SJCA nº 1 91/2022, 18 de Mayo de 2022, de Logroño

PonenteCARLOS MARIA COELLO MARTIN
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2022
ECLIECLI:ES:JCA:2022:5505
Número de Recurso48/2020

JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO. N. 1LOGROÑO

SENTENCIA: 00091/2022

Modelo: N11600

MARQUES DE MURRIETA 45-47

Teléfono: 941.296.436 Fax: 941.296.435

Correo electrónico: contenciosoadministrativo1@larioja.org

Equipo/usuario: SFG

N.I.G: 26089 45 3 2020 0000096

Procedimiento: PA PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000048 /2020C /

Sobre: FUNCIONARIOS PUBLICOS

De D/Dª : Otilia

Abogado: DIEGO JOSÉ CAMARERO MORÁN

Procurador D./Dª : MARTA RAMOS TORRES

Contra D./Dª UNIVERSIDAD DE LA RIOJA

Abogado: AMAYA ROSA RUIZ-ALEJOS

Procurador D./Dª

SENTENCIA nº 91/2022

En LOGROÑO, a dieciocho de mayo de dos mil veintidós.

El Sr. D. Carlos COELLO MARTÍN MAGISTRADO-JUEZ del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de LOGROÑO ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo registrado con el número 48/2020 y seguido por el procedimiento ABREVIADO, en el que se impugna la Resolución nº 1227/2019 del Rector de la UR, por la que, en síntesis, se resuelve desestimar los recursos de reposición interpuesto referidas a la lista def‌initiva de aspirantes admitidos y excluidos a participar en el concurso de méritos y a la resolución del concurso de méritos por las resoluciones rectorales nº NUM000 y nº NUM001 de 30 de septiembre y 11 de octubre respectivamente.

Son partes en dicho recurso: como recurrente Dª. Otilia representada por la Procuradora Sra. RAMOS TORRES y dirigida por el Letrado del ICAZ Sr. CAMARERO y como demandada la UNIVERSIDAD DE LA RIOJA dirigida y representada por Letrada de los Servicios Jurídicos de la Universidad de La Rioja Sra.ROSA RUIZ-ALEJOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

RECURSO Y OBJETO .

  1. - La Procuradora Sra. RAMOS TORRES actuando en nombre y representación de Dª. Otilia interpuso recurso contencioso-administrativo, contra la Resolución nº 1227/2019, por la que, en síntesis, se resuelve desestimar los recursos de reposición interpuesto referidas a la lista def‌initiva de aspirantes admitidos y excluidos a participar en el concurso de méritos y a la resolución del concurso de méritos por las Resoluciones rectorales nº NUM000 y nº NUM001 de 30 de septiembre y 11 de octubre respectivamente.

SEGUNDO

REPARTO, ADMISIÓN DEL RECURSO.

  1. - Turnado que fue correspondió a este Juzgado dando origen al recurso 48/2020.

TERCERO

Se admitió a trámite el recurso se reclamó el expediente administrativo de la Administración demandada quien lo remitió.

CUARTO

- Se convocó a la celebración del acto del juicio el día 23 de febrero de 2021.

  1. - La actora comparece personalmente y es representada por la Procuradora actuante y asistida por el Letrado del ICAZ Sr. CAMARERO según consta en las actuaciones.

  2. - La Administración demandada comparece representada por la Letrada de los Servicios Jurídicos de la Universidad de La Rioja Sra. ROSA RUIZ-ALEJOS de conformidad con lo dispuesto en el artículo 551.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y del artículo 24 de la LJCA.

  3. - La actora se ratif‌icó en su demanda, interesando el recibimiento a prueba, y propuso la documental aportada y el expediente administrativo.

  4. - Recibido el procedimiento a prueba de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la LJCA se practicó la documental admitida.

  5. - La parte formuló el correspondiente resumen de prueba en la forma prevista en el artículo 78 de la LJCA.

  6. - Se ha unido a la actuación la grabación de la vista en soporte audiovisual.

  7. - Se dio traslado a las partes para que formularan alegaciones por escrito con el resultado que consta en las actuaciones.

QUINTO

1.- Se dictó la Sentencia 82/2021 de 9 de abril por la que se desestimaba el recurso.

  1. - Recurrida en apelación ante la Sala se estimó la apelación por Sentencia 374/2021 de 19 de noviembre por entender que no se había dado trámite de conclusiones en el acto de la vista ordenando la retroacción de actuaciones para que se diera a la parte el trámite de conclusiones

  2. - Las partes evacuaron el trámite de conclusiones por escrito en los términos que constan en las actuaciones

SEXTO

1.- Se dio traslado a las partes por la concurrencia de una posible causa de abstención con el resultado que obra en las actuaciones.

  1. - Mediante Auto de 19 de abril de 2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se desestimaba la abstención elevada por el Magistrado titular.

