SAP Barcelona 695/2021, 4 de Noviembre de 2021

PonenteMARIA CELIA CONDE PALOMANES
ECLIECLI:ES:APB:2021:16610
Número de Recurso366/2021
ProcedimientoRecurso de apelación. Juicio rápido
Número de Resolución695/2021
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2021
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 20ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN VIGÉSIMA

ROLLO APELACIÓN APPRA NÚM. 366/2021 F

PROCEDIMIENTO ABREVIADO 342/2020

JUZGADO DE LO PENAL NÚM. 25 DE BARCELONA

SENTENCIA Nº. 695/2021

Magistrados:

José Emilio Pirla Gómez

Celia Conde Palomanes

José Ignacio Vicente Pelegrini

Barcelona, a 4 de noviembre de 2021

VISTO ante esta Sección el rollo de apelación núm. 366/2021 APPRA F, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 13 de julio de 2021 en el Juzgado de lo Penal núm. 25 de los de Barcelona en el Procedimiento Abreviado 342/2020, seguido por un delito de malos tratos a la expareja. El recurso de apelación lo interpuso el acusado Tomás, condenado en la instancia, representado por el Procurador Rubén Franquet Martin y defendido por la Letrada Eva María Bielsa Pons, siendo parte apelada el Ministerio Fiscal.

La Magistrada Ponente Celia Conde Palomanes expresa el parecer unánime del Tribunal, previa deliberación y votación.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Penal número 25 de Barcelona el 13 de julio de 2021 se dictó Sentencia en cuyo fallo la Magistrada dispone literalmente: CONDENO a Tomás como autor responsable de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia sobre la mujer, con la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia y la eximente incompleta de drogadicción, a la pena de 17 días de Trabajos en Benef‌icio de la Comunidad, y privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante el plazo de seis meses y dos días, así como la prohibición de acercarse a Angelina, a su domicilio, a su lugar de trabajo o cualquier lugar frecuentado por ésta a una distancia inferior a 200 metros, y por un periodo de SEIS MESES, y al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

Notif‌icada dicha resolución a todas las partes interesadas, contra la misma interpuso recurso de apelación, la defensa del condenado en instancia, en el que se pidió, después de invocar los motivos que

entendió oportunos, que se dicte otra sentencia en la que se revoque la de la instancia y se absuelva al apelante del delito por el que fue condenado con todos los pronunciamientos favorables.

TERCERO

Admitido a trámite dicho recurso se efectuó el correspondiente traslado al resto de las partes personadas, para que en el término legal formularan las alegaciones que tuvieren por conveniente a sus respectivos derechos, oponiéndose el Ministerio Fiscal a la estimación del recurso y solicitando la conf‌irmación de la sentencia recurrida.

CUARTO

Recibidos los autos, registrados en esta Sección y sin celebrarse vista pública al no estimarse necesaria, quedaron los mismos para Sentencia.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la sentencia de instancia, redactados literalmente de la siguiente manera:

ÚNICO. Probado y así se declara que el acusado Tomás, con NIE número NUM000, nacido en Palestina el NUM001 de 1987, en situación irregular en España y con antecedentes penales, siendo anterior y ejecutoriamente condenado en sentencia f‌irme de fecha 29/06/2018 dictada por el Juzgado de lo Penal número 25 de Barcelona por un delito de lesiones del art. 147 CP a la pena de doce meses de multa con una cuota diaria de cuatro euros, pendiente de cumplimiento, quien mantenía una relación sentimental con Angelina, sin convivencia y sin hijos en común, sobre las 22:30 horas del día 3 de septiembre de 2020, cuando se hallaba en la Plaza del Centro número 6 de Barcelona en compañía de su pareja Angelina, en el seno de una discusión, le propinó un puñetazo en la nariz. A consecuencia de estos hechos, no consta que la sra. Angelina sufriera lesiones.

En el momento de los hechos el acusado tenía considerablemente mermadas sus facultades intelectivas y volitivas por el consumo de sustancias tóxicas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación la defensa del Sr Tomás denuncia vulneración del derecho a la presunción...

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