SAP Murcia 114/2023, 26 de Enero de 2023

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Murcia, seccion 4 (civil)
Fecha26 Enero 2023
Número de resolución114/2023

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00114/2023

Modelo: N10250

SCOP CIVIL, PASEO DE GARAY, Nº 5, MURCIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Teléfono: 968 229119 Fax: 968 229278

Correo electrónico:

Equipo/usuario: 002

N.I.G. 30030 42 1 2020 0001341

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0001622 /2022

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 15 de MURCIA

Procedimiento de origen: LSG LIQUIDACION SOCIEDADES GANANCIALES 0000074 /2020

Recurrente: Indalecio, Eva

Procurador: MARIA ESTHER LOPEZ CAMBRONERO, CARMEN DE LA FE FORTES PARDO

Abogado: ENRIQUE PUIGCERVER MARTINEZ, MERCEDES MURCIA MAZON

Recurrido:

Procurador:

Abogado:

Ilmos. Sres.

Don Carlos Moreno Millán

Presidente

Don Francisco José Carrillo Vinader

Don Juan Antonio Jover Coy

Magistrados

SENTENCIA Nº 114

En la ciudad de Murcia, a veintiséis de enero de dos mil veintitrés.

Esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia ha visto en grado de apelación los presentes autos de procedimiento de liquidación de sociedad ganancial (formación de inventario) que con el número 74/2020 se han tramitado en el juzgado civil nº 15 (Familia) de Murcia entre las partes como actora y apelante don Indalecio representado por la procuradora Sra. López Cambronero y dirigido por el letrado Sr. Puigcerver Martínez; y como parte demandada y también apelante doña Eva representada por la procuradora Sra. Fortes Pardo y dirigida por la letrada Sra. Murcia Mazón. Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Civil citado dictó sentencia en estos autos con fecha 8 febrero 2022 cuyo Fallo es del siguiente tenor literal:

"

FALLO

ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda presentada por la Procuradora Dª. López Cambronero, en representación de D. Vicente, frente a Dª. Eva :

  1. ) APRUEBO EL INVENTARIO DE LA SOCIEDAD ECONÓMICA DE GANANCIALES con el siguiente contenido:

    1. ACTIVO:

      1. - Vivienda sita en AVENIDA000, num. NUM000, NUM001 de Murcia, en la parte ganancial, siendo la otra parte privativa de D. Vicente, debiendo determinarse el porcentaje de cada una de dichas partes y su valoración en sede de liquidación, a la vista de la fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      2. - Vivienda sita en la Manga del Mar Menor, San Javier.

      3. - Local Comercial sito en Calle Emilio Macabich, numero 6-Bajo, C.P. 30.150, La Alberca, Murcia.

      4. - Negocio "Clinica Dental Cristina Gascon", que debe incluir: El valor del negocio, sin contar el valor que le añade las cualidades personales de Dª. Eva («fondo de comercio subjetivo», que no es transmisible), debiendo llevarse a cabo dicha valoración a fecha de la disolución del régimen económico matrimonial.

        Lo s rendimientos netos del mismo, esto es, excluidos los gastos, entre los que se encontrarán los salarios efectivamente percibidos por Dª. Eva . Estos rendimientos netos deberán incluirse hasta la liquidación de la sociedad conforme a lo establecido en los fundamentos de la presente resolución.

      5. - El salario obtenido por ambas partes hasta la fecha de disolución del régimen matrimonial, en cuanto al remanente de los mismos a la fecha de disolución, sin perjuicio de poder reclamarse en el correspondiente procedimiento ordinario, por las cantidades que hayan sido destinadas a la adquisición o abono de cargas o gastos de carácter privativos abonados con dichos salarios y no reclamados en el presente procedimiento.

      6. - Valor del vehiculo marca Mazda matricula .... KRX .

      7. - Saldo de la cuenta corriente existente en Banco de Sabadell terminada en NUM002 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      8. - Saldo de la cuenta corriente existente en Banco de Sabadell terminada en NUM003 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      9. - Saldo de la cuenta corriente existente en Bankinter terminada en NUM004 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      10. - Saldo de la cuenta corriente existente en Bankia (antes BMN) terminada en NUM005 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      11. - Saldo de la cuenta corriente existente en Bankia (antes BMN) terminada en NUM006 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      12. - Saldo de la cuenta corriente existente en Bankia terminada en NUM007 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      13. - Saldo de la cuenta corriente existente en Bankia terminada en NUM008 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      14. - Saldo de la cuenta corriente existente en Bankinter NUM009 aperturada por D. Vicente el 18 de mayo de 1995 y que tenía un saldo con caracter privativo del Sr Indalecio previo a la fecha de celebracion del matrimonio

        de 21.261 euros, siendo ganancial el saldo a fecha de disolución deducido el saldo privativo actualizado con IPC a fecha de disolución.

      15. - Saldo de la cuenta corriente existente en Caja Rural Central con número: NUM010 a fecha de disolución de la sociedad de gananciales.

      16. - Fondo de inversión NUM011 en Bankinter, debiendo f‌ijarse el importe perteneciente a la sociedad de gananciales a fecha de disolución de la misma y formando parte del patrimonio de la sociedad los benef‌icios o rendimientos derivados de dicho fondo, en su parte ganancial, hasta la liquidación de la sociedad, siendo privativa de cada una de las partes las aportaciones que hubieran efectuado con posterioridad a la disolución, así como los benef‌icios o rendimiento de dichas aportaciones.

      17. - Saldo a la fecha de la disolución de la cuenta existente en la entidad ING, con número NUM012, con la misma prevención ya establecido en cuanto al fondo de inversión, en cuanto a los benef‌icios o rendimiento de dicha cantidad posteriores a la fecha de disolución y hasta la liquidación.

      18. - Mobiliario del domicilio familiar, consistente en mesa de madera de teca de terraza con 4 sillas y 2 sillones; sofá de cuatro plazas con chaise longue; dos lamparas de techo de diseno; mesa de madera; mesa de television; television; libreria a medida; 2 muebles de libreria de alto en bajo; sillon giratorio; mesa de comedor de cristal extensible para 8 personas, 2 muebles con cajones y ruedas; muebles de cocina de alto en bajo de dm lacado en blanco brillo; frigorif‌ico liebherr; microondas; horno de 90 cm smeg; vitroceramica de cinco fuegos balay; lavadora siemens; secadora siemens; campana extractora Aeg; armario en el pasillo a medida; armario vestidor; armario pequeno con espejo; dos camas con mesilla; cama de matrimonio con dos mesillas; comoda con cajones; mueble cama nido con cajones lacado en blanco; escritorio lacado en blanco.

      19. - Mobiliario de la vivienda de la Manga, consistente en mesa de terraza de cristal con sillas de trenzado sintetico de 10 plazas; sofa con cahise longue y rinconera de trenzado sintetico; mesa de comedor industrial con 8 sillas de polipiel; sofa de piel de 2 plazas; sofa de polipiel de 4 plazas con chaise longue; dos mesas de madera; mesa para la television; television; aparador de madera; muebles de cocina de dm lacado en blanco, con silestone en encimera y mesa; cinco sillas de polipiel, campana extractora; horno; frigorif‌ico americano; lavadora; placa de induccion; cama de matrimonio con cabecero tapizado y dos mesillas de noche; cama de matrimonio con cabecero tapizado y dos mesillas de noche; dos camas de 105 cm con sus cabeceros y una mesilla de noche de madera; dos camas de 105 cm con sus cabeceros y una mesilla de noche de madera; mueble cama nido lacado en blanco.

      20. - Crédito de la sociedad de gananciales frente a D. Vicente por el importe actualizado de las aportaciones realizadas al plan de pensiones en la entidad Bankinter, del que es titular el citado D. Vicente, debiendo computarse a dichos efectos las aportaciones efectuadas constante matrimonio y hasta la fecha de la liquidación, asi como el importe actualizado de los rendimientos de dichas cantidades, si los hubieran generado en dicho plan de pensiones.

      21. - Cartera de valores y acciones de las que sea titular D. Vicente y sus rendimientos, adquiridas constante matrimonio y hasta la disolución del régimen matrimonial. Dichos valores y acciones deberán ser valorados de acuerdo con el valor que tuvieran en la fecha de disolución en la bolsa u otro mercado of‌icial en que pudieran cotizar y de no cotizar, habrá que computar su valor nominal o el que resulte del último balance de la sociedad. En el caso que hayan sido vendidas o se vendan antes de la disolución, el valor que tuviesen al ser enajenados.

    2. PASIVO:

      1. - Capital pendiente de abono a la fecha de la disolución del credito hipotecario otorgado por la entidad f‌inanciera Bankinter correspondiente al prestamo num. NUM013, que grava la vivienda sita en la Manga del Mar Menor.

      2. - Capital pendiente de abono a la fecha de disolución del prestamo hipotecario que grava el local comercial sito en La Alberca, concertado con la entidad bancaria Bankinter numero NUM014 .

      3. - Crédito a favor de D. Vicente y/o Dª. Eva por las cantidades abonadas por estos desde la fecha de la disolución, hasta la liquidación, en concepto de cuotas y otros gastos derivados de los préstamos con garantía hipotecaria de los ordinales segundo y tercero del activo (seguros de vida, penalización por cuotas impagadas o similares), gastos ligados a la titularidad de los bienes inmuebles de la sociedad de gananciales (comunidad de propietarios, impuestos, etc), así como los gastos realizados para la conservación y mantenimiento de dichos bienes.

      Lo s gastos por suministros de agua, electricidad, gas y similares de los bienes inmuebles de la sociedad de gananciales deberán ser abonados por aquel que tenga concedido el uso de cada inmueble y en el caso de no ser usado por ninguna de las partes o en el tiempo proporcional a dicha falta de uso, seran a cuenta de la comunidad "post-ganancial" en la que participan...

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