SÉPTIMO

En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

A los efectos de lo previsto en el nº 3 del art. 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se declaran los siguientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

OBJETO DEL RECURSO.

  1. - Como queda indicado la actora impugna la Resolución nº 1227/2019 del Rector de la UR, por la que, en síntesis, se resuelve desestimar los recursos de reposición interpuesto referidas a la lista def‌initiva de aspirantes admitidos y excluidos a participar en el concurso de méritos y a la resolución del concurso de méritos por las Resoluciones rectorales nº NUM000 y nº NUM001 de 30 de septiembre y 11 de octubre respectivamente.

1.1.- La Resolución del Rector NUM000 de 30 de septiembre por la que se aprobaba la lista def‌initiva de aspirantes admitidos y excluidos a participar en el concurso de méritos para la provisión de 3 puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios .

1.2.- La Resolución NUM001 de 11 de octubre del Rector de la UR por la que se resolvía el concurso de méritos para la provisión de 3 puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios (BOUR 16 de octubre de 2019).

SEGUNDO

PRETENSIONES DE LA ACTORA

  1. - La actora interesa que se dicte Sentencia por la que, estimando el presente Recurso,declare nulo, o en su caso anule, el acto recurrido, esto es, la Resolución nº 1227/2019, de 19 de diciembre, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se resuelven los recursos de reposición interpuestos Dª Otilia contra las resoluciones rectorales nº NUM000 y nº NUM001, referidas al concurso de méritos para la provisión del puesto de Jefe/a del Servicio de Infraestructuras cuyo contenido también se recurre, y en consecuencia:

  1. ) Vincular al fallo dictado en este recurso la validez y ef‌icacia de los actos administrativos que se hayan derivado de dicho proceso selectivo en lo que se ref‌iere a la plaza de Director/a de Servicio de Infraestructuras.

  2. ) Anular el nombramiento de D. Rogelio como Jefe/a del Servicio de Infraestructuras nombrado mediante resolución nº NUM001, de 11 de octubre, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de 3 puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios por no poseer "la capacitación técnica y profesional necesaria para la supervisión y redacción, en algún supuesto, de proyectos de obras e instalaciones. Exigidos en la RPT y en la convocatoria para el desempeño del puesto de trabajo" y por no disponer de la capacitación profesional sobre la gestión de las infraestructuras, edif‌icios e instalaciones, del campus de la Universidad de La Rioja y no cumplir los requisitos de titulación especif‌icados en la RPT en referencia a las funciones a desarrollar.

  3. ) Condenar a la Universidad de la Rioja a modif‌icar los aspectos concretos de la RPT y de la convocatoria referentes a titulación por no ser ajustadas a derecho

  4. ) Condenar a la Universidad de La Rioja a convocar en el plazo más breve la plaza de Jefe/a de Servicio de Infraestructuras mediante un nuevo concurso de méritos en el que se respete el derecho a la carrera profesional no discriminatoria de aquellos funcionarios y funcionarias que acrediten la experiencia y la titulación acordes con las funciones a desempeñar conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Todo ello con expresa condena en costas a la Administración demandada o a cualquier otra parte se opusiese a los justos pedimentos que se concretan en esta demanda.

TERCERO

MOTIVOS DE IMPUGNACIÓN.

  1. Queja por la no acumulación de diversos recursos contencioso-administrativos.

    1. - Como cuestión previa la actora ha manifestado su queja por la no acumulación de diversos recursos contencioso-administrativos que se tramitan en los dos juzgados de esta plaza

      1.1.- Así en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 (PA 351/2019) se impugna la Resolución 872/2019 de 4 de octubre del Rectorado por la que se desestimaba el recurso de reposición deducido por la actora contra la modif‌icación parcial de la RPT de la Universidad de La Rioja (UR en adelante) o en el procedimiento abreviado 362/2019 de este Juzgado en el que impugnaba la resolución del Rectorado de la UR por la que se inadmitía por extemporáneo el recurso de reposición deducido por la actora contra la convocatoria del concurso de méritos para la provisión de tres puestos de trabajo efectuada por la Resolución 516/2019 de 23 de julio.

      1.1.1.- A este respecto el recurso 351/2019 fue resuelto por Sentencia de este Juzgado 140/20 de 15 de septiembre por la que se desestimaba el recurso deducido por la actora contra la resolución del Rector de la UR por la que inadmitía, por extemporáneo, el recurso de reposición de reposición deducido por la actora contra la convocatoria del concurso de méritos para la provisión de tres puestos de trabajo de personal funcionario que fuere efectuada por la Resolución 516/2019 de 23 de julio.

    2. - Como indicamos la actora formula lo que denomina una " protesta formal dado que el presente escrito de demanda se presenta sin que el juzgado haya resuelto nuestro recurso de reposición de 13 marzo de 2020 contra el Auto de fecha 4 de marzo de 2020 p or el que, en síntesis, se acuerda " no...

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