STSJ Galicia 463/2022, 19 de Diciembre de 2022

JurisdicciónEspaña
Número de resolución463/2022
Fecha19 Diciembre 2022

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00463/2022

PONENTE: D. JUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ

RECURSO: RECURSO DE APELACION 7132/2022

APELANTE: PENTAGRAMA LEIS S.A.

Procurador: LUIS RAMON VALDEZ ALBILLO

Letrado: OLALLA GARCIA CANITROT

APELADO: CONCELLO DE SANTA COMBA (A CORUÑA)

Procurador: LUIS ALFONSO RIEIRO NOYA

Letrado: CARLOS GUILLERMO MERA PINEIRO

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 003 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos.Sres. Magistrados

FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA

JUAN CARLOS FERNANDEZ LOPEZ

LUIS VILLARES NAVEIRA

A Coruña, 19 de diciembre de 2022.

VISTOS por la Sala, constituida por los magistrados relacionados al margen, los autos del recurso de apelación número 7132/2022, interpuesto por el representante procesal de la sociedad mercantil "Pentagrama Leis, SL", contra la sentencia de la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número Cuatro de A Coruña de 27.06.22, que desestimó el recurso que interpuso frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de pago de facturas dirigida al Ayuntamiento de Santa Comba, por la ejecución de servicios. Ha sido parte apelada el Ayuntamiento de Santa Comba.

Interviene como ponente el magistrado ilustrísimo señor don JUAN CARLOS FERNÁNDEZ LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Al Ayuntamiento de Santa Comba se le prestaron servicios de enseñanzas musicales durante varios períodos, que constan haberse abonado, lo que no se hizo respecto de los que la sociedad mercantil "Pentagrama Leis, SL", facturó por los meses de octubre de 2018 a mayo de 2019, por un importe total de 48.333,36 euros, que rechazó la alcaldesa por resolución de 10.03.20, al no constar que esos servicios se habían prestado. Poco después volvió a reiterar esa mercantil su pago, sin que se diera respuesta a tal solicitud, por lo que acudió a la vía jurisdiccional para que reconociera el derecho a tal abono, que no acogió la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número Cuatro de A Coruña en su sentencia de 27.06.22.

SEGUNDO

Disconforme la letrada de la actora con esta resolución judicial, ha interpuesto un recurso de apelación, al que se ha opuesto el letrado municipal.

TERCERO

Mediante providencia de 13.12.22 se ha señalado el día 16.12.22 para la votación y fallo, que ha tenido lugar en esa fecha.

CUARTO

Se han observado todas las prescripciones legales.

Es ponente el magistrado don Juan Carlos Fernández López.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Consta en el expediente administrativo que al Ayuntamiento de Santa Comba se le prestaron servicios de enseñanzas musicales durante varios períodos, que fueron abonados, lo que no sucedió con las ocho facturas que, por importes de 6.041,67 euros cada una de ellas, giró la sociedad mercantil "Pentagrama Leis, SL", por los meses de octubre de 2018 a mayo de 2019, que rechazó la alcaldesa por resolución de 10.03.20, al no constar que tales servicios se hubieran prestado. Con fecha 11.06.20 volvió a reiterar esa mercantil su pago, sin que se diera respuesta a tal solicitud.

Frente a la desestimación, por silencio administrativo, de su solicitud, acudió la letrada de la interesada a la vía jurisdiccional, a través de una demanda en la que interesó su anulación y el abono de la suma reclamada, a lo que se opuso el letrado municipal, al igual que la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número Cuatro de A Coruña, que,...

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