AAP Barcelona 90/2022, 8 de Abril de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución90/2022
Fecha08 Abril 2022

Sección nº 13 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68, pl. 1 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 935673532

FAX: 935673531

EMAIL:aps13.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0801942120218132943

Recurso de apelación 1262/2021 -2

Materia: Medidas cautelares

Órgano de origen:Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Barcelona Procedimiento de origen:P.S.Medidas cautelares coetáneas 89/2021 Entidad bancaria BANCO SANTANDER:

Para ingresos en caja. Concepto: 0659000012126221

Pagos por transferencia bancaria: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. Benef‌iciario: Sección nº 13 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil Concepto: 0659000012126221

Parte recurrente/Solicitante: TERRER VINS, ESPERITS I OLIS, S.L. Procurador/a: Laura Espada Losada

Abogado/a: Josep Maria Mir Padulles

Parte recurrida: POBLE ESPANYOL DE MONTJUÏC, S.A.U.

Procurador/a: Jordi Fontquerni Bas

Abogado/a:

AUTO Nº 90/2022

Magistrados:

Juan Bautista Cremades Morant M dels Angels Gomis Masque

Fernando Utrillas Carbonell Mireia Rios Enrich Maria del Pilar Ledesma Ibañez Barcelona, 8 de abril de 2022

Ponente: M dels Angels Gomis Masque

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 21 de diciembre de 2021 se han recibido los autos de P.S.Medidas cautelares coetáneas 89/2021 remitidos por Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Barcelona a f‌in de resolver el recurso de apelación interpuesto por e/la Procurador/a Laura Espada Losada, en nombre y representación de TERRER VINS, ESPERITS I OLIS, S.L. contra Auto - 20/07/2021 y en el que consta como parte apelada el/la Procurador/ a Jordi Fontquerni Bas, en nombre y representación de POBLE ESPANYOL DE MONTJUÏC, S.A.U..

Segundo

El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: "DISPONGO DESESTIMAR la solicitud de adopción de la medida cautelar interesada por la Procuradora Sra. Espada Losada, actuando en nombre y representación de TERRER VINS, ESPERITS O OLIS S.L., contra POBLE ESPANYOL DE MONTJUÏC S.A.U., con imposición de costas a la parte actora."

Tercero

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de recursos.

Se señaló fecha para la celebración de la deliberación, votación y fallo que ha tenido lugar el 02/03/2022. Cuarto. En la tramitación de este procedimiento se han observado las normas procesales esenciales aplicables al caso.

Se designó ponente a la Magistrada M dels Angels Gomis Masque .

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Con la demanda inicial la mercantil TERRER VINS, ESPERITS I OLIS SL (TERRER) ejercita una acción en solicitud de revisión de las condiciones de los contratos de arrendamiento sobre locales ubicados dentro del recinto del Poble Espanyol de Barcelona (10 contratos de arrendamiento sobre los 12 locales indicados en la demanda), en aplicación de la cláusula rebus sic stantibus consecuencia de la alteración sustancial de las circunstancias derivadas de la epidemia del covid-19, que dirige contra POBLE ESPANYOL DE MONTJUÏC SAU (PEMSA), entidad concesionaria del uso privativo del recinto que suscribió como arrendadora los contratos de arriendo objeto del pleito, y solicitan que se dicte sentencia por la que se declare que la renta de los contratos de arrendamiento sobre los locales de negocio ubicados en el Recintos del Poble Espanyol de Montjuïc relacionados en el hecho 1º de esta demanda, será la siguiente:

  1. que la renta a percibir por PEMSA de los meses comprendidos en los periodos 2T, 3T y 4T de 2020, es decir, los meses de Abril hasta Diciembre de 2020, ambos inclusive, debe reducirse en un 93,22%, ó subsidiariamente en un % determinado en juicio, en concordancia con la bajada de la facturación de TERRER de dicho periodo.

  2. que la renta de los meses Enero hasta Mayo de 2021, debe reducirse en un 98,94% ó subsidiariamente en un % determinado en juicio, en concordancia con la bajada de la facturación del 1T de 2021 de TERRER de dicho periodo.

  3. que la renta a abonar a partir de Mayo de 2021 vendrá determinada por el % en la oscilación de la facturación de la arrendataria TERRER, o subsidiariamente en un porcentaje determinado en juicio.

En la misma demanda interesa la adopción de una ME DIDA CAUTELAR consistente en la reducción del pago de la renta del contrato de arrendamiento durante la...

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