AAP Salamanca 558/2022, 2 de Diciembre de 2022

PonenteMARIA VICTORIA JOSEFA GUINALDO LOPEZ
ECLIECLI:ES:APSA:2022:560A
Número de Recurso477/2022
ProcedimientoRecurso de queja
Número de Resolución558/2022
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2022
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

AUTO: 00558/2022

- GRAN VIA, 37-39

Teléfono: 923.12.67.20

Correo electrónico:

Equipo/usuario: 2

Modelo: 672500

N.I.G.: 37274 43 2 2022 0000134

RQE RECURSO QUEJA 0000477 /2022

Juzgado procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION.N.1 de SALAMANCA Procedimiento de origen: JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000079 /2022 Delito: DELITO SIN ESPECIFICAR

Recurrente: Clemente, MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: D/Dª PATRICIA MARTIN MIGUEL,

Abogado/a: D/Dª,

Recurrido:

Procurador/a: D/Dª

Abogado/a: D/Dª

AUTO

============= ============================================= ILMOS/AS SRES./SRAS.

Presidente

Dña. MARIA DEL CARMEN BORJABAD GARCIA

Magistrados

Dña. MARIA VICTORIA GUINALDO LOPEZ

Dña. MARIA TERESA ALONSO DE PRADA

Dña. CRISTINA GARCIA VELASCO ========================================================== En SALAMANCA, a dos de diciembre de dos mil veintidós.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora Dña. Patricia Martín Miguel en nombre y representación de Clemente, se ha interpuesto recurso de queja respecto al Juicio Sobre Delitos Leves nº 79/22 del Juzgado de Instrucción nº 1 de Salamanca, frente al Auto de fecha 10 de octubre de 2.022, solicitando se dicte resolución de conformidad al suplico de su recurso.

SEGUNDO

Incoado el correspondiente rollo 477/22, se nombró Magistrada Ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dña. MARIA VICTORIA GUINALDO LOPEZ.

TERCERO

Una vez evacuado el trámite para informe por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de Salamanca, y emitido informe por el Ministerio Fiscal en escrito de fecha 11 de noviembre de 2.022, se pasó a la Ilma. Sra. Magistrada Ponente para dictar resolución.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Objeto del recurso y resolución recurrida.

  1. -Por la Procuradora Sra. Martín Miguel, en nombre y representación de D. Clemente, se formuló recurso de queja contra el Auto de fecha 10 de octubre de 2022 que acordaba inadmitir a trámite el recurso de Apelación contra la sentencia de fecha 20-6-2022 dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Salamanca.

    Se invoca lo dispuesto en el artículo 151.1.2.3 LEC, se alega que de acuerdo al documento nº 1 aportado la sentencia fue enviada el día 22 de junio al Colegio de Procuradores a las 18.15 horas, recepcionado por este el día 23 de junio fue enviada a la procuradora ese día, siendo por tanto a efectos de notif‌icaciones, ( artículo 151.1.2.3 LEC) la fecha de 24 de junio y que como quiera que el plazo de presentación del recurso es de 5 días hábiles, presentado el día 4 antes de las 15 horas, el recurso se presentó en plazo y en el día de gracia.

    Se añade que, tratándose de una sentencia penal debe tenerse además en cuenta lo dispuesto en el artículo 212 de la LECRim y que consta en las actuaciones notif‌icación a otra parte en fecha 29 de junio.

  2. - El Juzgado de referencia emitió informe en fecha 28-10-2022, evacuando el traslado efectuado por Providencia de fecha 24-10-2022, en el sentido de que el recurso de queja debía ser inadmitido al haber sido computado el plazo de forma correcta, considerando como día de gracia el 1 de julio.

  3. - El Ministerio Fiscal, en su informe de fecha 11 de noviembre de 2022 manifestó que la presentación no estaba fuera de plazo.

SEGUNDO

Examen de las actuaciones.

Del examen de las actuaciones resulta que la sentencia fue remitida al Colegio de Procuradores de Salamanca por el Juzgado de Instrucción a las 18,15 horas del día 22 de junio, se mandó al buzón Lexnet de la procuradora Sra. Martín el día 23 de junio las 8.35 horas, luego debe entenderse notif‌icado con fecha 24 de junio ( de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 de LEC se tiene por recibido el día siguiente hábil; " 2. Los actos de comunicación al Ministerio Fiscal, a la Abogacía del Estado, a los Letrados de las Cortes Generales y de las Asambleas Legislativas, o del Servicio Jurídico dela Administración de la Seguridad Social, de las demás Administraciones públicas de las Comunidades Autónomas o de los Entes Locales, así como los que se practiquen a través de los servicios de notif‌icaciones organizados por los Colegios de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR