SJS nº 5 285/2022, 30 de Mayo de 2022, de Oviedo

PonenteMARIA DEL SOL RUBIO ACEBES
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2022
ECLIECLI:ES:JSO:2022:5541
Número de Recurso579/2021

JDO. DE LO SOCIAL N. 5

OVIEDO

SENTENCIA: 00285/2022

Nº AUTOS: DEMANDA 579/2021

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY

SENTENCIA

En la ciudad de Oviedo a treinta de mayo de dos mil veintidós.

DOÑA MARÍA DEL SOL RUBIO ACEBES, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 5 de OVIEDO, tras haber visto los presentes autos nº 579/2021 sobre IMPUGNACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO en el que ha sido parte demandante ASOCIACIÓN SINDICAL CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDAS que comparece representado por el Letrado D. Carlos Suárez Soubrier y de otra parte como demandada CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACION PÚBLICA ADOLFO POSADA que comparece representada por la Letrada Dª María Belén García Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha de 23 de julio de 2021, la parte actora presentó escrito de demanda que fue turnada en este Juzgado con fecha de 27 de julio de 2021 contra la resolución de uno de junio de 2020 del Ilmo. CONSEJERO DE PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS y José por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por los ahora demandantes frente a la Resolución de 27 de enero de 2020 de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" Resolución por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de Bombero Conductor del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA), publicada en el BOPA N.º 29, del miércoles, 12 de febrero de 2020, anulando la redacción de la BASE NOVENA, LETRA B) por no ser conforme con el Ordenamiento Jurídico y, en consecuencia, nula en lo que se ref‌iere al cómputo de la antigüedad de los aspirantes la adquirida en la categoría de Auxiliar de Bombero, obligando a la Administración demandada a estar y pasar por tal declaración y con los efectos que en su caso correspondan como consecuencia de ella.

SEGUNDO

Por auto de fecha 24 de septiembre de 2021 se inadmitió a trámite la demanda formulada por José . Y fue admitida a trámite la demanda de CORRIENTE SINDICAL DE IZQUIERDAS por decreto de fecha 27 de septiembre de 2021 que se tramitó por los trámites procedimentales del Art. 151 y ss de la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social de 10 de octubre, convocándose a las partes a juicio a celebrar el día veintitrés de mayo dos mil veintidós. Abierto el acto de juicio la parte actora se ratif‌icó en su escrito de demanda, oponiéndose la representación de la demandada en los términos que se recogen en el acta correspondiente.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta que fue admitida, consistente en documental tras la practica de la prueba documental insistieron las partes en sus pretensiones, quedando los autos conclusos y vistos para sentencia.

CUARTO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legalmente vigentes.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

Por Resolución de fecha 27 de enero de 2020 de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de Bombero Conductor, Grupo C, en turno de acceso libre y de promoción interna, en régimen de personal laboral f‌ijo (BOPA de 12/02/2020; rectif‌icación de errores BOPA 19/02/2020).

SEGUNDO

Con fecha de 11 de marzo de 2020 D. José, en su propio nombre y derecho y en representación de la sección sindical en el Servicio de Emergencias del Principado de Asturias de la Asociación Sindical Corriente Sindical de Izquierdas (CSI), presenta escrito por el que formula recurso de reposición contra la base novena de la convocatoria, reguladora de la fase de concurso. Este recurso fue desestimado por Resolución de la Dirección el Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" de fecha 1 de junio de 2020.

TERCERO

Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo se dictó Auto de fecha 10 de junio de 2021 declarando la incompetencia de jurisdicción frente al Recurso Contencioso Administrativo planteado al dirigirse contra la resolución de fecha 1 de junio de 2020 de la Consejería de Presidencia que desestima recurso de alzada frente a la Resolución de 27 de enero de 2020 de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" Resolución por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de Bombero Conductor del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA), publicada en el BOPA N.º 29, del miércoles, 12 de febrero de 2020 y al ceñirse el objeto del recurso a la base novena letra B) de la convocatoria subapartado a) que está referida a promoción interna y al que, únicamente está dirigido y pueden concurrir el personal laboral del citado organismo y, visto asimismo los términos de la impugnación (vulneración del Convenio colectivo de empresa (Bopa de 18-6-2007),en concreto en los arts. 31, 41 y su disposición adicional novena.

