AAP Santa Cruz de Tenerife 681/2022, 19 de Septiembre de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 681/2022 |
Fecha | 19 Septiembre 2022 |
?
SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
Avda. Tres de Mayo nº 3 - 2ª Planta
Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922 34 94 51-49
Fax: 922 34 94 50
Email: s06audprov.tfe@justiciaencanarias.org
Rollo: Apelacion autos
Nº Rollo: 0001012/2021
NIG: 3803843220180012797
Resolución:Auto 000681/2022
Proc. origen: Ejecutoria Penal / Expediente de ejecución Nº proc. origen: 0000053/2021-00
Jdo. origen: Juzgado de lo Penal Nº 4 de Santa Cruz de Tenerife
Interviniente: Rollo De Sala 713/2021
Apelado: MAPFRE FAMILIAR CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS; Abogado: Fatima Perez Mendoza; Procurador: Mercedes Aranaz De La Cuesta
Apelante: Ruth ; Abogado: Jose Manuel Niederleytner Garcia Lliberos; Procurador: Paloma Aguirre Lopez Condenado: Federico ; Abogado: Rosa Maria Ramos Cruz; Procurador: Beatriz Soledad Ripolles Molowny Perjudicado: Fernando ; Procurador: Paloma Aguirre Lopez
AUTO
Ilmo. Sr. Presidente:
D. José Luis González González
Ilmos./as Sres./as Magistrados/as:
D. Emilio Moreno y Bravo (Ponente)
Dña. Beatriz Méndez Concepción
?
En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de septiembre de 2022
ÚNICO.- Con fecha 21 de junio de 2021 se dictó, por el Juzgado de lo Penal n.º 4 de Santa Cruz de Tenerife, Auto acordando el pago de la indemnización, en concepto de lesiones, por importe de 1.879,2€.
Contra dicho Auto se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de DÑA. Ruth . Recibidas las actuaciones se formó el Rollo nº 1012/2021, turnándose la ponencia que correspondió al Ilmo. Sr. Magistrado don Emilio Moreno y Bravo? quien expresa el parecer del Tribunal, tras su deliberación y votación.
ÚNICO.- Los argumentos plasmados en el recurso de apelación no van a ser acogidos por la Sala.
La valoración económica, realizada por la Jueza de instancia, es compartida por este Tribunal y lleva a cifrar los mismos en 1.879,2€.
Partimos de que la Jueza de instancia llevó a cabo la aplicación del Baremo del año 2021 pese a que el delito acaeció el 19 de noviembre de 2018.
Ahora bien, del "análisis de nuestra doctrina jurisprudencial se puede deducir que solo en supuestos específicos puede efectuarse en casación la revisión de la cuantía indemnizatoria, supuestos entre los que cabe señalar: 1º) cuando se rebase o exceda lo solicitado por las partes acusadoras; 2º) cuando se fijen defectuosamente las bases correspondientes; 3º) cuando quede patente una evidente discordancia entre las bases y la cantidad señalada como indemnización; 4º) cuando se establezcan indemnizaciones que se aparten de modo muy relevante de las señaladas ordinariamente por los Tribunales en supuestos análogos; 5º)...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba