AAP Córdoba 182/2022, 5 de Mayo de 2022

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Córdoba, seccion 1 (civil)
Fecha05 Mayo 2022
Número de resolución182/2022

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÓRDOBA

SECCIÓN PRIMERA -CIVILROLLO NÚM. 1495/2021

Autos: Ejecución Provisional Núm.773/2021

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Córdoba

AUTO Núm. 182 /2022

Ilmos.Sres.

PRESIDENTE

D. Felipe Luís Moreno Gómez

MAGISTRADOS

Dña.Cristina Mir Ruza

Dña.María Paz Ruiz del Campo

En CÓRDOBA, a cinco de mayo de dos mil veintidós.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Córdoba, en los autos de Ejecución Provisional Núm.773/21, se dictó auto de fecha 1.06.21 cuya parte dispositiva dice:

" ACUERDO suspender la ejecución provisional con entrega al ejecutante de la cantidad consignada en concepto de principal de la condena, una vez f‌irme esta resolución, y sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 532 y ss., LEC, procediendo después el Letrado de la Administración de Justicia en la forma que establece el artículo 531 LEC . "

SEGUNDO

Por el Procurador de los Tribunales D. Francisco Javier Aguayo Corraliza, en nombre y representación de DÑA. Miriam, parte ejecutada, se presentó escrito recurriendo en apelación la referida resolución, en el que tras verif‌icar las alegaciones que tuvo por conveniente, y que se dan por reproducidas, terminó interesando que se dicte resolución revocando en parte el auto dictado, acordando la no entrega al ejecutante del principal consignado y manteniendo la ejecución provisional suspendida en su integridad hasta que se resuelva el recurso de apelación nº 826/2021 de esta Sección.

TERCERO

Admitido a trámite se dio traslado a las partes personadas, habiendo presentado escrito de oposición el Procurador de los Tribunales D. Ramón Roldán de la Haba, en nombre y representación de D. Inocencio, tras lo cual se remitieron las actuaciones a este Tribunal que formó el correspondiente rollo, se dictó Auto el 11 de noviembre de 2021 de inadmisión de prueba documental y una vez f‌irme se señaló deliberación

el día 16 de febrero de 2022, suspendiéndose la misma y acordando plazo para alegaciones por Providencia de 11 de febrero de 2022, y evacuado el traslado conferido a las partes, se señaló deliberación para el día 4 de mayo de 2022. Es ponente de esta resolución Dña.Cristina Mir Ruza.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El día 21.6.2019 D. Inocencio, que actúa en benef‌icio de la Comunidad de Bienes DIRECCION000, C.B., presentó demanda de Juicio Ordinario en reclamación de 34.927'2 € contra Dña. Miriam .

El 23.11.2020 se dicta sentencia en la que estimándose parcialmente la demanda se condena a la demandada al pago de 23.927'20 € más el interés legal del dinero desde el día 14.3.2019.

Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación por el actor (interesando que se estimara la demanda en la cuantía de 32.927'20 € y condena en costas), y por la demandada (interesando que se estimara la prejudicialidad penal alegada). Dicho recurso dio lugar al Rollo 826/2021.

El 30.4.2021 se formula demanda de ejecución provisional de sentencia interesando el dictado de la orden general de ejecución por 23.927'20 € de principal más 7.178'16 € f‌ijados prudencialmente para intereses y costas.

El 11.5.2021 se dicta la referida orden general de Ejecución Provisional por las cantidades interesadas, haciéndole saber que la ejecutada sólo podrá oponerse a actuaciones ejecutivas concretas del procedimiento de apremio en los términos del artículo 528.3 LEC.

El 21.5.2021 la parte ejecutada presenta escrito acompañando el justif‌icante de transferencia bancaria a la cuenta del juzgado por importe de 31.105'36 € a "los sólos efectos de asegurar el cumplimiento del Fallo de la Sentencia" y tras denunciar infracción del artículo 527,2 de la LEC, interesó que se retuviera esa cantidad hasta tanto se resolviera el recurso de apelación o hasta que ocurriere cualquier otra incidencia que fuera de interés para la presente Ejecución Provisional".

El Juzgado dicta Auto el 1.6.2021 que acuerda suspender le ejecución provisional con entrega al ejecutante de la cantidad consignada.

Contra el referido auto se alza la parte ejecutada interponiendo recurso de apelación (dando lugar a los presentes autos, Rollo 1495/2021), interesando que se revoque parcialmente acordando la no entrega al ejecutante del principal consignado y manteniendo suspendida la ejecución hasta tanto se resuelva el recurso de apelación Núm.826/2021 de esta Sección 1ª.

El 11.2.2022 se acordó suspender la deliberación habida cuenta que el 24.1.2022 se ha dictado sentencia en dicho Rollo 826/2021, desestimando el recurso de apelación interpuesto por la Sra. Miriam y estimando parcialmente el interpuesto por el Sr. Inocencio .

SEGUNDO

Es doctrina reiterada que, con carácter general, no cabe excluir la aplicación en apelación de la forma de terminación del procedimiento por carencia sobrevenida de objeto.

Aunque por la dicción del art. 22 LEC, que se ref‌iere a causas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR