AAP León 783/2022, 22 de Agosto de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución783/2022
Fecha22 Agosto 2022

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LEON

AUTO: 00783/2022

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 DE LEON

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

C/ EL CID, 20, LEÓN

Tfno.: Fax: 987 29 67 24

Equipo/usuario: MSD

Modelo: N31690

PROCEDIMIENTO: CC CUESTION DE COMPETENCIA 0000894 /2022

PLANTEADA:

ENTRE: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de ASTORGA

Proc. Origen: DPA DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000103 /2022

Y:

Proc. Origen:

AUTO Nº 783/22

Iltmos/a. Magistrados/a.:

Presidente:

D. CARLOS MIGUELEZ DEL RIO

Magistrados/a.:

D. FERNANDO JAVIER MUÑIZ TEJERINA (Ponente)

Dª NRIA VALLADARES FERNANDEZ

En la ciudad de León, a veintidós de agosto de dos mil veintidós.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial, constituida por los Señores del margen, habiendo sido Ponente

D. Fernando Javier Muñiz Tejerina, ha dictado la presente resolución en la Cuestión de Competencia 894/2022 promovida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Astorga en sus Diligencias Previas DPA 103/2022.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

- Por auto de 4 de abril de 2022 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Astorga de 4 de abril de 2022, dictado en sus Diligencias Previas DPA 103/2022, se acordó la inhibición a los Juzgados de la Bañeza, por entender que el primer robo con fuerza fue cometido en ese partido judicial, siendo además que las entradas y registros se realizaron en los domicilios ubicados en ese partido, en donde se tuvo constancia de los delitos contra la salud pública y tenencia ilícita de armas.

SEGUNDO

- El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de la Bañeza, dictó Auto de 28 de abril de 2022 en sus DPA146/2022 y acordó rechazar la inhibición por los motivos alegados en su fundamento de derecho tercero.

TERCERO

- Por auto de 29 de junio de 2022 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Astorga, se insistió en la inhibición a favor del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de la Bañeza y se elevó a la Audiencia Provincial de León, como superior jerárquico común, la presente cuestión de competencia

CUARTO

- Recibidas las actuaciones en esta Sección 3ª de la Audiencia Provincial de León se formó el expediente o rollo correspondiente y se acordó que, previo a resolver, se emitiese informe por el Ministerio Fiscal, que lo hizo, siendo del siguiente tenor literal: "El presente informe deviene de la tramitación de las diligencias previas con número 103/2022, procedentes del Jugado número 2 de Astorga, en la que ya se emitió informe de competencia, en fecha 27 de mayo de 2022, y que paso a describir a continuación: En las referenciadas se investiga la presunta comisión de varios delitos atribuidos a diferentes personas, principalmente delitos de robo con fuerza en casa habitada (cometidos en el partido judicial de La Bañeza, principalmente, así como en Astorga), tenencia ilícita de armas y tráf‌ico de drogas, En relación a las primeras diligencias practicadas, estos son diligencias de entrada y registro en domicilios de la localidad de la Bañeza, pero acordadas por el Juzgado de Instrucción número 2 de Astorga; en relación a los presuntos delitos de robo con fuerza, si entendemos su conexidad, ex artículo 17 de la LECRIM, el criterio a aplicar se contiene en el artículo 18, dónde, ante igualdad de penas, le correspondería instruir a...

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