STSJ Cataluña 1160/2023, 20 de Febrero de 2023

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1160/2023
Fecha20 Febrero 2023

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08121 - 44 - 4 - 2019 - 8041959

F.S.

Recurso de Suplicación: 4796/2022

ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

ILMA. SRA. M. TERESA OLIETE NICOLÁS

En Barcelona a 20 de febrero de 2023

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1160/2023

En el recurso de suplicación interpuesto por METALOGENIA, S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Mataró de fecha 1 de septiembre de 2021 dictada en el procedimiento nº 776/2019 y siendo recurrido/a INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (INSS), Ariadna y TRESORERIA GENERAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (TGSS), ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. José Quetcuti Miguel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Accidente de trabajo, en la que el actor, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 1 de septiembre de 2021 que contenía el siguiente Fallo:

ESTIMAR la demanda interpuesta por la demandante Ariadna, dirigida f‌inalmente contra el INSS y la TGSS y contra la empresa "METALOGENIA, SA, IMPONIENDO a la empresa demandada "METALOGENIA, SA" un recargo del 50% sobre las prestaciones derivadas del accidente de trabajo sufrido en fecha 2 de septiembre de 2012 por el trabajador de la empresa, Alexander, CONDENANDO a las partes demandadas a estar y pasar por esta resolución y a la

empresa demandada "METALOGENIA, SA" a su pago.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La demandante Ariadna, con DNI NUM000, es viuda del Sr. Alexander, con DNI NUM001, que falleció en fecha 17 de febrero de 2014.

SEGUNDO

Alexander trabajaba para la empresa "METALOGENIA, SA" desde fecha 7 de enero de 2003, concretamente en el centro de trabajo ubicado en Premià de Mar, ostentando la categoría de Operario grupo 5, utilizando una máquina denominada STACK II, destinada al proceso de moldeo de piezas de metal.

TERCERO

La viuda del trabajador recibió resolución del INSS de fecha 8 de abril de 2014 en la que se le reconocía el derecho a percibir pensión de viudedad, derivada de enfermedad común, con efectos desde el día 18 de febrero de 2014.

CUARTO

La sentencia dictada en fecha 6 de octubre de 2016 por el Juzgado Social 28 de Barcelona declaró la pensión de viudedad derivada de contingencia profesional, y dicha sentencia fue conf‌irmada por la dictada en fecha 2 de noviembre de 2017 por el TSJ de Cataluña.

La sentencia del Juzgado Social 28 de Barcelona declaró los siguientes hechos probados:

"PRIMERO.- Ariadna ... es viuda de Alexander, quien falleció el 17 de Febrero de 2.014, como consecuencia de un deterioro progresivo de la enfermedad pulmonar que padecía, por exposición laboral continuada a los isocianatos, exacerbada por la inhalación de gas tóxico (dietilamina) el 26 de Septiembre de 2.012.

SEGUNDO

El 8 de Abril de 2.014, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD

SOCIAL declaró el derecho de la actora a percibir la pensión de viudedad, derivada de Enfermedad Común, sobre el 52% de la Base Reguladora de 1.825,48 Euros mensuales, con efectos del 18 de Febrero de 2.014.

TERCERO

El causante trabajó para la Empresa METALOGENIA, S. A., con Código de Identif‌icación Fiscal A08103046, desde el 7 de Enero de 2.004, con la Categoría Profesional de Operario Grupo 5, llevando una máquina Stack II, con centro de trabajo en el Pasaje San Juan Bautista de La Salle, 40, de Premià de Mar, coincidente con el domicilio social de la Empresa.

El equipo de trabajo de esa máquina hace el proceso de moldeo para piezas de metal.

El proceso de trabajo consiste en mezclar arena silícea refractaria con productos auxiliares dentro de la zona de prensado, en la cual se ha colocado previamente un

molde con un "noyo" que da forma a la "mota" que se fabrica.

Mediante las órdenes que da el operario desde el panel de control del equipo, se introduce el molde con el "noyo", la arena, los productos auxiliares y la presión necesaria para que quede fabricada la "mota".

Cuando el proceso f‌inaliza, el operario da la orden de retirar el molde de la zona de mecanización y se limpia la arena que haya podido quedar en el interior de la máquina.

CUARTO

El causante, desde el inicio de su relación laboral, vino sufriendo las enfermedades siguientes, a consecuencia de su trabajo:

Rinitis alérgica, neumonía y f‌ibrosis pulmonar.

Sus últimas bajas fueron las siguientes:

  1. 26 de Septiembre de 2.012: Por contingencias profesionales, por la Mutua FREMAP.

    Diagnóstico:

    Intoxicación accidental secundaria a inhalación de dietilamina (CIE9 MC E869.4).

  2. 13 de Noviembre de 2.012: Baja por mareo, por contingencias comunes.

    Hipoxemia con función pulmonar gravemente reducida (FVC 44%). DLCO 17% en la revisión de FREMAP un mes antes), de acuerdo con informe del Hospital Clínico de

    2.013, de inestabilidad y cefalea bilateral opresiva que empeora con el esfuerzo físico.

