AAP Castellón 88/2022, 4 de Febrero de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución88/2022
Fecha04 Febrero 2022

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION PRIMERA

CASTELLÓN

Rollo de Apelación Penal nº 43/2022

Pieza de Situación Personal núm. 4/2021

Juzgado de Instrucción nº 3 de Vinaroz

A U T O N.º 88

Ilmos. Señores:

Presidente:

DON CARLOS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ

Magistradas:

DON ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

DOÑA AURORA DE DIEGO GONZALEZ

-----------------------------------------------------En la Castellón de la Plana, a 4 de febrero de 2022.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados anotados al margen, ha visto el presente Rollo nº 43/2022, incoado en virtud del recurso interpuesto contra el Auto de fecha 28 de diciembre de 2021, dictado por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Vinaroz enla Pieza de Situación Personal4/2021 de las Diligencias Previas núm. 590/2021 seguidas por un presunto delito contra la salud pública.

Han intervenido en el recurso, como APELANTE, Braulio, representado por la Procuradora Dª Mª de los Ángeles Bof‌ill Fibla, y defendido por el Letrado D. Vicente Ibor Asensi, ycomo APELADO, el Ministerio Fiscal, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Aurora de Diego González que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la referida Pieza de Situación Personal con fecha 28 de diciembre pasado se dictó Auto que conf‌irmó la prisión provisional, comunicada y sin f‌ianza de Braulio, como presunto responsable de un delito contra la salud pública.

SEGUNDO

Notif‌icada dicha resolución a las partes, se admitió a trámite el subsidiario recurso de apelación por la defensa del investigado, al que se opuso el Ministerio Fiscal, tras lo que se remitió a esta Audiencia el

oportuno testimonio de particulares, que fue repartido a esta Sección 1ª donde se formó el correspondiente Rollo, señalándose la deliberación y votación del Tribunal el día 3 de febrero de 2022 en que ha tenido lugar.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

SE ACEPTAN los de la resolución recurrida, y

PRIMERO

Se recurre la decisión judicial que acuerda mantener la medida cautelar de prisión provisional comunicada y sin f‌ianza del investigado, solicitando de la Sala su revocación y el dictado de resolución que acuerde su puesta en libertad con las medidas cautelares que se estimen convenientes. Argumenta en apoyo de su petición que son débiles los indicios que existen en su contra, sin que participase en las tareas de trasporte y carga de las sustancias tóxicas, careciendo de vinculación alguna con el resto de investigados. Añade que no concurre riesgo de fuga, pues dispone de arraigo familiar y laboral, a lo que suma su condición de consumidor de sustancias, lo que, en su caso, reduciría el alcance de su responsabilidad.

El Ministerio Fiscal impugna el recurso solicitando su desestimación.

SEGUNDO

Ladoctrina reiterada del Tribunal Constitucional ( STC 95 de 7 de mayo de 2012), af‌irma "que nuestra Constitución, habida cuenta del valor cardinal que la libertad personal tiene en el Estado de Derecho,...

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