SAP Madrid 83/2023, 7 de Febrero de 2023

JurisdicciónEspaña
Fecha07 Febrero 2023
Número de resolución83/2023

Sección nº 06 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ de Santiago de Compostela, 96, Planta 6 - 28035

Teléfono: 914936868,914934576

Fax: 914934575

seccionsexta6@madrid.org

37051530

N.I.G.: 28.079.00.1-2019/0188002

Procedimiento Abreviado 212/2022

Delito: Administración desleal

O. Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 03 de Madrid

Procedimiento Origen: Procedimiento Abreviado 2707/2019

SENTENCIA Nº 83 /2023

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS

D. JULIÁN ABAD CRESPO

Dª. Mª DE LA ALMUDENA ÁLVAREZ TEJERO (PONENTE)

Dª INMACULADA LÓPEZ CANDELA

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En Madrid, a 7 de febrero de 2023.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, la causa número 2707/2019, por un delito de administración desleal, procedente del Juzgado de Instrucción nº 3 de Madrid, seguida por el trámite de procedimiento abreviado, contra Virgilio, mayor de edad, con DNI NÚMERO NUM000

, sin que consten antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, teniendo lugar el juicio el día 31 de enero de 2023, y en la que han sido parte el Ministerio Fiscal, y la Acusación Particular, ejercida por Dª Regina, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª ROSA MARTINEZ SERRANO y defendida por la Letrado Dª EVA MARIA NUÑEZ-BENEITEZ y dicho acusado, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª SARA MARTIN MORENO, defendido por el Letrado D. J. J. PEÑA siendo Ponente la Magistrada de la Sección Ilma. Sra. Dª. Mª de la Almudena Álvarez Tejero, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones,, calif‌icó los hechos de autos como constitutivos de un delito DE ADMINISTRACIÓN DESLEAL tipif‌icado en el art. 252.1 del Código Penal en relación con el art. 250. 1.5º del mismo texto legal, del que responde el acusado en concepto de autor, sin la concurrencia de circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad criminal, solicitando se le impusiera la pena de tres años de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 9 meses con una cuota diaria de 12 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria establecida en el art. 53 del Código Penal y las costas y multa de 9 meses con una cuota diaria de 12 euros,, con responsabilidad personal subsidiaria de cinco meses caso de impago, y costas.

E intereso que el acusado indemnizará a Regina en el 50 % de las cantidades que distrajo y pertenecían a las sociedades propiedad de ambos ya disueltas, en concreto el 50% de 83.027,09 euros más IVA por las cantidades facturadas en 2019 por la nueva sociedad tras el traspaso de los contratos. El 50% de las cantidades s transferidas a su cuenta particular que pertenecían, a las sociedades propiedad de ambos, 17.000 euros y

18.000 euros. Alternativamente intereso que se indemnizara en el 100 % de las cantidades mencionadas a VALTRI ASESORES SL.

Solicitando que la entidad mercantil NOVA CONSILIUM LEXIA SL, respondiera directa y solidariamente con el acusado, en calidad de participe a título lucrativo de la responsabilidad civil, o subsidiariamente en concepto de responsable civil subsidiario.

La Acusación Particular calif‌ico los hechos como constitutivos de un delito de administración desleal del artículo 252.1 del Código Penal, en relación con el artículo 250.1.5º del mismo texto legal, interesando se le impusiera la pena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 9 meses con cuota diaria de 12 euros, con la responsabilidad subsidiaria establecida en el artículo 53 del Código Penal y pago de las costas del procedimiento incluidas las de la Acusación Particular. E interesando que en concepto de responsabilidad civil deriva del delito, que el acusado indemnice a Dª Regina con la cantidad correspondiente al 50 % del capital distraído, así el 50% de 83.027 euros, más IVA, 50% de 17.000 y 18.000 euros, cantidades que deberán ser incrementadas con el interés legal devengado de conformidad con lo prevenido en el artículo 576 de la LEC.

E interesando que la mercantil NOVA CONSILIUM LEXIA, responda directa y solidariamente con el acusado, en calidad de participe a título lucrativo ( art. 122 CP) o subsidiariamente del pago de todas las cantidades, de conformidad con lo prevenido en el artículo 120.4 del Código Penal.

SEGUNDO

La defensa del acusado, en igual trámite, solicitó la libre absolución del mismo, al mostrar su disconformidad con la calif‌icación del M. Fiscal y de la Acusación Particular, al entender que los hechos no son constitutivos de infracción penal, y en todo caso ser de aplicación el artículo 268 excusa absolutoria.

