SAN 1/2023, 9 de Enero de 2023

PonenteFRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE
EmisorAudiencia Nacional - Sala de lo Penal
ECLIECLI:ES:AN:2023:121
Número de Recurso2/2022

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 1

MADRID

Rollo de Sala Procedimiento Abreviado nº 2/2022

Procedimi ento de origen: Diligencias Previas nº 241/2010

Órgano de origen Juzgado de Central de Instrucción nº 4

SENTENCIA: 00001/2023

Tribunal:

Ilmo. Sr. Presidente:

  1. FRANCISCO JAVIER VIEIRA MORANTE

    Ilma. Sra. Magistrada:

    DÑA. A. MARÍA RIERA OCÁRIZ

    Ilmo. Sr. Magistrado:

  2. JOSÉ RICARDO DE PRADA SOLAESA

    En Madrid, a 9 de enero de dos mil veintitrés.

    Esta sala ha visto en nombre de S. M. el Rey, en juicio oral y público, la causa Procedimiento Abreviado nº 241/2010, procedente del Juzgado Central de Instrucción nº 4, seguida por supuestos delitos de tenencia de tarjetas de crédito falsas, continuado de estafa continuado de falsedad en documento mercantil, contra:

    1. Federico, con NIE NUM000, nacido el NUM001 de 1972, natural de Lagos (Nigeria), sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª. Mª Lourdes Cano Ochoa y defendido por la Abogada Dª. Mª José García Bello.

    2. Hermenegildo, con NIE NUM002, nacido el NUM003 de 1965, natural de Benin City (Nigeria), sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Manuel Martínez Lejarza y defendido por el Abogado D. Pedro Bernardo Prada Garrudo.

    3. Lorenzo, con D.N.I. nº NUM004, nacido el NUM005 de 1964, representado por el Procurador D. Víctor Enrique Mardomingo Herrero y defendido por el Abogado D. José Luis Díaz Gómez

    4. Romeo, con D.N.I. nº NUM006, nacido el NUM007 de 1972, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª. Cristina Bota Vinuesa y defendido por la Abogada Dª. Nuria Rodríguez Vidal.

    5. Urbano, con D.N.I. nº NUM008, nacido el NUM009 de 1959, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª. Paloma Gutiérrez París y defendido por el Abogado D. Roberto López Ortega.

    6. Carlos Alberto, con D.N.I. nº NUM010, nacido el NUM011 de 1965, representado por la Procuradora Dª. Cristina Bota Vinuesa y defendido por la Abogada Dª. Nuria Rodríguez Vidal.

    7. Juan Ramón, con D.N.I. nº NUM012, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª. María Teresa Aranda Vives y defendido por el Abogado D. David Sánchez Arroyo.

    8. Justa, con DNI nº NUM013, nacida el NUM014 de 1972, natural de León, representada por la procuradora Dª Cristina Bota Vinuesa y defendida por la Abogada Dª Nuria Rodríguez Vidal.

    9. Melisa, con D.N.I. nº NUM015, nacida el NUM005 de 1971, representada por la Procuradora Dª Cristina Bota Vinuesa. y defendida por la Abogada Dª Nuria Rodríguez Vidal.

    10. Cayetano, con D.N.I. nº NUM016, nacido el NUM017 de 1963, natural de León, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª Cristina Bota Vinuesa. y defendido por la Abogada Dª Nuria Rodríguez Vidal.

    11. Emilio, con D.N.I. nº NUM018, nacido el NUM019 de 1960, natural de Barcelona, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Eduardo Codes Feijoo y defendido por el Abogado D. Raimon Montoliu Casals.

    12. Fernando, con D.N.I. nº NUM020, nacido el NUM021 de 1965, natural de Madrid, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora Dª. Isabel Salamanca Álvaro y defendido por el Abogado D. Antonio Alberca Pérez.

    13. Ascension, con D.N.I. nº NUM022, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representada por el Procurador D. Domingo José Collado Molinero y defendida por el Abogado D. Pablo Rubén Martín de Pablos.

    14. Justino, con D.N.I. nº NUM023, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Arturo Romero Ballester y defendido por el Abogado D. Francisco Javier Frade Gobeo.

    15. Martin, con D.N.I. nº NUM024, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Luis José García Barrenechea y defendido por el Abogado D. Luis Emilio Ugena Yustos.

    Y, contra las siguientes entidades como responsables civiles:

    - COMPAÑÍA DE SEGUROS DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN S.A. CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL (CESCE), representada por la Procuradora Dª María Jesús Mateo Herranz y defendida por el Abogado D. Vicente Pascual Pascual.

    - FRIBIN SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 1269 R.L. (FRIBIN), representada por el procurador D. Manuel Jiménez López y defendida por el letrado D. Alfredo Domínguez Ruiz-Huerta.

    - LA EÑE DOCE PROYECTOS S.L., representada por el Procurador D. Víctor Enrique Mardomingo Herrero y defendida por el Letrado D. José Luis Díaz Gómez.

    - MURILICE S.L., ESTUDIO 76 REHABILITACIÓN Y REFORMAS S.L., ACOPLAC SISTEMAS DE INTERIORES S.L., REPTESENTACIÓN OPC S.L. y MAE TERRA S.L., todas ellas declaradas en rebeldía procesal.

