STSJ Comunidad de Madrid 119/2023, 23 de Febrero de 2023

JurisdicciónEspaña
Número de resolución119/2023
Fecha23 Febrero 2023

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Tercera

C/ General Castaños, 1 , Planta 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2020/0018286

Procedimiento Ordinario 879/2020

Demandante: ASOCIACION NACIONAL DE EMPRESAS DE CONTROL DE PLAGAS ( ANECPLA )

PROCURADOR Dña. MARTA LORETO OUTEIRIÑO LAGO

Demandado:

INGENIERIA Y SOLUCIONES PARA HIGINE INDUSTRIAL SL (HIGITECH SL)

PROCURADOR D PABLO SORRIBES CALLE

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMIA SOCIAL

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 119/2023

PRESIDENTE:

D. GUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL

MAGISTRADOS:

DÑA. BELEN MAQUEDA PEREZ DE ACEVEDO

D. RAFAEL ESTEVEZ PENDAS

En Madrid a veintitrés de febrero de dos mil veintitrés.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Sres./a magistrados al margen relacionados el recurso contencioso-administrativo número 879/2020 interpuesto por la procuradora de los Tribunales doña Loreto Outeriño Lago en nombre y representación de la ASOCIACION NACIONAL DE EMPRESAS DE SANIDAD AMBIENTAL (ANECPLA), quien ha comparecido asistido del letrado don Juan Pablo de la Fuente Fernández, contra la resolución de 19 de marzo de 2020 de la Junta de Contratación del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones por la cual se procedía a la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad acelerado, como contratación de emergencia, del contrato para la prestación del "Servicio de desinfección específica para el COVID-19 en determinados edificios de los servicios centrales del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones", Expediente 202010000300, con código CPV 90921000-Servicios de desinfección y exterminio, a favor de la empresa HIGITECH, S.L., siendo parte demandada en este proceso el MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL, representado y asistido por la Abogacía del Estado en la representación que por ley le corresponde; y como codemandada la entidad INGENIERIA Y SOLUCIONES PARA HIGIENE INSUSTRIAL S.L. representada por el procurador de los Tribunales don Pablo Sorribes Calle y asistida por la letrada doña Josefa Méndez Higuero.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. El presente recurso fue presentado por la parte recurrente ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, correspondiendo al Juzgado núm.6 (Procedimiento Ordinario 19-2020) dictándose auto con fecha 15 de septiembre de 2020 declarando su falta de competencia y remitiendo los autos a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid, correspondiendo a esta sección donde con fecha 16 de octubre de 2020 se dictaría Decreto admitiendo el recurso a trámite. Planteada por la Abogacía del Estado como alegación previa la falta de competencia objetiva de la Sala, y tras ser oídas las partes y el Ministerio Fiscal con fecha 8 de febrero de 2021 se dictó auto declarando la falta de competencia y determinando que la misma correspondía a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, este órgano jurisdiccional planteó cuestión de competencia ante la Sala del Tribunal Supremo que dictó con fecha 6 de abril de 2022 Auto declarando la competencia a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ex articulo 10.1 m) LJCA, en relación con la regla primera del artículo 14.1 LJCA, recibiéndose los autos y continuando su tramitación, requiriendo a la Administración demandada la remisión del expediente administrativo y el emplazamiento de cuantos resultaren interesados. Recibido el expediente y entregado a la parte recurrente formuló demanda en la cual, tras la exposición de Hechos y Fundamentos de Derecho que estimó de legal y pertinente aplicación se termina suplicando "declare nulo o revoque el acto de adjudicación impugnado, dejando éste sin efecto, así como los actos y resoluciones de esa Junta de Contratación del Ministerio de Trabajo y Economía Social que hayan tenido su fundamento en el mismo, con todas las consecuencias legales inherentes, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por este pronunciamiento, y al pago de las costas procesales".

    Y dado traslado de la misma a la Administración demandada, igualmente, en base a los Hechos y Fundamentos consignados, interesó "tenga por contestada la demanda y dando a los autos el curso correspondiente hasta dictar sentencia por la que inadmita en su totalidad o, en su defecto, por la que desestime íntegramente el recurso interpuesto y declare la plena conformidad a Derecho de la resolución impugnada de adverso, imponiendo las costas a la parte recurrente".

    La entidad mercantil codemandada HIGITECH, S.L., evacuó el mismo trámite de contestación interesando tras su fundamentación jurídica que se "dicte sentencia inadmitiendo la demanda en todos sus extremos".

  2. Seguido el proceso por los cauces legales, y efectuadas las actuaciones y los trámites que constan en los autos, quedaron estos pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el día 22 de febrero de 2023.

  3. La cuantía del procedimiento ha sido fijada en 246.107,60 euros.

    Siendo ponente del presente recurso la Ilma. Sra. doña Belén Maqueda Pérez de Acevedo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el BOE de 14 de mayo 2020 se publicó el anuncio de formalización de contrato de la Junta de Contratación del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Servicio de desinfección específica para el COVID-19 en determinados edificios de los servicios centrales del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Inclusión. Seguridad Social y Migraciones. Expediente 202010000300. Códigos CPV 90921000 (Servicios de desinfección y exterminio), procedimiento de adjudicación negociado y sin publicidad celebrado (contratación de emergencia art. 120 de la LCSP y de conformidad con el Real Decreto-ley 7/2020 de 12 de marzo). Justificación situación de extrema urgencia. Criterios de adjudicación. No aplica. Contratación de emergencia. Fecha de adjudicación 19 de marzo de 2020, solo una oferta recibida, adjudicataria HIGITECH, S.L. valor de la oferta 246.107,60 euros.

En el expediente administrativo consta la Memoria justificativa elaborada por la Subdirección General del Ministerio de Trabajo donde se expone que "el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria derivada del Covid-19 señala en su preámbulo que "La Organización Mundial de la Salud (OMS) elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces.

En ese marco, una de las medidas preventivas necesarias para la protección de la salud de las personas tiene que ver con la desinfección de los espacios de trabajo, orientada específicamente a neutralizar cualquier posible foco de contagio por el contacto con elementos tales como teclados y otros elementos informáticos, botoneras de ascensores, pomos de puertas, barandillas de escalera, entre otros, en los edificios con concurrencia pública de los citados servicios centrales. En este sentido, se ha constatado la existencia de tres posibles casos de Covid-19 en los edificios siguientes: Castellana, 63, Valenzuela, 5 y José Abascal, 39.

Realizadas las consultas con la empresa de limpieza adjudicataria en el contrato centralizado de limpieza, en los lotes correspondientes a los servicios centrales del departamento, se constató la imposibilidad de llevarlo a cabo a través de aquélla. Por esa razón se recabaron presupuestos a dos empresas especializadas (Higitech y Albarri, respectivamente) en ese tipo de aplicaciones de bioseguridad, prestando asimismo especial atención a la disponibilidad para llevar a cabo el servicio con carácter inmediato. A día de hoy solo se ha recibido presupuesto de una de ellas.

La extraordinaria situación de riesgo para la seguridad de las personas, que ha motivado la declaración del estado de alarma, permite, a criterio de este centro gestor, tramitar esta contratación de acuerdo con el supuesto de emergencia previsto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Por lo que se propone a la Junta de Contratación declarar de emergencia la contratación de un servicio para aplicar un tratamiento de bioseguridad específico contra el Covid-19 en determinados edificios de los servicios centrales del departamento (Paseo de la Castellana, 63, José Abascal, 39 y Valenzuela, 5), por un importe total de 297.790,19 euros IVA INCLUIDO (246.107,6 euros sin IVA). El importe será satisfecho con cargo a la aplicación presupuestaria 19 01 291M 227.00 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Trabajo y Economía Social. La prestación de este servicio se encarga a la empresa Higitech S.L. (CIF B 44515302). El plazo máximo de inicio de la prestación del servido es de 3 días, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución. El plazo máximo para la prestación y terminación del servicio es de 1 mes."

Con fecha 20 de marzo la Junta de Contratación procede a efectuar la declaración de emergencia relativa a este expediente de contratación en base a dicha Memoria y al amparo del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública; el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COV1D- 19 y el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del...

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