SAP Tarragona 605/2022, 24 de Noviembre de 2022
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 605/2022 |
Fecha | 24 Noviembre 2022 |
Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Tarragona. Civil
Avenida Presid. Lluís Companys, 10 - Tarragona - C.P.: 43005
TEL.: 977920103
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EMAIL:aps3.tarragona@xij.gencat.cat
N.I.G.: 4316342120218091691
Recurso de apelación 662/2022 -D
Materia: Juicio verbal precario
Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de El Vendrell (UPAD)
Procedimiento de origen:Juicio verbal (Desahucio por expirac.legal/contract del plazo art. 250.1.1) 229/2021
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Concepto: 4249000012066222
Parte recurrente/Solicitante: Rita, Marí Jose
Procurador/a: Raul Segura Diez, Raul Segura Diez
Abogado/a: MIGUEL ÁNGEL CILLERUELO ANDRÉS
Parte recurrida: CORAL HOMES, SLU
Procurador/a: Javier Segura Zariquiey
Abogado/a: MANUEL MARTIN ACEBRON
SENTENCIA Nº 605/2022
ILMOS. SRES.
Presidente
D. Luis Rivera Artieda.
Magistrados
Dª. Silvia Falero Sánchez ( PONENTE)
D.Manuel Galán Sánchez.
Tarragona, a 24 de noviembre de 2022.
La Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Tarragona, formada por los Magistrados del margen, ha visto el recurso de apelación nº 662 /2022 frente a la sentencia de 7 de diciembre de 2021 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de El Vendrell, en Procedimiento, Juicio Verbal, desahucio por expiración del plazo nº 229/2021, a instancia de Coral Homes SL representado por el procurador D. Javier Segura Zariquiey y defendido por el letrado D. Francisco Alvarez Menchen Puerto como demandante-apelado, contra Dª Rita y Dª. Marí Jose representados por el procurador D.Raúl Segura Díez y defendidos por el letrado D. Miguel Angel Cilleruelo Andrés como demandados- apelantes, y previa deliberación, pronuncia la siguiente resolución.
La sentencia antes señalada, tras los correspondientes fundamentos de derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: "ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por la representación procesal de Coral Homes, S.L. frente a doña Rita y doña Marí Jose y, en consecuencia: 1.- DECLARAR EXTINGUIDO el contrato de arrendamiento de vivienda celebrado entre las partes en fecha 30 de noviembre de 2017, por expiración del plazo contractual, relativo al inmueble sito en la calle Monasterio de Montserrat número 1 de Comarruga. 2.- CONDENAR a doña Rita y a doña Marí Jose a abandonar la vivienda, dejándola libre, vacua, expedita y a disposición de Coral Homes, S.L., apercibiéndole de que en caso de que esta resolución no sea recurrida, se procederá al lanzamiento el día 9 de marzo de 2022 si con carácter previo el demandado no ha abandonado voluntariamente la vivienda de autos, con apercibimiento de proceder al descerrajamiento caso de que sea necesario. 3.- CONDENAR solidariamente a doña Rita y a doña Marí Jose a pagar a Coral Homes, S.L. la cantidad de 10.240,20 euros en concepto de rentas impagadas desde abril de 2020 hasta febrero de 2021, así como al pago de las rentas que se devenguen durante la tramitación del presente procedimiento y hasta la efectiva entrega de la posesión de la vivienda a la actora, a razón de 1.024,02 euros mensuales. Dichas cantidades devengarán el interés previsto en el artículo 576 LEC desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago. 4.- CONDENAR a doña Rita y a doña Marí Jose al pago de las costas procesales."
Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en que los fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.
Llegadas las actuaciones a esta Sala se ha señalado deliberación, votación y fallo para el día 24 de noviembre de 2022.
Se designó ponente a la Magistrada Dª Silvia Falero Sánchez.
Resumen de antecedentes.
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Coral Homes SLU formuló demanda de desahucio por expiración del plazo acumulando la acción de reclamación de rentas impagadas por importe de 10.240,20 euros solicitando así mismo la condena al pago de las rentas devengadas hasta el desalojo de la vivienda.
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Dª Rita y Dª. Marí Jose no contestaron a a la demanda, por lo que fueron declaradas en situación procesal de rebeldía mediante diligencia de ordenación de 8 de septiembre de 2021, personándose con posterioridad.
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La sentencia de instancia estimó la demanda con imposición de costas a las demandadas.
Los motivos de apelación de la sentencia. Decisión de la Sala.
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Denuncia el apelante infracción de normas y garantías procesales y solicita la nulidad de las actuaciones señalando que ejercitada una acción de desahucio por expiración del plazo acumulando la acción de reclamación de rentas, se ha seguido la tramitación prevista en el art.-440.3 de la LEC, esto es, requerimiento de pago, fijación del señalamiento para la vista y señalamiento de fecha de lanzamiento que se efectúa mediante Decreto de 26 de abril de 2021, e igualmente en la cédula de citación y emplazamiento, se...
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