    Ha sido parte el Ministerio Fiscal y, en calidad de acusación particular:

    - COMPAÑÍA DE SEGUROS DE CRÉDITO A LA EXPORTACIÓN S.A. CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL (CESCE), representada por la Procuradora Dª María Jesús Mateo Herranz y defendida por el Abogado D. Vicente Pascual Pascual.

    - FRIBIN SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACIÓN Nº 1269 R.L. (FRIBIN), representada por el procurador D. Manuel Jiménez López y defendida por el letrado D. Alfredo Domínguez Ruiz-Huerta.

    Es Ponente el Magistrado Sr. Vieira Morante, quien expresa el parecer unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las presentes diligencias se iniciaron en fecha como Diligencias Previas número 241/2010 del Juzgado Central de Instrucción número 4, en virtud de inhibición del Juzgado de Instrucción nº 2 de Torrejón de Ardoz en sus Diligencias Previas nº 514/2011.

SEGUNDO

- Tras dictarse auto de transformación en procedimiento abreviado, se formuló escrito de acusación por el Ministerio Fiscal el 9 de diciembre de 2020, por SEVIRED el 30 de octubre de 2020, por CESCE el 3 de noviembre de 2020 y por FRIBIN el 4 de noviembre de 2020, se acordó la apertura del juicio oral por auto de 2 de marzo de 2021.

TERCERO

Dado traslado de las actuaciones a las representaciones procesales de los acusados, formularon los correspondientes escritos de defensa, tras lo que por diligencia de ordenación de 23 de febrero de 2022 se acordó remitir el procedimiento a la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, dictándose autos de rebeldía respecto de los acusados Jose Augusto y Natalia, respectivamente, el 16 y 23 de febrero de 2022.

CUARTO

Recibidas las actuaciones en esta Sección, en diligencia de ordenación de 28 de febrero de 2022 se acordó formar Rollo de Sala con el número 2/2022, en diligencia de 10 de marzo de 2022 se reseñaron las actuaciones y se comunicó la composición del Tribunal, pasando las actuaciones al magistrado ponente, lo que se efectuó el 10 de mayo de 2022, y se dictó auto de admisión de pruebas el 17 de mayo de 2022.

Por diligencia de ordenación de 8 de septiembre de 2022 se señaló para el comienzo de las sesiones del juicio oral el día 21 de noviembre de 2022, que continuó el 12 de diciembre de 2022.

QUINTO

Se celebró la vista oral con presencia de los acusados, asistidos por sus Letrados, con el resultado que consta documentado en la oportuna acta extendida por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia y documentado en el oportuno soporte digital.

SEXTO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones def‌initivas, calif‌icó los hechos enjuiciados como constitutivos de los siguientes delitos:

Los hechos relatados en el apartado A) "actividad de clonado de tarjetas" son constitutivos de:

  1. Un delito de tenencia de tarjetas de crédito falsif‌icadas destinadas a la distribución o tráf‌ico de los art. 399

    bis, 1 y 2 del C. Penal.

  2. Un delito continuado de estafa de los art. 248, 2, c), 249 y 74 del C. Penal.

    Los hechos relatados en el apartado B) "actividad de contratación de línea de descuento en entidades bancarias con uso de pagarés falsif‌icados" son constitutivos de:

  3. Un delito continuado de estafa de los arts. 248, 1, 250, 1, y 74 del C. Penal.

  4. Un delito continuado de falsedad en documento mercantil del art. 392, en relación con el 390, 1, y , y, 74 del C. Penal.

    Reputó autores:

    - De los delitos a) y b), a tenor del art. 28 del C. Penal, los acusados (1) Federico, (2) Hermenegildo, (3) Lorenzo, (4) Romeo, (5) Urbano, (6) Carlos Alberto, (7) Juan Ramón, (9) Justa, (10) Melisa, (11) Cayetano .

    - De los delitos c) y d) a los acusados, (13) Emilio, (14) Fernando, (15) Ascension, (16) Justino, (17) Martin, (3) Lorenzo Y (5) Urbano a tenor del art. 28 del C. Penal.

    Estimando la concurrencia de las circunstancias modif‌icativas de la responsabilidad penal atenuante analógica de confesión tardía, 7ª del art. 21, en relación con la 4ª, y la de dilaciones indebidas, 5ª del expresado art. 21 del C. Penal, solicitó la imposición de las siguientes penas:

    - Por el delito a) la pena de UN AÑO DE PRISIÓN, accesoria, consistente en inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de la condena a los acusados (1) Federico, (2) Hermenegildo, (3) Lorenzo, (4) Romeo, (5) Urbano, (6) Carlos Alberto, (7) Juan Ramón, (9) Justa, (10) Melisa, (11) Cayetano .

    - Por el delito b) la pena de OCHO MESES DE PRISIÓN, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a los acusados (1) Federico, (2) Hermenegildo, (3) Lorenzo, (4) Romeo, (5) Urbano, (6) Carlos Alberto, (7) Juan Ramón, (9) Justa, (10) Melisa, (11) Cayetano .

    - Por el delito c), la imposición a los acusados (13) Emilio, (14) Fernando, (15) Ascension, (16) Justino,

    (17) Martin, (3) Lorenzo Y (5) Urbano la pena de UN AÑO DE PRISIÓN Y MULTA DE SEIS...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR