AAP Barcelona 1760/2022, 3 de Noviembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1760/2022
Fecha03 Noviembre 2022

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN 21ª

ROLLO nº 1281/2022-A.

Origen: Expediente nº 35228

del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 4 de Catalunya.

AUTO nº 1760 /2022.

Ilmos. Sres:

Dña. Mª Isabel Delgado Pérez,

D. Pablo Díez Noval,

D. Luís Belestá Segura.

En Barcelona, a tres de noviembre de dos mil veintidós.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 4 de Catalunya dictó en fecha 29 de septiembre de 2022, en su Expediente nº 35228, providencia por la que, entre otros pronunciamientos, acuerda: "En cuanto a la petición efectuada en su escrito de fecha 10.08.2022, estese a lo acordado en resolución de fecha 10.11.2020, dictada por este Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Cuatro y conf‌irmada por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 21- en fecha 28.01.2021.

Notif‌icada la anterior resolución, don Salvador, asistido por el letrado don José Barrer Ruiz, interpuso contra la misma recurso de apelación, interesando se revoque la resolución y, en su lugar, se dicte otra que acuerde el traslado del interno a Rumanía para cumplimiento del resto de la pena impuesta. Admitido a trámite el recurso, se dio traslado al Fiscal, que lo impugnó, tras lo cual se remitió testimonio de particulares a la Audiencia Provincial de Barcelona, correspondiendo la resolución a esta Sección 21ª, en la que ha tenido entrada el día 24 de octubre del año en curso.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Pablo Díez Noval, que expresa el parecer unánime de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO. 1. La defensa del interno don Salvador impugna la providencia dictada por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 4 de Catalunya en fecha 29 de septiembre del año en curso que, por remisión a los autos del 10 de noviembre de 2020 del mismo juzgado y 28 de enero de 2021, de esta Sección nº 21, desestima su petición de trasmisión de las penas para ejecución en su país, Rumanía. Como argumentos del recurso la defensa del sr. Salvador aduce que las circunstancias actuales dif‌ieren de las consideradas al dictar las resoluciones por

las que en un momento previo se denegó la solicitud. Cabe completar las razones del letrado con las ofrecidas personalmente por el interno en sus escritos, en los que apela al arraigo y vínculos familiares que mantiene en Rumanía y de los que carece en España.

  1. La solicitud del sr. Salvador ya fue objeto de estudio y de rechazo en el auto dictado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 4 de Catalunya en fecha 10 de...

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