desestimación íntegra de la demanda con imposición de costas. Asimismo, se interponía demanda reconvencional frente a REMOLQUES y MUTUAPESCA, en reclamación de 656.625,46 euros, más intereses y costas.

TERCERO

Mediante Decreto de fecha 13 de abril de 2021 se tuvo por contestada la demanda, por admitida la reconvención y se dio traslado a la parte reconvenida para que procediere a contestar a la misma.

El 28 de mayo de 2021 por el Procurador Sr. Suárez Poncela, en la representación mencionada de REMOLQUES GIJONESES S.A., con asistencia letrada de Don Miguel Garteiz-Goxeascoa Elguezabal, y de MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE PESCA DE ESPAÑA, se contestó a la reconvención, oponiéndose a la misma y solicitando su desestimación con imposición de costas.

Mediante Diligencia de Ordenación de fecha 2 de junio de 2021, se tuvo por formulada contestación a la reconvención y se citó a las partes a la audiencia previa. Por Diligencia de Ordenación de 8 de junio de 2021 se suspendió el señalamiento previsto por señalamientos coincidentes de la representación de la demandada ASTILLEROS ARMÓN GIJÓN S.A., señalándose nuevamente para el 29 de julio de 2021.

CUARTO

La audiencia previa se celebró telemáticamente por el sistema Microsoft Teams en el día y hora señalados. La parte actora se ratif‌icó en su demanda. La parte demandada se ratif‌icó en su contestación y reconvención. Tras f‌ijarse los hechos controvertidos y proponerse prueba, se admitió documental, más documental, interrogatorio de parte, testif‌icales y periciales. Finalmente, se citó a las partes a la vista .

QUINTO

La vista se inició en el día y hora señalados 25 y 26 de noviembre de 2021, practicándose la prueba propuesta y admitida, salvo la que fue objeto de renuncia. La vista hubo de interrumpirse, atendiendo al número de testigos y peritos, así como a la complejidad y números de preguntas; continuándose en otra fecha, 29 de noviembre de 2021. Tras practicarse las pruebas pendientes, las partes formularon sus conclusiones quedando las actuaciones para resolver.

SEXTO

En el presente procedimiento se han respetado las prescripciones legales, salvo en lo que se ref‌iere al cumplimiento de los plazos de señalamiento y dictado de sentencia, dada la especial complejidad de este proceso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

POSICIÓN DE LAS PARTES

.- REMOLQUES GIJONESES S.A. (o REMOLQUES) y su aseguradora MUTUA DE SEGUROS DE ARMADORES DE BUQUES DE PESCA DE ESPAÑA SOCIEDAD MUTUA A PRIMA FIJA, (o MUTUAPESCA) presentaron demanda de juicio ordinario interesando que se dictase sentencia por la que se condenare a las demandadas, en los términos que f‌iguran en el suplico, a que pagaren la cantidad total de 333.736,63 € por los daños sufridos por el remolcador " DIRECCION000 " durante el operación de traslado del buque "GALERNA LAU" desde las instalaciones de ASTILLEROS ARMON GIJÓN S.A. al muelle del Musel el 2 de septiembre de 2019, más los intereses legales y moratorios desde la interpelación judicial, imponiéndose además a las mismas el pago de las costas del procedimiento.

Consideraban que la causa de las dos colisiones acaecidas fue debida a "una negligente planif‌icación de la maniobra por parte del Patrón del " DIRECCION001 " y del Práctico que le asistía, al haber efectuado la misma en unas condiciones de fuerte viento y sin solicitar la intervención activa de los remolcadores, lo que causó que el " DIRECCION001 " se saliese de la zona dragada del canal y tuviese que incrementar de forma súbita y anormal la velocidad, colisionando con el " DIRECCION000 " (ya fuera de la zona dragada del canal) y terminando...

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