CUARTO

En fecha de 23 de julio de 2021, la parte actora presentó escrito de demanda que fue turnada en este Juzgado con fecha de 27 de julio de 2021 admitida a trámite por los trámites del procedimiento de IAA.

QUINTO

Como se ha indicado anteriormente en el BOPA de fecha 12 de febrero de 2020, Consejería de Presidencia Instituto Asturiano de Administración Pública 'Adolfo Posada', se publica la Resolución de 27 de enero de 2020, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada", se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de Bombero Conductor del Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA). Se recoge en la citada resolución:

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de diciembre de 2018 se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2018 de la Administración del Principado de Asturias, sus Organismos y Entes Públicos (BO PA de 20/12/2018).

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de diciembre de 2019 se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019 de la Administración del Principado de Asturias, sus Organismos y Entes Públicos (BO PA de 30/12/2019).

Mediante la presente Resolución, en aplicación de los principios generales de ef‌icacia, economía y ef‌iciencia que han de inspirar la actuación de las Administraciones Públicas, se procede a la acumulación de las 7 plazas de la categoría de Bombero/a conductor de la O.E.P. 2018, que aún no han sido convocadas, a las previstas en la Oferta de Empleo de 2019, con el objeto de convocar la totalidad de las plazas de dicha categoría en único proceso selectivo.

De este modo, en cumplimiento de lo dispuesto en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de 12 de diciembre de 2018 y de 27 de diciembre de 2019, anteriormente citados y de conformidad con lo previsto en la Ley y Decretos que se citarán en la base primera, en virtud del Acuerdo de 27 de diciembre de 2013 del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la encomienda de gestión por parte del Organismo Autónomo Servicio de Emergencias del Principado de Asturias al Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada" de los procesos de selección para la provisión de plazas vacantes de su plantilla (BOPA de 11/01/2014) y conforme a la competencia atribuida en la Resolución de la Consejería de Presidencia, de 10 de septiembre de 2019, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en diversos órganos de la Consejería (BOPA de 13/09/2019).

Primera

Objeto y normas de aplicación.

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión de 21 plazas de la categoría de Bombero Conductor, Grupo C, en turno de acceso libre y de promoción interna, en régimen de personal laboral f‌ijo ".."

SEXTO

En la Base Novena de la citada convocatoria se regula la Fase de concurso en los siguientes términos:

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso, en la que tan sólo participarán aquellos aspirantes que hubieran superado la fase anterior. En ella se procederá, con referencia a la fecha de publicación en el Boletín Of‌icial del Principado de Asturias de la Resolución por la que se designa el Tribunal Calif‌icador de las pruebas selectivas y se determina el comienzo de las pruebas, a la valoración de los méritos que hayan sido alegados y justif‌icados documentalmente por los aspirantes en los plazos y del modo prevenido en este apartado.

  1. Para el turno libre:

    Se podrá añadir a la fase de oposición hasta un máximo de 25 puntos, por los siguientes conceptos:

    1. Por servicios prestados como Bombero/a-Conductor/a o categoría profesional equivalente en cualquier Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento perteneciente a las distintas Administraciones Públicas, organismos públicos y entidades públicas dependientes de las mismas: 2,5 puntos por año.

    2. Por servicios prestados como Auxiliar de Bombero Especialista o categoría profesional equivalente en cualquier Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento pertenecientes a las distintas Administraciones Públicas, organismos públicos y entidades públicas dependientes de las mismas: 1,65 puntos por año.

    3. Por servicios prestados como Bombero/a - Conductor/a o categoría profesional equivalente en cualquier otro Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento dependientes de empresas privadas: 1,65 puntos por año.d) Por servicios prestados como Auxiliar de Bombero/a Especialista o categoría profesional equivalente en cualquier otro Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento dependientes de empresas privadas: 1,25 puntos por año.

    4. Por servicios prestados como bombero forestal o como trabajador forestal de las empresas y cooperativas

      forestales que participan en la vigilancia y extinción de incendios forestales: 1,25 puntos por año.

    5. Por haber trabajado como...

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