  1. HECHOS PROBADOS

  1. -El 9 de mayo de 2006 el matrimonio formado por Virgilio y Regina, constituyeron la entidad VALTRI ASESORES SL, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Gerardo Muñoz, con un capital de 3.010 euros, suscribiendo, cada uno de ellos, el 50 % de las participaciones sociales, estableciendo como domicilio social, su domicilio familiar, sito en la CALLE000 nº NUM001 de Madrid, teniendo como objeto social la prestación de servicios de consultoría y asesoramiento f‌iscal, laboral, contable y jurídico para todo tipo de empresa, la elaboración de estudios, auditorias e informes globales de gestión, integrada de la empresa en todos sus aspectos contables, f‌iscales jurídicos, ambientales, marketing y publicidad, así como la adquisición, explotación y enajenación de bienes inmuebles. Nombrando como administrador único de la sociedad por plazo indef‌inido a Regina . Con fecha 22 de junio de 2006, la administrador única de VALTRI ASESORES SL., conf‌irió amplios poderes a Virgilio, que permitieron ejercer de administrador de hecho de la empresa. En fecha 24 de noviembre de 2011 Regina, en representación de VALTRI ASESORES SL, compró el local situado en la calle Ginzo de Limia nº 55 de Madrid, donde establecieron, en lo sucesivo la actividad empresarial.

  2. - El 17 de abril de 2012, Virgilio y Regina, constituyeron la sociedad VIMARA ASESORES SL, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Francisco Javier Vigil De Quiñones, con un capital social de 3000 euros, suscribiendo cada uno de ellos el 50% de las participaciones sociales, estableciendo como domicilio social en la calle Ginzo de Limia, número 51, nombrando como administradora única por plazo indef‌inido a Regina, quien ese mismo día conf‌irió amplios poderes a Virgilio . Siendo el objeto social de la sociedad, el mismo que el de la sociedad VALTRI ASESORES SL.

  3. -En el mes de febrero de 2018 surgió una crisis en la pareja que concluyó en divorcio, por sentencia de fecha

    4 de diciembre de 2018.

    Revocando el acusado la f‌irma a terceros, de la que disponía por ser economista y estar colegiado, que es la que venían utilizando para la presentación de impuestos y otras gestiones

  4. -En el mes de noviembre de 2018 Regina convoco una Junta General Extraordinaria, de VALTRI SL y de VIMARA SL, para acordar la disolución y liquidación de las mencionadas sociedades Celebrándose en diciembre de 2018, las juntas de las dos sociedades acordándose la disolución de ambas y la apertura de liquidación, nombrándose como liquidadores a Regina y a Virgilio, estableciéndose un plazo de tres meses para inventario y balances, no llevándose a cabo la liquidación.

  5. -El día 10 de enero de 2019 Virgilio constituyo la sociedad NOVA CONSILIUM LEXIA SL, ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Francisco Javier Vigil de Quiñones Parga, con un capital social de 3.200 euros. Repartiéndose las participaciones suscritas, 3.000 participaciones sociales de Virgilio, 100 participaciones sociales a su hija Claudia, nacida el NUM002 de 1996 y 100 participaciones a su hijo Leon nacido el NUM003 de 2000.

    Siendo el objeto social de NOVA CONSILIUM LEXIA SL, el asesoramiento contable, f‌iscal, laboral y f‌inanciero y mercantil y cualquier otro tipo de asesoramiento empresarial tanto a persona jurídica como a persona física, bien directamente o bien mediante terceros subcontratados, la adquisición, tenencia, enajenación disfrute, explotación y administración de toda clase de bienes inmuebles rústicos y urbanos o participaciones o cuotas indivisas de los mismos, así como la adquisición, tenencia, enajenación, disfrute, explotación y administración de toda clase de bienes inmuebles, títulos valores, derechos y participaciones sociales, nombrando como administradora única, por plazo indef‌inida a Claudia y otorgando esta, el mismo día de la constitución de la sociedad escritura de apoderamiento a favor de su padre Virgilio .

  6. El el 87,44 % de la cartera de clientes, de las empresas familiares, VALTRI ASESORES SL y VIMARA ASESORES SL, se trasladaron a la nueva empresa de Virgilio también familiar, al haberla constituido con sus hijos, NOVA CONSILIUM LEXIA SL, en concreto : Gestoras de Servicios de Agua Urbanos AGA, Asociación Española de Abastecimiento de Agua y Saneamientos AEAS, Sociedad Española de Protección Radiológica Sepr., Auckland Corporte Servicios SL, BGT SL, Hallenges Gestión SL, Enocodi Gestión SL, Eyron Gestión SL, Inderva SL, Proinvest Gestión SL, Rovide Gestión SL, Centrales y recursos Hifraúlicos SL y Rainbow Cap. SL., facturando en el año 2019 a través de la nueva sociedad la cantidad de 83.027,09 euros.

    Los clientes que no pasaron a NOVA CONSILIUM LEXIA, suponían una facturación de 13.019,40 euros (Airod Sistemas SL, Garciteni Sl, Kubide Advance Web Development SL, Clavamedia Consultoria COmunciaciones SL, Información Gestión y Mercados SL, Topic Comunicación SL.

  7. Virgilio transf‌irió de la cuenta de VALTRI SL, a una cuenta personal, el 26 de noviembre de 2018, la cantidad de...

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