STSJ Castilla y León 172/2023, 10 de Febrero de 2023
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 172/2023 |
Fecha | 10 Febrero 2023 |
T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD
VALLADOLID
SENTENCIA: 00172/2023
- Equipo/usuario: MGC
Modelo: N11600
C/ ANGUSTIAS S/N
Correo electrónico:
N.I.G: 47186 33 3 2021 0000320
Procedimiento : PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000326 /2021 /
Sobre: SEGURIDAD SOCIAL
De D./ña. Cristina
ABOGADO VICTOR J MARTOS ALVAREZ
PROCURADOR D./Dª. JOSUE GUTIERREZ DE LA FUENTE
Contra D./Dª. TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE VALLADOLID
ABOGADO LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL
PROCURADOR D./Dª.
SENTENCIA Nº 173/23
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE DE LA SECCIÓN:
DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
MAGISTRADOS:
DOÑA ADRIANA CID PERRINO
DOÑA MARIA LUACES DÍAZ DE NORIEGA
En Valladolid, a diez de febrero de dos mil veintitrés.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso número 326/2021, en el que se impugna:
La resolución de la Dirección Provincial de Valladolid de la Tesorería General de la Seguridad Social de fecha 8 de febrero de 2021 que inadmitió el recurso de alzada formulado contra la resolución de la Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria de la misma Dirección Provincial de fecha 9 de diciembre de 2020 que anula, en el Fichero General de Afiliación, el alta en el Régimen General de la trabajadora Dª. Cristina con nº de afiliación NUM000 del 03/07/2017 a 03/07/2017 en la empresa "Víctor Javier Martos Álvarez" con código de cuenta de cotización NUM001 .
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: Dª. Cristina, representada por el Procurador Sr. Gutiérrez de la Fuente y defendida por el Letrado Sr. Martos Álvarez.
Como demandada: La TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (Dirección Provincial de Valladolid), representada y defendida por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social Sr. García Valderrábanos.
Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. Adriana Cid Perrino.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se declare "la nulidad o improcedencia de la resolución adoptada y hoy reclamada por incumplimiento de la Ley al no presentar prueba alguna de lo afirmado administrativamente, en los términos desarrollados anteriormente, así como por caducidad del procedimiento; también que se resuelva que no procede imponer dicha sanción (anulación del alta laboral) al haber trabajado doña Cristina en los tiempos fijados por su contrato y documentación presentada, en contra del criterio unilateral presentado por la TGSS. Ello, además, se condene en costas a la demandada".
En el escrito de contestación de la Administración demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso interpuesto, con imposición de costas a la parte actora.
No habiendo solicitado las partes el recibimiento del pleito se acordó dar traslado para conclusiones y evacuado el referido trámite, y declarados conclusos los autos, se señaló para su votación y fallo el pasado día treinta y uno de enero.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Interpuesto por Dª. Cristina recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Dirección Provincial de Valladolid de la Tesorería General de la Seguridad Social -TGSS- de fecha 8 de febrero de 2021, que inadmitió el recurso de alzada formulado contra la resolución de la Subdirección Provincial de Gestión Recaudatoria de la misma Dirección Provincial de fecha 9 de diciembre de 2020 que anula, en el Fichero General de Afiliación, el alta en el Régimen General de la trabajadora Dª. Cristina con nº de afiliación NUM000 del 03/07/2017 a 03/07/2017 en la empresa "Víctor Javier Martos Álvarez" con código de cuenta de cotización NUM001, pretende la parte recurrente que se anule el acto impugnado y que se deje sin efecto la resolución que acuerda la anulación del alta de la misma como trabajadora en la empresa señalada desde la fecha acordada, aduciendo para ello la prestación de servicios para dicha empresa el día señalado, sin que haya existido por parte de la demandada comprobación alguna al respecto de la actividad desarrollada por la trabajadora.
Se opone a esta pretensión la Administración demandada manteniendo la conformidad a derecho de la resolución recurrida.
Para dar respuesta a la impugnación efectuada respecto de la resolución indicada en el presente recurso contencioso administrativo hemos de partir de manera directa de la resolución que es objeto de la presente impugnación y de lo acordado en la misma, que no es otra cuestión diferente a la ya concretada inadmisión del recurso de alzada formulado por la ahora recurrente contra la resolución que anulaba su alta como trabajadora en la empresa reseñada por el periodo de un día fijado en ella, siendo el motivo de la referida inadmisión la extemporaneidad en la formulación del recurso de alzada en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba