AAP Zaragoza 275/2022, 24 de Mayo de 2022
Ponente | MARIA JOSEFA ANGELES GIL CORREDERA |
ECLI | ECLI:ES:APZ:2022:1168A |
Número de Recurso | 415/2022 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 275/2022 |
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2022 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 1ª |
A U T O Nº 000275/2022
Ilmo/as. Sr/as.
Presidente
D. ALFONSO BALLESTIN MIGUEL
Magistradas
Dª. MARÍA JOSEFA GIL CORREDERA
Dª. CONCEPCION ALDAMA BAQUEDANO
En Zaragoza, a 24 de mayo de 2022.
UNICO .- Con fecha 31/1/2022 por el juzgado de instrucción nº 1 de la Almunia, en las diligencias previas 119/2021 se dictó resolución acordando el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones, por un presunto delito de daños y otro de hurto contra Desiderio y Edemiro .
Posteriormente contra la citada resolución por el Procurador Juan José García Gayarre, en representación de Geobasis S.A.U, se interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación, solicitando la continuación de la instrucción de la causa, acordándose la unión a los presentes autos de todo lo actuado en la ejecución hipotecaria 597/2017, del juzgado de primera instancia de La Almunia seguido por Bantierra y en la que adjudicaron las viviendas y locales a Geobasis, acordándose la continuación de estas diligencias previas por los delitos de hurto y daños contra los investigados Desiderio y Edemiro, dando traslado al Ministerio Fiscal y a la acusación personada a fin de que soliciten la apertura del juicio oral y formulen escrito de acusación, por los motivos de vulneración del artículo 24 CE, y porque la resolución de archivo excede notoriamente de las facultades del juez de instrucción en esta fase del proceso, dictándose auto de fecha 29/3/2022 desestimatorio del recurso de reforma interpuesto.
El Ministerio Fiscal informó en el sentido de interesar que se desestime el recurso de apelación interpuesto, confirmando la resolución impugnada.
Una vez admitido el citado recurso, se elevaron las actuaciones a esta Sección Primera de la Audiencia Provincial, en la que se formó el oportuno Rollo de Apelación núm. 415/2022, nombrándose Ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dña. María Josefa Gil Corredera, quien previa deliberación expresa el parecer del Tribunal.
Efectivamente no existen indicios para la continuación de las actuaciones por los delitos de hurto y de daños, y el juez de instrucción sí que tiene facultades, para valorar las diligencias practicadas y determinar si existen o no indicios sobre la existencia de delitos, y si podían los investigados sacar mobiliario del bloque
de pisos abandonados sobre los que pesaba una ejecución hipotecaria solo sobre el inmueble, ya que el representante de GEOBASIS,...
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