  3. 5 de Diciembre de 2.012:

    Por recaída, por contingencias profesionales, por la Mutua FREMAP.

    Efecto tóxico de otros gases, humos y vapores: CIE 9 MC 987.

    Alta: 21 de Diciembre de 2.012.

  4. Por recaída, por contingencias profesionales, por la Mutua FREMAP.

    4 episodios iguales de "accidentes de trabajo", que indican rotes respiratorios agudos provocados por exposiciones al ambiente habitual de trabajo e hipersensibilidad a productos manejados o a los vapores generados.

    Todos los partes de la Mutua FREMAP son por contingencias profesionales.

  5. 27 de Agosto de 2.013: Médico de Familia, por contingencia común.

    Otras enfermedades intersticiales con f‌ibrosis ICD-10 J 84.1.

    Alta de 2 de Septiembre de 2.013.

    Causa del alta:

    Mejoría que permite el trabajo habitual (de Conserje, desde Abril de 2.013).

  6. 30 de Octubre de 2.013.

    Otras enfermedades intersticiales con f‌ibrosis ICD-10 J 84.1.

QUINTO

El 15 de Enero de 2.013, el Servei de Pneumologia del Hospital Clínic de

Barcelona informó:

Diagnóstico de Neumonía intersticial descamativa en 2.009 (clínico-radiológico y anatomopatológico desde

2.007 en Mataró) con afectación restrictiva y disminución

severa de la difusión.

En tratamiento con corticoides y microfenolato.

Inhaló dietilmetilamina el 26 de Septiembre de 2.012.

En la reincorporación al trabajo, presentó síntomas respiratorios y sistémicos en relación con la exposición.

Alteración severa de la espirometría y ALCO.

Estaba gravemente enfermo desde 2.007 con severidad constatada desde 2.009.

En las revisiones laborales de MAPFRE se aplicaba un protocolo de asma laboral, dada la exposición a isocianatos y fenol y de riesgo de silicosis por la arena silícea refractaria.

La primera revisión disponible de MAPFRE (2.010) constató un resultado "anormal" y demostró una CVF del 43%, valor considerado severo-grave, que habitualmente da lugar a la incapacidad permanente absoluta en un paciente respiratorio crónico.

SEXTO

El 22 de Abril de 2.013, Jesus Miguel ... de Industrial Operativos VP de la Empresa le comunicó el cambio de su puesto de trabajo (Operario de moldeo de noyos) al de

Conserje Nocturno a causa de un ajuste administrativo por reducción de plantilla por

disminución de las necesidades de producción, que pasó de 7.000 a 4.000 toneladas, pasando de 29 operarios a 20 en la sección de modelaje.

El Servei de Vigilància de la Salut de FREMAP le calif‌icó como no apto para su anterior puesto, por sus limitaciones para ocupar puestos que se desempeñen con agentes que puedan dif‌icultar la respiración (polvos, sustancias químicas).

SÉPTIMO

El 31 de Octubre de 2.013, el Hospital Clínico informó:

Ingresa por disnea. Había ido a urgencias el 27 de Agosto de 2013.

Neumopatía intersticial de cinco años de evolución diagnosticada en el Hospital de Mataró, controlada en el Hospital Clínico.

Evaluación funcional de insuf‌iciencia ventilatoria restrictiva muy severa:

PFR 2013. 10.10: FVC 1.16 (36%) FEV1 1,36 (39%) FEV1% 85% TLC 2.70 (39%)

DLCO 27% VR 49%.

(empeoramiento respecto al estudio de abril).

Gravísima desaturación de oxígeno en sangre arterial al esfuerzo:

Desaturación f‌inal al 6MWT de 76%.

TAC: Patrón intersticial bilateral con intensas áreas de vidrio deslustrado, engrosamientos septales, bronquiectasias y bronquiolectasias por tracción compatibles con neumonía intersticial sugestiva de NINE.

OCTAVO

El 18 de Febrero de 2.014, el informe de autopsia de anatomía patológica del Hospital Clínic informó:

Limitado a cavidad torácica.

Epicrisis Provisional:

Ex fumador de 20 años (total acumulado de diez paquetes al año).

Trabajador de la industria del metal (fabricación de piezas de hierro para excavadoras desde 2.003).

Exposición aguda laboral (supuestamente) a dietimetilamina en 2.012 (compuesto mixto de amoníaco y metanol).

Inicio de síntomas en 2.007.

El estudio llevó al diagnóstico radiológico de NOC-NINE-AAE.

Patología de NI descamativa en 2.007 (biopsia transbronquial).

Exacerbación aguda por gripe A con sobreinfección por la cual ingresó el 10 de Febrero de 2.014 y murió el 17 de Febrero de 2.014 por fracaso respiratorio agudo.

Patología pulmonar crónica severa con condensaciones pulmonares irregulares marcadas y...

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