STSJ Murcia 224/2023, 8 de Mayo de 2023

JurisdicciónEspaña
Número de resolución224/2023
EmisorTribunal Superior de Justicia de Región de Murcia, sala Contencioso Administrativo
Fecha08 Mayo 2023

T.S.J.MURCIA SALA 2 CON/AD

MURCIA

SENTENCIA: 00224/2023

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Equipo/usuario: UP3

Modelo: N11600

PALACIO DE JUSTICIA, RONDA DE GARAY, 5 -DIR3:J00008051

Correo electrónico:

N.I.G: 30030 33 3 2020 0000795

Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000587 /2020 /

Sobre: AGUAS

De D./ña. SINDICATO CENTRAL DE REGANTES DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA (SCRATS)

ABOGADO CARLOS-MARIA GERMAN ESCUDERO

PROCURADOR D./Dª. TOMAS SORO SANCHEZ

Contra D./Dª. CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL SEGURA OA, GENERALIDAD VALENCIANA

ABOGADO ABOGADO DEL ESTADO, LETRADO DE LA COMUNIDAD

PROCURADOR D./Dª.,

RECURSO núm. 587/2020

SENTENCIA núm. 224/2023

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA

SECCIÓN SEGUNDA

Compuesta por los Ilmos. Sres.:

Doña Leonor Alonso Díaz-Marta

Presidenta

Doña Ascensión Martin Sanchez

Don Jose María Perez-Crespo Payá

Magistrados/as

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A n.º 224/23

En Murcia, a ocho de mayo de dos mil veintitrés

En el recurso contencioso administrativo n.º 587/20, tramitado por las normas del procedimiento ordinario, en cuantía indeterminada, y referido a: Aguas. Declaración de MaSub 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar buen estado cuantitativo o químico.

Parte demandante:

El SINDICATO CENTRAL de Regantes del ACUEDUCTO TAJO -SEGURA, representado por el Procurador Sr. Soro Sanchez y defendido por el Letrado Sr. German Escudero.

Parte demandada:

La Administración General del Estado, Confederación Hidrográf‌ica del Segura (CHS), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada:

La Generalitat Valenciana, representada y defendida por la Letrada de la misma Sra. Girón Lucas

Actos administrativos impugnados:

A).- Los acuerdos adoptados en los puntos 3, 4 y 5 del Orden del día de la Junta de Gobierno celebrada el día 16 de julio de 2020.

B).- los acuerdos adoptados en los puntos 2º y 4º del Orden del día de la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográf‌ica del Segura celebrada el día 16 de octubre de 2020 relativos a "Ratif‌icación de los acuerdos adoptados en los puntos 3 y 4 del orden del día de la Junta de Gobierno celebrada el día 16 de julio de 2020, mediante el ejercicio de voto de todos los miembros del órgano colegiado, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 19.3 c) de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, de 1 de octubre" (Punto 2º); y "Aprobación de la ampliación del perímetro de la zona afectada desde el punto de vista cuantitativo por la declaración de la MaSub 070.052 campo de Cartagena, en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico" (Punto 4º).

En concreto, son objeto del presente recurso los acuerdos adoptados en los puntos 3, 4 y 5 del Orden del día de dicha Junta de Gobierno.

Y publicados en el Boletín Of‌icial del Estado de fecha 1 de agosto de 2020 . en concreto los puntos siguientes:

  1. - Acuerdo a adoptar: Aprobación de la declaración de la MaSub 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico (artículo 56 del TRLA).

  2. - Acuerdo a adoptar: Aprobación de medidas cautelares en relación con la extracción y la protección de la calidad de las aguas de la MaSub 070.052 Campo de Cartagena (artículo 56.1b del TRLA).

  3. - Acuerdo a adoptar: Iniciar el procedimiento para la declaración de las masas de agua subterránea 070.007 Conejeros-Albatana, 070.008 Ontur, 070.012 Cingla y 070.040 Sierra Espuña en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico (artículo 56 del TRLA).

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia mediante la que se declaren nulos de pleno derecho y dejen sin efecto los acuerdos adoptados en los puntos:

3).- Acuerdo a adoptar: Aprobación de la declaración de la MaSub 070.052 Campo de Cartagena en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico.

4).- Acuerdo a adoptar: Aprobación de medidas cautelares en relación con la extracción y la protección de la calidad de las aguas de la MaSub 070.252 Campo de Cartagena (artículo 56.1b del TRLA).

