SAP Asturias 528/2022, 20 de Diciembre de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 528/2022 |
Fecha | 20 Diciembre 2022 |
AUD.PROVINCIAL SECCION TERCERA
OVIEDO
SENTENCIA: 00528/2022
- PLAZA GOTA LOSADA S/N - 33005 - OVIEDO
Teléfono: 985968771/8772/8773
Correo electrónico: audiencia.s3.oviedo@asturias.org
Equipo/usuario: FRS
Modelo: 213100
N.I.G.: 33037 41 2 2020 0000940
RP APELACION PROCTO. ABREVIADO 0001190 /2022
Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 2 de OVIEDO
Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000226 /2021
Delito: ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN
Recurrente: Sergio
Procurador/a: D/Dª MARIA TERESA PEREZ IBARRONDO
Abogado/a: D/Dª CRISTINA VAZQUEZ MARTINEZ
Recurrido: MINISTERIO FISCAL, Victoriano, Milagrosa, Nicolasa, MAPFRE CIA. DE SEGUROS
Procurador/a: D/Dª, ANA SAN NARCISO SOSA, TOMAS GARCIA-COSIO ALVAREZ, TOMAS GARCIA-COSIO ALVAREZ, TOMAS GARCIA-COSIO ALVAREZ
Abogado/a: D/Dª, ALFREDO RODRIGUEZ DEL BLANCO, EDUARDO SARACHO GONZALEZ, EDUARDO SARACHO GONZALEZ, EDUARDO SARACHO GONZALEZ
SENTENCIA Nº 528/2022
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ILMOS. SRS.
Presidente:
D. JAVIER DOMINGUEZ BEGEGA
Magistrados:
D. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ SANTOCILDES
D. FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ LUENGOS
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En Oviedo, a 20 de diciembre de 2022.
Vistos, en grado de apelación, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo, los autos de juicio oral nº 226/2021 del Juzgado de lo Penal nº 2 de Oviedo sobre delitos de robo, lesiones y contra la seguridad vial, compareciendo como apelante el acusado Sergio representado por la procuradora Sra. Pérez Ibarrondo y defendido por la letrada Sra. Vázquez Martínez, y como apelados Victoriano personado como acusación particular representado por la procuradora Sra. San Narciso Sosa y asistido del letrado Sr. Rodríguez del Blanco, y Milagrosa, Nicolasa, y la entidad MAPFRE, personadas como acusación particular representadas por el procurador Sr. García-Cosío Alvarez y defendidas por el letrado Sr. Saracho González. Siendo parte el MINISTERIO FISCAL en ejercicio de la acción pública, y ponente el Magistrado Sr . Rodríguez Santocildes.
Por el Juzgado de lo Penal Nº 2 de Oviedo en las referidas diligencias se dictó sentencia de fecha 3 de octubre de 2022 en cuya parte dispositiva dice: "Que debo condenar y CONDENO a Sergio, como autor responsable de un DELITO DE ROBO CON VIOLENCIA, con la agravante de reincidencia, a la pena de 4 AÑOS de PRISIÓN e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Que debo condenar y CONDENO a Sergio, como autor responsable de un DELITO DE LESIONES, a la pena de 1 AÑO de PRISIÓN e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Que debo condenar y CONDENO a Sergio, como autor responsable de un DELITO CONTRA LA SEGURIDAD VIAL DE CONDUCCIÓN TEMERARIA, a la pena de 1 AÑO de PRISIÓN e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y PRIVACIÓN DEL DERECHO A CONDUCIR VEHÍCULO A MOTOR Y CICLOMOTOR POR TIEMPO DE 2 AÑOS Y 6 MESES, CON PÉRDIDA DE VIGENCIA DEL PERMISO. Asimismo, el condenado deberá indemnizar a Victoriano, en la cantidad total de 2.400 euros; a MAPFRE, en la cantidad de 5.059,51 euros; al Ayuntamiento de Mieres, en la cantidad de 238,98 euros; y a Nicolasa y Milagrosa, en la cantidad conjunta de 3.146 euros. Todo ello con expresa imposición al condenado de las costas procesales causadas, con inclusión de las derivadas de las acusaciones particulares.
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la representación procesal del acusado con fundamento en las alegaciones que constan en el escrito que obran unido a las actuaciones. Tras los preceptivos traslados se remitió el asunto a esta Audiencia, siendo repartido a su Sección Tercera, quedando registado como Rollo de Apelacion nº RP 1190/22 pasando la causa al Ponente que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia apelada. Se modifican los hechos probados suprimiendo la expresión "actuando con ánimo de obtener un beneficio patrimonial".
El único motivo del recurso de apelación que interpone la representación procesal del acusado contra la sentencia de instancia invoca en su enunciado "error en la valoración de la prueba", nucleando su argumentación en torno a la ausencia de violencia o intimidación para acceder al vehículo y ponerlo en marcha y en la inexistencia de ánimo apropiativo por parte del acusado, alegaciones que enlaza con cuestiones de error de derecho sosteniendo que los...
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