5).- Acuerdo a adoptar: Iniciar el procedimiento para la declaración de las masas de agua subterránea 070.007 Conejeros-Albatana, 070.008 Ontur, 070.012 Cingla y 070.040 Sierra Espuña en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico (artículo 56 del TRLA).

correspondientes al Orden del día de la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográf‌ica del Segura de 16

de julio de 2020, así como los acuerdos de convalidación de aquellos adoptados en los puntos:

2).- Ratif‌icación de los acuerdos adoptados en los puntos 3 y 4 del orden del día en la Junta de Gobierno celebrada el 16 de julio de 2020, mediante el ejercicio del derecho de voto de todos los miembros del órgano colegiado, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 19.3.c) de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Publico, de 1 de octubre.

4).- Acuerdo a adoptar: Aprobación de la ampliación del perímetro de la zona afectada desde el punto de vista cuantitativo por la declaración de la MaSub 070.052 Campo de Cartagena, en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico de la Junta de Gobierno de dicho Organismo de cuenca de fecha 16 de octubre de 2020, imponiendo a la Administración demandada el pago de las costas causadas.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. D.ª ASCENSION MARTIN SANCHEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 16 de septiembre de 2020, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la inadmisibilidad del recurso respecto al acuerdo adoptado en el punto 5 del orden del día de la Junta de Gobierno de 16 de julio de 2020, o subsidiariamente su desestimación y desestime las restantes pretensiones de la demandante, conf‌irmando los actos administrativos impugnados, y condenado a la parte contraria a todas las costas.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día de 21 de Abril de 2023.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dirige la parte actora el presente recurso contencioso-administrativo, como ya hemos anticipado en el encabezamiento, contra los Acuerdos adoptados en la Junta Gobierno de la Confederación Hidrográf‌ica del Segura, celebrada el 16/07/2020, correspondientes a los puntos 3, 4 y 5 del orden del día, que venían previstos en la convocatoria de dicha Junta, y que en extracto fueron publicados en el BOE de 01/08/2.020, n.º 208, tal y como se han detallado en los antecedentes de la presente sentencia; y, tras la ampliación del recurso, contra los acuerdos de la Junta de Gobierno de la CHS de 16 de octubre de 2020 de convalidación de aquellos, en concreto los puntos 2 y 4 del orden del día de la de 16 de octubre de 2020.

La parte actora, tras exponer los antecedentes previos a la Junta de Gobierno de 16 de julio de 2020, basa su recurso en los siguientes argumentos:

  1. - Vulneración de las reglas que regulan el procedimiento de convocatoria de la sesión de órganos colegiados y remisión de la documentación en tiempo y forma.

    La documentación relativa a los asuntos a tratar en el Orden del día no fue entregada a los miembros de la Junta al ser convocados, sino que fue puesta a su disposición mediante correo electrónico en el que comunica la puesta a disposición en la sede electrónica de CHS de la documentación relativa a los asuntos a tratar. Dicho correo electrónico se remitió a las 10.56 horas del día 14 de julio, es decir, con 48 horas y cuatro minutos de antelación. Pero lo cierto es que en ese momento solo se puso a disposición de los miembros de la Junta una parte de la documentación, ya que con posterioridad -a lo largo del día 14- se fueron subiendo a la sede electrónica del Organismo de Cuenca el resto de la documentación.

    - En la fecha y hora indicadas en la convocatoria, se celebró la Junta de Gobierno, y en la misma se puso de manif‌iesto por varios de sus miembros la irregularidad cometida en la convocatoria, al no haber sido puesta a su disposición la documentación con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas. Sin embargo, el Presidente no tuvo en consideración dichas manifestaciones y decidió seguir adelante con la celebración de la reunión, en la que se aprobaron los acuerdos que venían propuestos y que se publicaron en el Boletín Of‌icial del Estado de fecha 1 de agosto de 2020, formulando mi mandante en tiempo y forma el recurso inicial de este procedimiento, que tenía por objeto los acuerdos adoptados en los puntos 3, 4 y 5 del Orden del día.

    .- Al ser consciente el Organismo de cuenca de la nulidad de .los acuerdos adoptados, intentó validar los mismos mediante la convocatoria de una nueva reunión de la Junta de Gobierno para el día 16 de octubre de 2020, con el siguiente Orden del día, en el que se resaltan en negrita los puntos que son objeto del presente recurso:

    1).- Aprobación del acta de la sesión anterior de 16 de julio de 2020.

    2).- Ratif‌icación de los acuerdos adoptados en los puntos 3 y 4 del orden del día en la Junta de Gobierno celebrada el 16 de julio de 2020, mediante el ejercicio del derecho de voto de todos los miembros del órgano colegiado, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 19.3.c) de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, de 1 de octubre.

    3)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR